Aceptan renuncia de Vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 004-2022-PCM

Lima, 11 de enero de 2022

VISTO:

El Oficio N° 000006-2022-PRE/INDECOPI, de fecha 06 de enero de 2022, del Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, señala que, la designación de los vocales de las Salas del Tribunal es por un período de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional;

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 020-2019-PCM, se designó al señor JOSE ENRIQUE BENJAMIN PALMA NAVEA, como Vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, a partir del 11 de marzo de 2019, por un periodo adicional;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal c) del numeral 13.6 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1033, es causal de vacancia del referido cargo, entre otras, la renuncia aceptada;

Que, mediante el documento de Visto, el Presidente Ejecutivo del INDECOPI, da cuenta de la renuncia formulada por el señor JOSE ENRIQUE BENJAMIN PALMA NAVEA, como Vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, la cual es pertinente aceptar;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOSE ENRIQUE BENJAMIN PALMA NAVEA, como Vocal de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN

Presidenta del Consejo de Ministros

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