Autorizan transferencia financiera del SENAMHI a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de Sociedad de Auditoría Externa, correspondiente al periodo 2021

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 080-2021-SENAMHI/PREJ

Lima, 14 de diciembre de 2021

VISTOS:

El Oficio N° 000698-2021-CG/GAD de fecha 2 de diciembre de 2021, de la Contraloría General de la República; y la Nota de Elevación N° D000320-2021-SENAMHI-OPP de fecha 13 de diciembre de 2021, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, modificada por la Ley N° 27188, establece que el SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público;

Que, con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se adscribe a la referida Entidad, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 086-2020-SENAMHI/PREJ, de fecha 22 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de los gastos correspondientes al Año Fiscal 2021 del Pliego 0331: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA;

Que, de conformidad con el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y su modificatoria, dispone entre otros, que las entidades del Gobierno Nacional, quedan autorizados para realizar transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, las cuales se aprueban mediante resolución del titular del Pliego, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, con Oficio N° 000698-2021-CG/GAD de fecha 2 de diciembre de 2021, la Contraloría General de la República solicita al SENAMHI realizar la transferencia financiera por los periodos 2021 y 2022, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y en la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, ello acorde al cronograma establecido en el mismo;

Que, a través de la Nota de Elevación N° D000320-2021-SENAMHI-OPP de fecha 13 de diciembre de 2021, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° D000088-2021-SENAMHI-UP, mediante el cual opina favorablemente y otorga disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 79 749,00 (SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, para la primera transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar el 100% correspondiente a la retribución económica más el IGV del periodo 2021, que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, periodo auditado 2021, del Pliego 331. SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG;

Que, en virtud de lo expuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente emitir el acto correspondiente;

Con el visado del Gerente General, de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, su modificatoria Ley N° 27188; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia financiera del Pliego 0331: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, hasta por la suma de S/ 79 749,00 (SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de la retribución económica que incluye el Impuesto General a las Ventas por el periodo auditado 2021, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, destinado a la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa, correspondiente al periodo 2021.

Artículo 2.- La primera transferencia financiera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2021, del Pliego 331: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto: 3.999999 Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del gobierno nacional”, Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIO ALONSO VALDERRAMA MURILLO

Presidente Ejecutivo

Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología

del Perú – SENAMHI

2021727-1