Formalizan la aprobación de modificaciones a la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de expresión de interés estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”

RESOLUCIÓN Nº D000004-2022-OSCE-PRE

Jesús María, 7 de enero del 2022

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, el artículo 54 del citado Texto Único Ordenado prevé que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo;

Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular;

Que, mediante Resolución Nº 013-2019-OSCE/PRE, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”, cuyas modificaciones fueron formalizadas mediante Resoluciones Nº 057-2019-OSCE/PRE, Nº 098-2019-OSCE/PRE, Nº 111-2019-OSCE/PRE, Nº 185-2019-OSCE/PRE, Nº 235-2019-OSCE/PRE, Nº 092-2020-OSCE/PRE, Nº 120-2020-OSCE/PRE, Nº 100-2021-OSCE/PRE, Nº 137-2021-OSCE/PRE y Nº 193-2021-OSCE/PRE;

Que, mediante Informe Nº D000122-2021-OSCE-DTN, la Dirección Técnico Normativa presenta la propuesta de modificación de las bases estándar de subasta inversa electrónica incluidas en la Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de expresión de interés estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”, a fin de incorporar dos (2) bases Estándar para la contratación de suministro de bienes para el Programa de Vaso de Leche, y modificar las veintiséis (26) Bases y Solicitud de Expresión de Interés, contenidas en la citada Directiva, que obedecen a un proceso de mejora continua que tiene como objetivo uniformizar y simplificar las disposiciones aplicables a los procedimientos de contratación de servicios;

Que, mediante Informe Nº D000532-2021-OSCE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta normativa formulada por la Dirección Técnico Normativa se encuentra dentro del marco legal vigente, por lo que resulta viable su aprobación;

Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo Nº 003-001- 2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 001-2022/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó aprobar la modificación del subnumeral 7.4.2 del numeral 7.4 de la Directiva Nº 001-2019- Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225 , así como la incorporación de dos (2) bases estándar y modificación de las veintiséis (26) bases estándar, propuestas por la Dirección Técnico Normativa; disponiendo su entrada en vigencia a los siete (7) días calendarios desde la publicación de la Resolución que formaliza su aprobación en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo;

Que, el literal e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece que el Secretario General reemplazará interinamente al Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en caso de impedimento o ausencia;

Con el visado del Secretario General (s), de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificado por Decreto Supremo Nº 377-2019-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la modificación del subnumeral 7.4.2 del numeral 7.4 de la Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de expresión de interés estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”, en los siguientes términos:

7.4.2 Respecto de la contratación de suministro

Bases Estándar de Licitación Pública

Bases Estándar de Licitación de Suministro de Bienes para el Programa de Vaso de Leche

Bases Estándar de Adjudicación Simplificada

Bases Estándar de Adjudicación Simplificada de Suministro de Bienes para el Programa de Vaso de Leche

Artículo 2.- Formalizar la incorporación de las siguientes Bases Estándar como anexos de la Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de expresión de interés estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”, las mismas que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución:

• Bases Estándar de Licitación de Suministro de Bienes para el Programa de Vaso de Leche

• Bases Estándar de Adjudicación Simplificada de Suministro de Bienes para el Programa de Vaso de Leche

Artículo 3.- Formalizar la aprobación de la modificación de las veintiséis (26) Bases Estándar y Solicitud de Expresión de Interés Estándar de la Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de expresión de interés estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”, las mismas que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la entrada en vigencia de lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 3 a los siete (07) días calendarios, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, conforme al Acuerdo Nº 003-001-2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 001-2022/OSCE-CD.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIEGO ALEJANDRO MONTES BARRANTES

Presidente Ejecutivo (i)

2028900-3