Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución Jefatural

N° 260-2021-PERÚ COMPRAS

Lima, 31 de diciembre de 2021

VISTO:

El Memorando N° 000936-2021-PERÚ COMPRAS-OPP, de fecha 28 de diciembre de 2021; Informe N° 000175-2021-PERÚ COMPRAS-CPI, de fecha 31 de diciembre de 2021, de la Coordinación del Proyecto de Inversión; el Memorando N° 002229-2021-PERÚ COMPRAS-OA, de fecha 31 de diciembre de 2021 de la Oficina de Administración, y el Informe N° 000454-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 31 de diciembre de 2021, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS; y,

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, por Decreto Supremo N° 052- 2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 153-2020-PERÚ COMPRAS, de fecha 28 de diciembre de 2021, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2021 de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, tiene por objeto que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar Transferencias Financieras a favor del Pliego 019–Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior;

Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la mencionada Ley, dispone que las Transferencias Financieras a que se refiere el considerando precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego del Gobierno Nacional, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Oficio N° 000893-2021-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita a la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019 – Contraloría General, con cargo a los saldos disponibles del presupuesto institucional del presente Año Fiscal, hasta por la suma de S/ 236 108,00 (Doscientos treinta y seis mil ciento ocho con 00/100 soles), en el marco de la Ley N° 31358;

Que, con Memorando Nº 002229-2021-PERÚ COMPRAS-OA, la Oficina de Administración señala que, el Proyecto de Inversión “Mejoramiento de los Servicios de la Plataforma Tecnológica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS”, Código Único 2363565, se encuentra sujeto a las acciones de control establecidas en la Ley N° 31358 y cuenta con los recursos disponibles para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 236 108,00 (Doscientos treinta y seis mil ciento ocho con 00/100 soles), para financiar el despliegue de acciones de control sobre el mencionado proyecto de inversión;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 096 – Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, a favor del Pliego 019 – Contraloría General, hasta por el importe señalado en el considerando precedente;

Que, mediante Informe N° 000454-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, es legalmente viable se emita la Resolución Jefatural que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo N° 1018; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 8 y el literal y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 096 – Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS hasta por la suma de S/ 236 108,00 (Doscientos treinta y seis mil ciento ocho con 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019 – Contraloría General, destinada a financiar el despliegue de acciones de control gubernamental sobre el proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios de la Plataforma Tecnológica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS”, con CUI N° 2363565, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.

Artículo Segundo.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Tercero.- La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable de las acciones administrativas y aquellas derivadas del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y, encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información realice su publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe/perucompras) y la intranet institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO MASUMURA TANAKA

Jefe de la Central de Compras Públicas – PERÚ

COMPRAS

2027176-1