Delegan facultades al Secretario General del Ministerio y al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, referentes a modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, para el año
fiscal 2022

Resolución Ministerial

N° 011-2022-MTC/01

Lima, 10 de enero de 2022

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, estableciendo en el último párrafo del artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionasrios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; puede delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1440, prescribe que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con la finalidad de optimizar el uso de los recursos asignados al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el presente año fiscal; así como, para agilizar los procesos operativos que demanda la ejecución presupuestal, resulta necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente al año fiscal 2022;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades al/a la Secretario/a General

Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente al año fiscal 2022, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se realicen entre las Unidades Ejecutoras del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 2.- Delegación de facultades al/a la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto

Delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, correspondiente al año fiscal 2022, la facultad de aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con las normas legales vigentes.

Artículo 3.- De la delegación de facultades

La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución Ministerial, comprende la atribución de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, debiendo el/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informar semestralmente respecto de los resultados de la gestión a la Secretaría General, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes de culminado el semestre, para su consolidación y remisión al Despacho
Ministerial.

Artículo 4.- Notificación

Notificar la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2029265-1