Disponen la publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Norma DGE “Alumbrado de Vías y Espacios Públicos”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 460-2021-MINEM/DM

Lima, 15 de diciembre de 2021

VISTOS: El Informe Técnico N° 019-2021/MINEM-DGE-DNE, elaborado por la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 1057-2021-MINEM/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), establece que éste ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería; asimismo, el artículo 7 de la referida Ley, establece que el MINEM ejerce la función de dictar normas para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas; de acuerdo a la normativa vigente;

Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM establece que entre sus funciones rectoras se encuentra la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas para la gestión de los recursos energéticos y mineros;

Que, el artículo 63 del referido Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala que la Dirección General de Electricidad es el órgano de línea encargado de participar en la formulación de la política energética en el ámbito del Subsector Electricidad; proponer y/o expedir, según sea el caso, la normatividad necesaria del Subsector Electricidad; promover el desarrollo de las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica;

Que, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, regulan lo relacionado con las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica; y de acuerdo al artículo 94 de la citada ley, los concesionarios de distribución de electricidad son responsables de la prestación del servicio de Alumbrado Público, en lo que se refiere al alumbrado general de avenidas, calles y plazas;

Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, tiene el objeto de contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible y promover el acceso a la energía eléctrica en las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; dispositivo legal que fue modificado mediante el Decreto Legislativo N° 1207 a fin de garantizar la ampliación efectiva de la frontera eléctrica en el ámbito nacional, y el abastecimiento de un servicio público de electricidad con estándares de calidad, seguridad, y sostenibilidad en beneficio de las poblaciones menos favorecidas del país;

Que, en atención a lo establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas y la Ley General de Electrificación Rural, se emitió la Resolución Ministerial N° 013-2003-EM/DM, que aprueba la “Norma Técnica de Alumbrado de Vías Públicas en Zonas de Concesión de Distribución” y la Resolución Directoral N° 017-2003-EM/DGE, que aprobó la Norma DGE “Alumbrado de Vías Públicas en Áreas Rurales”;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1221, se modificaron diversos artículos de la Ley de Concesiones Eléctricas con la finalidad de mejorar la actividad de distribución eléctrica en el Perú; incorporando en el artículo 64, un cargo asociado a la innovación tecnológica. Asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 018-2016-EM, se modificaron algunos artículos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, que promueve la innovación tecnológica;

Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, con la finalidad de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, de acuerdo a los informes de vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, sustentan la necesidad de disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Norma DGE “Alumbrado de vías y espacios públicos”; así como su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), por un plazo de treinta (30) días calendario, a fin de que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo

Dispóngase la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Norma DGE “Alumbrado de Vías y Espacios Públicos”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.qob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 2.- Mecanismo de participación

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas por vía electrónica, con atención a la Dirección General de Electricidad, a la siguiente dirección de correo electrónico: Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ TORO

Ministro de Energía y Minas

2022239-1