Delegan atribuciones en diversos funcionarios de OSITRAN para el Año Fiscal 2022

RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA

N° 0002-2022-PD-OSITRAN

Lima, 10 de enero de 2022

VISTOS:

El Memorando N° 0003-2022-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; el Memorando Nº 0002-2022-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 0007-2022-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 014-2022-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modificatorias, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público;

Que, la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y sus modificatorias, dicta los lineamientos y normas de aplicación general para los Organismos Reguladores, encontrándose incluido dentro de sus alcances el OSITRAN;

Que, la Ley N° 29754, Ley que dispone que el OSITRAN es la Entidad competente para ejercer la supervisión de los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros en las vías concesionadas que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao;

Que, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento General del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modificatorias, la estructura orgánica del OSITRAN se rige por su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSITRAN, con el fin de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General de OSITRAN, así como para promover una gestión eficiente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles;

Que, de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de la entidad; asimismo, el artículo 8 del ROF del OSITRAN señala que la Presidencia ejerce la titularidad de la Entidad;

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 9 del ROF del OSITRAN, la Presidencia ejerce la competencia y facultades atribuidas al Titular de la Entidad en la normativa de Presupuesto Público, de Contrataciones del Estado y otras según corresponda, pudiendo delegar las mismas conforme con la normativa de la materia;

Que, la Gerencia General, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del ROF, es la máxima autoridad administrativa de la Entidad; tiene como función, entre otras, la de planear, organizar, dirigir, gestionar y supervisar la marcha administrativa, operativa, económica y financiera del OSITRAN, de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Directivo y Presidencia, según corresponda;

Que, conforme al artículo 23 del ROF del OSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento, responsable de conducir, implementar y efectuar el seguimiento de las actividades, entre otras, en materia de Presupuesto Público;

Que, según lo dispuesto en el artículo 25 del ROF del OSITRAN, la Gerencia de Administración es el órgano de apoyo responsable de planificar, conducir, formular, gestionar y ejecutar la asignación de recursos para el óptimo funcionamiento de la Entidad, en materia de Gestión de Recursos Humanos, Logística y Control Patrimonial, Contabilidad, Tesorería, así como de Tecnologías de la Información, en cumplimiento de la normativa según la materia;

Que, con Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 0002 y 051-2021-PD-OSITRAN se aprobaron las delegaciones de facultades de la Presidencia del Consejo Directivo en el Gerente General y en el Gerente de Administración para el periodo 2021, en materia de contrataciones, de recursos humanos, de tesorería, de presupuesto y de contabilidad;

Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Memorando Nº 0002-2022-GPP-OSITRAN remitió en el marco de su competencia, la propuesta de delegación de facultades de la Presidencia del Consejo Directivo en el Gerente General para el Año Fiscal 2022;

Que, la Gerencia de Administración a través del Memorando N° 0003-2022-GA-OSITRAN, propone la delegación de facultades de la Presidencia del Consejo Directivo en el Gerente General y en el Gerente de Administración para el periodo 2022, contando con la conformidad de las jefaturas de dicha Gerencia y en la cual incorporó la propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memorando Nº 00007-2022-GAJ-OSITRAN, consideró jurídicamente viable que la Presidencia, en su calidad de Titular de la Entidad, delegue diversas facultades que se le han atribuido en virtud del ordenamiento jurídico vigente, las mismas que no son privativas de su cargo, a favor del Gerente General, así como del Gerente de Administración, en el marco de las disposiciones legales vigentes;

Que, mediante Memorando N° 0014-2022-GG-OSITRAN la Gerencia General expresó que el mencionado proyecto resolutivo cuenta con su conformidad y lo remitió a la Presidencia, debidamente visado para su trámite respectivo;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatoria; el Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1441 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Directiva Nº 005-2021-EF/53.01 Lineamientos para la Formulación, Aprobación, Registro y Modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público, aprobada por Resolución Directoral Nº 0109-2021-EF/53.01; la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 que aprueba la Directiva Nº 001-2007-EF/77.15, Directiva de Tesorería y sus modificatorias; la Resolución Directoral Nº 031-2014-EF/52.03, que establece Disposiciones Adicionales para el Traslado de Fondos a la CUT, Disposiciones para las Municipalidades, Procedimiento para la Designación y Acreditación de Responsables de Cuentas ante la DGETP y modifican la Resolución Directoral Nº 053-2013-EF-52.03; el Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM, que aprueba el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN y sus Disposiciones Complementarias, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo Nº 040-2015-CD-OSITRAN; y, el Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en el Gerente General las siguientes atribuciones:

En materia de contrataciones en el marco de la Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y, sus modificatorias.

1.1. Aprobar y/o modificar el Cuadro Multianual de Necesidades – CMN

1.2. Aprobar y/o modificar el Plan Anual de Contrataciones.

1.3. Aprobar la estandarización de bienes y servicios.

1.4. Autorizar a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado o valor referencial.

1.5. Aprobar los expedientes de contratación correspondiente a las Licitaciones y Concursos Públicos, de las Contrataciones Directas cuyo valor referencial corresponda a una Licitación o Concurso Público.

1.6. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección: licitaciones públicas y concursos públicos.

1.7. Resolver recursos de apelación de procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT.

1.8. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección.

1.9. Declarar la nulidad del procedimiento de selección, en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado.

1.10. Aprobar las contrataciones directas reguladas en los supuestos e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado.

1.11. Aprobar prestaciones adicionales y reducción de prestaciones de bienes, servicios y consultorías.

1.12. Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, conforme a lo previsto en el numeral 224.2 del artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

1.13. Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en arbitraje institucional como el ad hoc.

1.14. Suscribir convenios conforme a lo previsto en el numeral 109.1 del artículo 109 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM y sus Disposiciones Complementarias y sus respectivas modificatorias

1.15. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Ordinarios.

1.16. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Ordinarios.

En materia de Recursos Humanos

1.17. Designar en cargos de confianza y directivos superiores de libre designación y remoción que forman parte del entorno funcional de la Gerencia General.

1.18. Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP y sus modificatorias.

En materia de Tesorería

1.19. Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del OSITRAN.

1.20. Abrir cuentas en una entidad financiera distinta del Banco de la Nación.

En materia de Contabilidad

1.21. Suscribir la información financiera y presupuestaria del Ositrán, con periodicidad trimestral y semestral del ejercicio fiscal, a ser presentada a la Dirección General de Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta General de la República.

En materia de Presupuesto Público

1.22. Aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en el marco de lo previsto por el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 2.- Delegar en el Gerente de Administración las siguientes atribuciones:

En materia de contrataciones en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus respectivas modificatorias

2.1. Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contrataciones Directas que no correspondan a Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. Asimismo, aprobar los expedientes de contratación que son realizados a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.

2.2. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección para la contratación de consultores individuales.

En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM, sus Disposiciones Complementarias y sus respectivas modificatorias

2.3. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Abreviados.

2.4. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Abreviados.

Artículo 3.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tiene vigencia para el Año Fiscal 2022.

Artículo 4.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia Nº 002 y 0051-2021-PD-OSITRAN, así como todos los actos resolutivos que se opongan a la presente resolución, no obstante, dicha Resoluciones seguirán siendo aplicables por efecto de temporalidad según corresponda a la materia delegada.

Artículo 5.- Disponer que el personal en quienes se ha delegado las diferentes facultades materia de la presente resolución, debe dar cuenta e informar a la Presidencia del Consejo Directivo, trimestralmente, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho periodo.

Artículo 6.- Disponer que la presente resolución entre en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO

Presidente del Consejo Directivo

2029526-1