Aprueban la “Política de Integridad y Ética Pública”, para los funcionarios y servidores públicos de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional

resolución de contraloría

Nº 287-2021-CG

Lima, 13 de diciembre de 2021

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000050-2021-CG/INAIP, de la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública; y, la Hoja Informativa N° 000379-2021-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 16 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; y tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de los valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos;

Que, el literal t) del artículo 22 de la citada Ley N° 27785, establece como una de las atribuciones de la Contraloría General de la República, emitir disposiciones y/o procedimientos para implementar operativamente medidas y acciones contra la corrupción administrativa, a través del control gubernamental. Asimismo, considera la promoción de una cultura de honestidad y probidad de la gestión pública, y la adopción de mecanismos de transparencia e integridad al interior de las entidades;

Que, según la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, el Estado Peruano tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras, que practican y promueven la probidad en el ámbito público y garanticen la prevención y sanción efectiva de la corrupción;

Que, el “Plan Estratégico Institucional Modificado de la Contraloría General de la República 2019 – 2024”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 452-2018-CG, señala en el segundo párrafo de su numeral 2.1, que la Contraloría General de la República define, como una necesidad, el fortalecimiento de estrategias de prevención de la corrupción; estableciendo en el numeral IV, sus Objetivos Estratégicos, entre otros, el OEI.01. Contribuir a la reducción de la inconducta funcional y la corrupción en las entidades públicas;

Que, con la finalidad de inspirar confianza y credibilidad a las entidades de la administración pública y a la ciudadanía, como invoca el numeral 1 de la Norma Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 130 - “Código de Ética”, y ser una organización modelo a través del ejemplo, como lo señala el numeral 5.3 de los Principios de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores-INTOSAI (INTOSAI - P 12) - “El Valor y Beneficio de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - marcando la diferencia en la vida de los ciudadanos”, resulta necesario que la Contraloría General de la República cuente con una política que visibilice y propicie un entorno comprometido con la cultura de integridad y la ética pública;

Que, conviene tener en consideración que, según el numeral 12 b) de la ISSAI 130, las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben enfatizar la importancia de la ética y promover una cultura ética en la organización, en tanto que los numerales 18 c) y 18 i) de la citada ISSAI, recomiendan que los líderes de una Entidad Fiscalizadora Superior demuestren su compromiso implementando estrategias, políticas o procedimientos para promover la ética, asegurando que estos se apliquen sistemáticamente y de manera justa;

Que, es importante tener en cuenta que el numeral 13 de la ISSAI 130 precisa que, para promover y velar por la ética en todos los aspectos de la organización de una Entidad Fiscalizadora Superior y sus actividades, esta debe implementar un Sistema de Control de la Ética que incluya estrategias, políticas y procedimientos específicos apropiados para guiar, dirigir y controlar el comportamiento ético de sus miembros;

Que, por su parte, el numeral 14 de la ISSAI 130 propone como principales componentes del Sistema de Control de la Ética en una Entidad Fiscalizadora Superior: el Código de Ética, la dirección y las pautas en el nivel superior, la orientación ética, así como la gestión y el seguimiento ético;

Que, de conformidad con el literal e) del artículo 21 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública tiene por función diseñar, formular y ejecutar la política, el plan institucional de integridad y lucha contra la corrupción, procedimientos, metodologías, guías y otros documentos que permitan la adecuada gestión de la integridad institucional y lucha contra la corrupción en la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control, así como otros documentos referidos a la conducta y desempeño ético de los colaboradores, efectuando el seguimiento a su cumplimiento;

Que, en este contexto, mediante Hoja Informativa N° 000050-2021-CG/INAIP, la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública propone la aprobación de una Política de Integridad y Ética Pública para los funcionarios y servidores públicos de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional, precisando que los lineamientos que forman parte de la citada política, permitirán posicionar a esta Entidad Fiscalizadora Superior como un referente de integridad, que brinda confianza y credibilidad a la ciudadanía;

Que, a través de la Hoja Informativa N° 000379-2021-CG/GJNC, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, sobre la base de lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000489-2021-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba la “Política de Integridad y Ética Pública”, para los funcionarios y servidores públicos de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional, conforme a lo sustentado por la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública mediante Hoja Informativa N° 000050-2021-CG/INAIP, y el Proveído N° 000699-2021-CG/SGE, de la Secretaría General;

De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Política de Integridad y Ética Pública”, para los funcionarios y servidores públicos de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional, la cual en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los responsables de los órganos, incluidos los desconcentrados, y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, así como los jefes de los Órganos de Control Institucional, tienen la obligación de difundir y velar por el adecuado cumplimiento de la Política aprobada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública, en coordinación con la Gerencia de Capital Humano y la Escuela Nacional de Control, implemente los lineamientos de la Política aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución; y los demás órganos, incluidos los desconcentrados, y unidades orgánicas brinden las facilidades necesarias que contribuyan con dicha implementación, en el marco de sus competencias.

Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a su vez ésta y su Anexo en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

2021034-2