Aprueban los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa y la Formulación de los Planes de Continuidad Operativa de las Entidades Públicas de los tres niveles de gobierno”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 320-2021-PCM

Lima, 30 de diciembre de 2021

VISTOS:

El Oficio N° 5008-2020-INDECI/5.0 complementado con el Oficio N° 4612-2021-INDECI/12.0, del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; así como el Informe N° D000097-2021-PCM-UF-OTGRD-BAS de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión de Riesgo de Desastres del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), dispone la creación de dicho Sistema, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como, evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, según lo dispuesto en el artículo 9 y el literal g) del artículo 10 de la citada Ley, la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del SINAGERD; y, en dicha condición, tiene la atribución de aprobar directivas y lineamientos en los ámbitos relacionados con la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el numeral 5.3 del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2014-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2014-PCM, prevé como objetivo estratégico 5, fortalecer las capacidades institucionales para el desarrollo de la gestión de riesgo de desastres; y, en ese marco, establece como objetivo específico 5.2, desarrollar la gestión de continuidad operativa del Estado que, a su vez, tiene como indicador, un porcentaje de entidades del SINAGERD que cuentan con Planes de Continuidad Operativa implementados y actualizados;

Que, el referido Plan Nacional establece para el objetivo específico 5.2, tres (3) acciones, siendo una de ellas, desarrollar instrumentos técnicos normativos para la gestión de la continuidad operativa, que implica la elaboración, difusión e implementación de instrumentos que permitan la gestión de la continuidad operativa de las entidades de mayor alcance en las acciones de emergencia y contingencias, contemplando como actores de dicha acción a los tres niveles de gobierno;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM se aprueban los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de Gobierno”;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado con Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, dispone que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI tiene como una de sus funciones, asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación;

Que, en ese sentido, a través del Oficio N° 5008-2020-INDECI/5.0 complementado con el Oficio N° 4612-2021-INDECI/12.0, el INDECI propone la aprobación de los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa y la Formulación de los Planes de Continuidad Operativa de las Entidades Públicas en los tres niveles de gobierno”, a fin de fortalecer la implementación de la gestión de la continuidad operativa de las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, ante la ocurrencia de un desastre o cualquier evento que interrumpa prolongadamente sus operaciones;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N°156-2021-PCM, el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial es responsable, entre otras, de la materia de gestión del riesgo de desastres;

Que, en virtud de ello, mediante Memorando N° D000945-2021-PCM-DVGT, el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial remite el Informe N° D000097-2021-PCM-UF-OTGRD-BAS de la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión de Riesgo de Desastres, en el cual se emite opinión favorable sobre la aprobación de los referidos Lineamientos;

Que, ese sentido, corresponde aprobar los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa y la Formulación de los Planes de Continuidad Operativa de las Entidades Públicas de los tres niveles de gobierno”, propuestos por el INDECI;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por la Resolución Ministerial N°156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Lineamientos

Aprobar los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa y la Formulación de los Planes de Continuidad Operativa de las Entidades Públicas de los tres niveles de gobierno”, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Articulo 2.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM que aprueba los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de Gobierno”.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI (www.gob.pe/indeci), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN

Presidenta del Consejo de Ministros

2026593-2