Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000359-2021-DM/MC

San Borja, 10 de diciembre del 2021

VISTOS; el Memorando N° 000324-2021-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; el Informe N° 000107-2021-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando N° 001234-2021-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 001471-2021-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística, y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 82 del ROF establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias; así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; asimismo, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 84 del ROF, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico-racial;

Que, asimismo, conforme lo prevé el artículo 89 del ROF, la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana, es la unidad orgánica encargada de diseñar e implementar las políticas, planes, programas de protección, promoción de derechos y desarrollo del pueblo afroperuano, garantizando su desarrollo con identidad, en un marco de igualdad de derechos; asimismo, el numeral 89.3 del referido artículo 89, dispone que dentro sus funciones le corresponde generar mecanismos para difundir y visibilizar el aporte de la población afroperuana a la historia y desarrollo nacional, desde un enfoque intercultural, evidenciando principalmente el papel de las mujeres y las niñas;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, a través del Informe N° 000107-2021-DGCI/MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural con sustento en lo descrito a través de la Hoja de Elevación N° 000080-2021-DAF/MC y el Informe N° 000068-2021-DAF-SCB/MC de la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana, solicita el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” de la señora Rosario Sonia Goyoneche Narciso por su trayectoria artística como cantante y difusora de la música y cultura afroperuana;

Que, a través de los informes indicados, se hace referencia a la biografía y la extensa trayectoria de la señora Rosario Sonia Goyoneche Narciso, precisándose que, es una indiscutible artista afroperuana que contribuye a la difusión y visibilidad de la música afrodescendiente de nuestro país;

Que, mediante el Memorando N° 001234-2021-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 001350-2021-DIA/MC de la Dirección de Artes, recomienda reconocer a la señora Rosario Sonia Goyoneche Narciso como “Personalidad Meritoria de la Cultura”, en reconocimiento a su destacada labor en la difusión y visibilidad de la música afrodescendiente de nuestro país;

Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora Rosario Sonia Goyoneche Narciso;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora ROSARIO SONIA GOYONECHE NARCISO, en reconocimiento a su contribución a la difusión, reivindicación y visibilidad de la cultura afroperuana a través del canto, la actuación y la danza.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANDREA GISELA ORTIZ PEREA

Ministra de Cultura

2020605-1