Aprueban segunda modificación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica Las Flores”, de la que es titular Kallpa Generación S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 450-2021-MINEM/DM
Lima, 13 de diciembre de 2021
VISTOS: El Expediente Nº 33170108 sobre la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Las Flores”, cuyo titular es Kallpa Generación S.A.; la solicitud de la segunda modificación de la mencionada autorización presentada por dicha empresa; el Informe Nº 698-2021-MINEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 1181-2021-MINEM/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 011-2009-MEM/DM, publicada el 13 de enero de 2009 en el diario oficial “El Peruano”, se otorga a favor de DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica Las Flores” (en adelante, C.T. Las Flores), con una potencia instalada de 183,6 MW, ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete y departamento de Lima;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 160-2014-MEM/DM, publicada el 26 de marzo de 2014 en el diario oficial “El Peruano”, se aprobó la transferencia de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la C.T. Las Flores, que efectúa DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., a favor Kallpa Generación S.A. (en adelante, KALLPA);
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 177-2021-MINEM/DM, publicada el 29 de junio de 2021 en el diario oficial “El Peruano”, se aprobó la primera modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la C.T. Las Flores, en la cual incrementó su potencia instalada de 183.60 MW a 282.35 MW, debido a la instalación de grupo G2 con turbina a vapor para la conversión a ciclo combinado;
Que, mediante documento con Registro Nº 3215235 (ventanilla virtual), de fecha 14 de octubre de 2021, KALLPA solicita la segunda modificación a la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la C.T. Las Flores, la cual consiste en el incremento de la potencia instalada de 282.35 MW a 324 MW, debido al cambio de componentes en la turbina a gas;
Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que KALLPA cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que recomiendan aprobar la segunda modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la C.T. Las Flores;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 038-2014-EM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la segunda modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica Las Flores”, de la que es titular Kallpa Generación S.A., a fin de incrementar su potencia instalada de 282.35 MW a 324 MW, que resulta del cambio de componentes en la turbina a gas.
Artículo 2.- Disponer que Kallpa Generación S.A. construya las obras descritas en su solicitud, según el Calendario de Ejecución de Obras, en el que la Puesta en Operación Comercial de la “Central Térmica Las Flores” está prevista, a más tardar, el 27 de mayo de 2022. El incumplimiento de la ejecución de dichas obras, de acuerdo con el citado Calendario, conllevará a la revocación de la autorización.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano” por una sola vez y por cuenta del titular dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO GONZÁLEZ TORO
Ministro de Energía y Minas
2021398-1