Otorgan plazo adicional a fin de que los interesados presenten sus comentarios al proyecto de resolución de Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento de Reclamos de los Prestadores de Servicios en Pequeñas Ciudades”

resolución de consejo directivo

Nº 004-2022-SUNASS-CD

Lima, 14 de enero de 2022

VISTO:

El Informe Nº 2-2022-SUNASS-DPN de la Dirección de Políticas y Normas que recomienda que se otorgue un plazo adicional para la presentación de comentarios al proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría el “Reglamento de Reclamos de los Prestadores de Servicios en Pequeñas Ciudades”.

CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del párrafo 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios.

Que, el artículo 5 del Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el principio de transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias para su aprobación deben ser previamente publicadas a fin de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión.

Que, de conformidad con lo anterior, mediante Resolución de Consejo Directivo N.° 074-2021-SUNASS-CD publicada el 25 de diciembre de 2021 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, se dispuso la difusión del proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría el “Reglamento de Reclamos de los Prestadores de Servicios en Pequeñas Ciudades”, otorgando un plazo de 15 días calendario para recibir comentarios de los interesados.

Que, el plazo antes indicado venció el 9 de los corrientes, pero no se han recibido aportes por parte de los interesados, por lo que resulta conveniente otorgar un plazo adicional de 10 días hábiles para la presentación de comentarios, con la finalidad de garantizar la participación de los actores involucrados.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS; y con la opinión favorable de la dirección de Políticas y Normas, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General;

El Consejo Directivo en su sesión del 13 de enero de 2022.

HA RESUELTO:

Artículo 1º.- Otorgar un plazo adicional de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución a fin de que los interesados presenten sus comentarios al proyecto de resolución de Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento de Reclamos de los Prestadores de Servicios en Pequeñas Ciudades” por vía electrónica a dpn@sunass.gob.pe. Los comentarios deben ser remitidos en el formato difundido en el portal institucional de la Sunass (www.sunass.gob.pe).

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese y difúndase.

IVÁN MIRKO LUCICH LARRAURI

Presidente Ejecutivo

2030910-1