Delegan en el Secretario General de la Contraloría General la facultad de aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, durante el Año Fiscal 2022

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA

Nº 007-2022-CG

Lima, 13 de enero de 2022

VISTOS:

La Hoja Informativa Nº 000007-2022-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorando Nº 000002-2022-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; y, la Hoja Informativa Nº 000007-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31365 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, y con la Resolución de Contraloría Nº 298-2021-CG se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022, del Pliego 019: Contraloría General;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, que regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público, establece en los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7, que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, quien puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente dicho cuerpo normativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, en virtud de lo señalado en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440 y conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01, y su modificatoria, el artículo 47 del citado Decreto Legislativo sobre Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2023; por lo que, en consideración a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del referido Decreto Legislativo, el artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, mantiene su vigencia;

Que, en el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, prevé que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con la finalidad de desconcentrar las facultades y de optimizar el proceso de toma de decisiones en el ámbito de la gestión presupuestaria de la institución, y considerando la estructura orgánica aprobada por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, resulta conveniente delegar en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad de aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2022;

Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental en la Hoja Informativa Nº 000007-2022-CG/GJNC, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa Nº 000007-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que delegue en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad señalada en el considerando precedente, en atención a lo sustentado por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones en su Hoja Informativa Nº 000007-2022-CG/PLPREPI;

De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en el Secretario General de la Contraloría General de la República, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2022, la facultad de aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 019: Contraloría General, de acuerdo a las normas legales vigentes.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

2030407-1