Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el control gubernamental en gastos de inversión, en el marco de la Ley Nº 31358

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 119-IGP/2021

Lima, 31 de diciembre del 2021

VISTOS:

El Oficio Nº 000867-2021-CG/SGE y el Oficio Nº 000052-2021-CG/GMPL; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 136 se crea el Instituto Geofísico del Perú (IGP) como Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, cuya finalidad es la investigación científica, la enseñanza, la capacitación, la prestación de servicios y, la realización de estudios y proyectos, en las diversas áreas de la Geofísica;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone la adscripción del Instituto Geofísico del Perú (IGP), como Organismo Público Ejecutor del Ministerio del Ambiente;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-205-MINAM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Instituto Geofísico del Perú (IGP);

Que, el numeral 1 de la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2020 establece que el Instituto Geofísico del Perú es el Ente Rector de las investigaciones teóricas y aplicadas en la Ciencia Geofísica orientada a la ejecución de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece que son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles;

Que, el artículo 4 del mismo cuerpo normativo establece que para el cumplimiento de dicha ley, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza.

Así también, indica que las transferencias a que se refiere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional y finalmente indica que la resolución del titular del pliego del gobierno nacional debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante el Oficio Nº 000867-2021-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República, solicitó al Presidente Ejecutivo del Instituto Geofísico del Perú solicita se efectúe una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo a los saldos disponibles de su presupuesto institucional en el presente año fiscal, hasta por el monto de S/ 12 744,00, con la finalidad de que dicha entidad aplique servicios de control gubernamental en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, a gastos de inversión que se vienen ejecutando en el IGP por las modalidades de Proyectos de Inversión Pública, Asociaciones Públicos Privadas y Obras por Impuestos;

Que, mediante el Oficio Nº 000052-2021-CG/GMPL, el Gerente de Modernización y Planeamiento de la Contraloría General de la República, señala que se ha procedido a solicitar al Titular de su Pliego, efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo a los saldos disponibles de su presupuesto institucional en el presente año fiscal, hasta por el monto de S/ 12 744,00, y que además, indica que tenga a bien disponer las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia financiera; y, de esta manera, se puedan desplegar los servicios de control gubernamental de manera oportuna desde el inicio del año 2022, sobre los gastos de inversión priorizados en su sector, según corresponda;

Que, mediante la solicitud CCP Nº 01971-2021-IGP/GG-OAD-ULO, la Unidad de Logística solicitó al Jefe de la Oficina Planeamiento y Presupuesto Certificación de Crédito Presupuestario para realizar la transferencia financiera para el control gubernamental en gastos de inversión, en el marco de la Ley Nº 31358;

Que, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del IGP otorgó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0001971, de fecha 31 de diciembre de 2021, por un monto de hasta S/ 12,744.00, con la finalidad de atender lo solicitado por la Contraloría General de la República;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 136, Ley de creación del Instituto Geofísico del Perú, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geofísico del Perú aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINAM y de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional Pliego 112 – Instituto Geofísico del Perú, hasta por la suma de DOCE MIL SETECINTOS CUARENTA Y CUATRO Y CON 00/100 SOLES (S/ 12, 744.00) a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el control gubernamental en gastos de inversión, en el marco de la Ley Nº 31358.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Presidencial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal, de acuerdo con el siguiente detalle:

PLIEGO : 112 INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ

UNIDAD EJECUTORA : 084 INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ

CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 0068 REDUCCION DE VULNERABILIDAD Y ATENCION DE EMERGENCIAS POR DESASTRES

PROYECTO : 2454990 CREACION DEL SERVICIO DE GENERACION DE INFORMACION, MONITOREO, ALERTA, DIFUSION Y COMUNICACION PARA EL SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA ANTE SISMOS EN LOS DEPARTAMENTOS DE LA COSTA DEL PERU DEL DISTRITO DE - TODOS - - PROVINCIA DE - TODOS - - DEPARTAMENTO DE -MUL.DEP-

ACTIVIDAD/ AI/OBRA : 6000053 CONTROL CONCURRENTE

FUENTE DE FINANCIAMIENT : 01. RECURSOS ORDINARIOS

GENÉRICA DE GASTO : 2.4 Donaciones y Transferencias

SUBGENÉRICA DE GASTO : 2.4.2 Donaciones y Transferencias Capital 12,744.00

TOTAL PLIEGO 12,744.00

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el portal institucional del Instituto Geofísico del Perú (https://www.gob.pe/igp) y que la Oficina de Administración disponga lo necesario para que se materialice la publicación en el Diario Oficial el Peruano de la presente Resolución de Presidencia.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Hernando Tavera Huarache

Presidente Ejecutivo

2030371-1