Modifican la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria” del Programa Nacional de Asistencia Solidaría “Pensión 65”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº D000399-2021-PENSION65-DE
San Isidro, 8 de diciembre del 2021
VISTO:
El Informe Nº D000691-2021-PENSION65-UO, emitido por la Unidad de Operaciones; el Informe Nº D000411-2021-PENSION65-UTI, emitido por la Unidad de Tecnologías de la Información; el Memorando Nº D000508-2021-PENSION65-UPPM, emitido por la Unidad de Presupuesto, Planeamiento y Modernización y el Informe Nº D000628-2021-PENSION65-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la finalidad de brindar protección social a los adultos mayores de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, documento técnico normativo de gestión que formaliza la estructura orgánica del Programa, orientando el esfuerzo institucional al logro de su misión, visión y objetivos estratégicos, describiendo entre otros aspectos, las funciones específicas de las unidades que lo integran y la descripción detallada y secuencial de los principales procesos técnicos y/o administrativos;
Que, el literal h) del artículo 9 del mencionado Manual de Operaciones, establece como función de la Dirección Ejecutiva: Aprobar, modificar y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnico-operativas y administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo a las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS;
Que, mediante el artículo 25 del precitado Manual de Operaciones, se dispone que la Unidad de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” tiene, entre otras, las funciones de: (i) dirigir, programar y ejecutar los procesos de afiliación de usuarios, verificando el cumplimiento de los requisitos y (ii) dirigir, programar, y ejecutar los procesos de transferencias monetarias a los usuarios en base a la Relación Bimestral de Usuarios aprobados por la Dirección Ejecutiva;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE, se aprobó la Directiva “Gestión de la Entrega de la Subvención Monetaria” del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, la misma que tiene como objetivo establecer los lineamientos generales que regulan los procesos de afiliación, transferencia y/o entrega de las subvenciones monetarias, la misma que fue modificada mediante las Resoluciones Directorales Nº 162-2019-MIDIS/P65-DE, Nº D000220-2021-PENSION65-DE y Nº D000302-2021-PENSION65-DE;
Que, mediante Resolución Directoral Nº D000221-2021-PENSION65-DE, se aprobó el “Instructivo de Prelación de Potenciales Usuarios para la elaboración de la Relación Bimestral de Usuarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, el cual establece las técnicas de prioridad que realiza el coordinador de afiliaciones para la prelación en la elaboración final de la Relación Bimestral de Usuarios de acuerdo con la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria del Programa Pensión 65”;
Que, en ese contexto, mediante Informe Nº D000691-2021-PENSION65-UO, la Unidad de Operaciones propone la modificación del numeral 7.1.6.4 en el punto 7.1.6, referido al Sub Proceso de Priorización de Población Objetivo y Elaboración de la Relación Bimestral de Usuarios de la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria” del Programa Nacional de Asistencia Solidaría “Pensión 65”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE y sus modificatorias, con la finalidad que se optimice la protección social hacia grupos poblacionales especialmente vulnerables, tales como son las personas ubicadas en los distritos con indicador Centros Poblados Amazónicos (CPA), permitiendo además, garantizar la atención oportuna a las personas que sean identificadas con el indicador damnificado;
Que, mediante Informe Nº D000411-2021-PENSION65-UTI, la Unidad de Tecnologías de la Información emite opinión favorable para la modificación del numeral 7.1.6.4 en el punto 7.1.6, referido al Sub Proceso de Priorización de Población Objetivo y Elaboración de la Relación Bimestral de Usuarios de la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria” del Programa Nacional de Asistencia Solidaría “Pensión 65”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE y sus modificatorias ;
Que, mediante Memorando Nº D000508-2021-PENSION65-UPPM, emite opinión favorable a la modificación del numeral 7.1.6.4 en el punto 7.1.6, referido al Sub Proceso de Priorización de Población Objetivo y Elaboración de la Relación Bimestral de Usuarios de la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria” del Programa Nacional de Asistencia Solidaría “Pensión 65”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE y sus modificatorias, propuesto por la Unidad de Operaciones, considerando que se permitirá brindar mayores oportunidades de participación a aquellos grupos vulnerables que se encuentran precedidos por un marco normativo que impulsa su trato prioritario, y considerando el comportamiento de las variables durante los últimos dos periodos registradas por este Programa Nacional;
Que, mediante Informe Nº D000628-2021-PENSION65-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera pertinente la modificación del numeral 7.1.6.4 en el punto 7.1.6, referido al Sub Proceso de Priorización de Población Objetivo y Elaboración de la Relación Bimestral de Usuarios de la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria” del Programa Nacional de Asistencia Solidaría “Pensión 65”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE y sus modificatorias, por estar conforme a las normas de la materia;
Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con las visaciones de la Unidad de Tecnologías de la Información, la Unidad de Operaciones, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Unidad de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM y modificatorias; la Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; y, la Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE y modificatorias, que aprueba la Directiva “Gestión de la Entrega de la Subvención Monetaria” y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación del numeral 7.1.6.4 de la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 078-2019-MIDIS/P65-DE y sus modificatorias, referido a las prioridades de ordenamiento para la prelación de los potenciales usuarios, la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la modificación del numeral 7.1.6.4 de la Directiva “Gestión de la entrega de la subvención monetaria” del Programa Nacional de Asistencia Solidaría “Pensión 65”, señalada en el artículo 1 precedente, entre en vigencia a partir de la emisión del presente acto resolutivo.
Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Operaciones notifique la presente resolución a las Unidades de la Sede Central y a las Unidades Territoriales del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” para los fines pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial El Peruano, y que la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en el día de emitido el presente acto resolutivo, efectúe su publicación en su integridad en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: www.pension65.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Mabel Gálvez Gálvez
Directora Ejecutiva
Programa Nacional de Asistencia Solidaria
Pensión 65
2020027-1