Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución de Presidencia del

Consejo Directivo

N° 00052-2021-OEFA/PCD

Lima, 29 de noviembre de 2021

VISTOS: El Informe N° 00056-2021-OEFA/OAD y el Memorando N° 00885-2021-OEFA/OAD, emitidos por la Oficina de Administración; el Informe N° 00222-2021-OEFA/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00410-2021-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 055-2020-OEFA/PCD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31084, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, el Artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el Artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control (en adelante, la Ley N° 27785), señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego;

Que, asimismo, el Artículo 20° de la Ley N° 27785, establece que las transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; en el cual está incluido el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental;

Que, a través del Oficio N° 000641-2021-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita al OEFA, efectuar una transferencia financiera de recursos a su favor por la suma total de S/ 212 966,00 (Doscientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 soles), con el objeto de contratar una Sociedad de Auditoría encargada de realizar labores de control posterior externo de los Estados Financieros y Presupuestarios del OEFA, correspondiente a los ejercicios de los años 2021 y 2022;

Que, mediante el Informe N° 00222-2021-OEFA/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que se cuenta con recursos presupuestarios por un monto ascendente a S/ 212 966,00 (Doscientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 soles), en la específica de gasto “2.4.13.11 A otras Entidades del Gobierno Nacional”; por lo que, en materia presupuestal resulta viable la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Que, mediante el Informe N° 00056-2021-OEFA/OAD, la Oficina de Administración, solicita se apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 212 966,00 (Doscientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 soles) para la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de realizar labores de control posterior externo de los Estados Financieros y Presupuestarios del OEFA, correspondiente a los ejercicios de los años 2021 y 2022;

Que, mediante Informe N° 00410-2021-OEFA/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la autorización de la transferencia financiera por el monto de S/ 212 966,00 (Doscientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República; toda vez que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe de vistos ha manifestado su viabilidad en materia presupuestal; y, al haberse dado cumplimiento a los presupuestos establecidos en el Artículo 20° de la Ley N° 27785;

Que, el Artículo 15° y Literales a) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad, conduce el funcionamiento institucional y representa a la entidad ante las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras; teniendo entre sus funciones, las de ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal y la representación legal del OEFA, así como emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, en ese contexto, corresponde que la Presidencia del Consejo Directivo emita el acto de administración a través del cual se autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una Sociedad de Auditoría correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022, por el monto de S/ 212 966,00 (Doscientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 soles);

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el Artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, que aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales a) y t) del Artículo 16° del Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por la suma total de S/ 212 966,00 (Doscientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1° de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, de acuerdo con el siguiente detalle:

Categoría Presupuestal

:

9001. Acciones Centrales

Producto

:

3999999. Sin Producto

Actividad

:

5000003. Gestión Administrativa

Fuente de Financiamiento

:

2. Recursos Directamente Recaudados

Genérica de gasto

:

2.4 Donaciones y Transferencias

Especifica de Gasto

:

2.4.13.11 A otras Entidades del Gobierno Nacional

Monto

:

S/ 212 966,00

Artículo 3°.- Limitación al uso de los Recursos.

Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRIAM ALEGRIA ZEVALLOS

Presidenta del Consejo Directivo (e)

2016600-1