Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 437-2021-MINEM/DM

Lima, 6 de diciembre de 2021

VISTOS: El Oficio Nº 000617-2021-CG/GAD de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 294-2021/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 030-2021-MINEM-OGA/MTC de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 1150-2021/MINEM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial Nº 405-2020-MEM/DM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e Ingresos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por periodo a auditar, que las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas, y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, con el Oficio Nº 000617-2021-CG/GAD la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27785, solicita al Ministerio de Energía y Minas, realizar la transferencia financiera de la retribución económica, así como el pago del 6% por concepto de designación de la Sociedad de Auditoría, a través de Concurso Público de Méritos, a efectos de realizar su contratación para la auditoria financiera gubernamental de los periodos 2021 y 2022;

Que, mediante Informe Nº 294-2021/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable y remite la previsión presupuestal para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, en el marco de la normatividad presupuestal y considerando que la Oficina General de Administración cuenta con los recursos presupuestales disponibles hasta por la suma de S/ 257 920,00 (Doscientos cincuenta y siete mil novecientos veinte con 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta Presupuestaria 0022 ”Gestión Administrativa”, de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas-Central, en el presente año 2021, de conformidad con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº SIAF 002091 de fecha 22 de noviembre de 2021;

Que, mediante Informe Nº 030-2021-MINEM-OGA/MTC la Oficina General de Administración señala que se realice la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica entre otros el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, por lo que recomienda atender lo solicitado por la Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, que aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas hasta por la suma de S/ 257 920,00 (Doscientos cincuenta y siete mil novecientos veinte con 00/100 soles) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General, del Pliego 019: Contraloría General de la República, correspondiente a la retribución económica (incluido el IGV) por los periodos 2021 y 2022 y el 6% por derecho de designación de los periodos 2021 y 2022, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

Artículo 2.- Financiamiento y limitaciones al uso de los recursos

La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atiende con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, cuyos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos, según el siguiente detalle:

DEL

Pliego : 016 Ministerio de Energía y Minas.

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas - Central

Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios

Gastos Corrientes:

2.4.1 Donaciones y Transferencias

2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 257 920,00

AL

Pliego : 019 Contraloría General

Unidad Ejecutora : 196 Contraloría General S/ 257 920,00

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, (www.minem.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ TORO

Ministro de Energía y Minas

2019141-1