Aprueban texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 303 “Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser Nueva Edición, Enmienda 3
Resolución Directoral
N° 0719-2021-MTC/12
Lima, 30 de diciembre de 2021
VISTO: el Informe N° 0621-2021-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP) y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;
Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las RAP con una antelación de quince días calendario;
Que, en cumplimiento del referido artículo, mediante Resolución Directoral N° 0513-2021-MTC/12 del 22 de octubre de 2021 se aprueba la difusión a través de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, del proyecto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 303 “Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser Nueva Edición, Enmienda 3; proyecto que fue difundido y que no ha recibido comentarios; la cual incluye las Enmiendas 79 y 80 del Anexo 3 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional;
Que, el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 303 cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico así como la conformidad para su aprobación de la Asesoría Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, otorgadas a través del Memorando N° 1239-2021-MTC/12.04, Informe N° 0621-2021-MTC/12.04 y Memorando N° 1633-2021-MTC/12.LEG, respectivamente;
De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1. – Aprobar el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 303 “Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser Nueva Edición, Enmienda 3, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto el texto anterior materia de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú RAP 303 “Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea” Nueva Edición, Enmienda 2.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DONALD HILDEBRANDO IVÁN CASTILLO
GALLEGOS
Director General de Aeronáutica Civil
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
2030070-1