Aprueban la intervención denominada “Escuela Nacional de Estudios Sindicales”, en el marco de las funciones de capacitación y difusión laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 253-2021-TR
Lima, 17 de diciembre de 2021
VISTOS: La Hoja de Elevación N° 0273-2021-MTPE/2/16.4 de la Dirección de Promoción de la Formalización Laboral y Capacitación en la Normativa Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; el Informe Nº 93-2021-MTPE/2/16.3 de la Dirección de Políticas y Regulación para la Promoción de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; el Memorando N° 01176-2021- MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; el Memorando N° 1012-2021-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0550-2021-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0966-2021-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 28 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga; así como cautela su ejercicio democrático. Como parte de dicho ejercicio, el Estado, garantiza la libertad sindical, fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales y regula el derecho de huelga para que se ejerza en armonía con el interés social;
Que, la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo responde a las áreas programáticas de acción sobre derechos fundamentales en el ámbito laboral, materias socio-laborales y relaciones de trabajo, seguridad y salud en el trabajo, entre otras materias; además dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional en formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, en las siguientes materias: sociolaborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, difusión de la normativa, entre otras materias;
Que, el artículo 78 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, es el órgano de línea, responsable de proponer, supervisar, coordinar y evaluar las políticas públicas en materia de promoción de la formalización laboral, inspección del trabajo y capacitación y difusión laboral; así como participar, en la ejecución de las políticas en materia de capacitación y difusión laboral y promoción de la formalización laboral;
Que, el literal c) del artículo 82 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, señala que la Dirección de Políticas y Regulación para la Promoción de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, tiene como función específica, elaborar las normas nacionales y sectoriales, en materia de inspección del trabajo y capacitación y difusión laboral;
Que, el artículo 83 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que la Dirección de Promoción de la Formalización Laboral y Capacitación en la Normativa Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo es la unidad orgánica encargada de la ejecución de políticas en materia de promoción de formalización laboral y capacitación y difusión laboral;
Que, con el objetivo de ampliar el conocimiento de la normativa sociolaboral y, de seguridad y salud en el trabajo, que correspondan al régimen laboral de la actividad privada, se propone focalizar acciones de capacitación en las materias antes mencionadas en favor de los y las dirigentes sindicales a nivel nacional;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo propone la aprobación de la intervención denominada “Escuela Nacional de Estudios Sindicales”; que cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe N° 0550-201-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158; Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la intervención denominada “Escuela Nacional de Estudios Sindicales”, en el marco de las funciones de capacitación y difusión laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el objetivo de ampliar el conocimiento de la normativa sociolaboral y, de seguridad y salud en el trabajo, que correspondan al régimen laboral de la actividad privada, de los y las dirigentes sindicales a nivel nacional.
Artículo 2.- La Dirección de Promoción de la Formalización Laboral y Capacitación en la Normativa Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, en el marco de sus competencias, es la encargada de gestionar y ejecutar la intervención denominada “Escuela Nacional de Estudios Sindicales” en coordinación con las áreas técnicas/especializadas de los demás órganos de línea y entidades adscritas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, y las demás entidades públicas y privadas vinculadas en materia sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo.
Artículo 3.- Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
2022902-1