Modifican el Anexo 1-A de la R.M. N° 280-2020-MINSA, rectificado mediante R.M. N° 892-2020/MINSA, que contiene la relación nominal de aptos para el proceso de nombramiento autorizado por la Ley N° 30957
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 1245-2021/MINSA
Lima, 18 de noviembre del 2021
VISTO; el Expediente N° 21-045056-003, que contiene las Notas Informativas N°s 366 y 410-2021-OGGRH-OARH-EPP/MINSA, emitidas por la Oficina General de Gestión en Recursos Humanos, los Informes N°s 366 y 515-2021-OGGRH-OARH-EPP/MINSA emitidos por el Equipo de Programación y Presupuesto de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y el Informe N° 1047-2021-OP-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30957, se autorizó el nombramiento progresivo, en el año fiscal 2019, como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153 tuvieron vínculo laboral, cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento, no fueron incluidos en los procesos de nombramiento correspondientes a los años 2014 al 2018 y fueron identificados en el marco de la disposición complementaria final nonagésima octava de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
Que, a través del numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 016-2020, Decreto de Urgencia con el cual se establecen medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, se autorizó al Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), la continuación del proceso de nombramiento de hasta el 40% (cuarenta por ciento) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento;
Que, asimismo, el numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto Urgencia antes mencionado, dispuso que el Ministerio de Salud aprueba, mediante Resolución Ministerial, la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud;
Que, en ese sentido, el Ministerio de Salud, mediante el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, rectificado mediante la Resolución Ministerial N° 892-2020/MINSA, aprobó la “Relación nominal del personal apto en el proceso de nombramiento consolidado a nivel nacional por unidades ejecutoras, en sujeción a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 016-2020”;
Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 069-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para el fortalecimiento de la disponibilidad de recursos humanos y nombramiento del personal asistencial ante la emergencia sanitaria por la COVID-19 y dicta otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), a continuar con el proceso de nombramiento de hasta el 40% (cuarenta por ciento) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, a que se refiere el artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 016-2020 y el numeral 1 de la Nonagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que, de otro lado, mediante Resolución Ministerial N° 378-2020/MINSA, modificada con la Resolución Ministerial N° 463-2020/MINSA, se conformó la Comisión Sectorial, dependiente del Ministerio de Salud, encargada de revisar y evaluar la relación de aptos que figuran en los anexos de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, observados por las unidades ejecutoras, y las PEAS aptas publicadas por las Comisiones de Nombramiento de las unidades ejecutoras al 15 de noviembre de 2019, debiendo considerar el cumplimento de las condiciones y requisitos establecidos en la Ley N° 30957 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2019-SA;
Que, el numeral 3.9 del Informe Final de la Comisión Sectorial RM N° 378-2020/MINSA, concluye que como resultado del proceso de revisión y evaluación materia de encargo a la Comisión Sectorial, se presentan los resultados de las PEAS aptas identificadas, las mismas que están contenidas nominalmente en el Anexo 4 del Informe Final antes citado, determinándose un total de 529 personas aptas para el proceso de nombramiento;
Que, a través del Informe N° 515-2021-OGGRH-OARH-EPP/MINSA, el Equipo de Programación y Presupuesto de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos señala lo siguiente:
a) Se ha identificado que veinticinco (25) personas aptas del Informe Final de la Comisión Sectorial antes mencionada, ya se encontraban previstas en la relación de aptos del Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, por lo que la PEA de personas aptas a incluir en el Anexo 1-A de la citada resolución asciende a quinientos cuatro (504).
b) La citada Comisión Sectorial evaluó el Expediente N° 20-106276-110, correspondiente a la Unidad Ejecutora Hospital San Juan de Dios de Pisco, estableciendo como aptos a dos (2) personas según consta en el formato “Verificación de Requisitos”, suscrito por todos los integrantes de la referida Comisión; empero, se omitió consignar a dichas personas en el Anexo 4 del Informe Final de la Comisión, por lo que corresponde la inclusión de dicha PEA en el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA.
c) De acuerdo al Informe N° 399-2021-OGGRH-OARH-EPP/MINSA, se identificó que el Expediente N° 20-106276-064 de la Unidad Ejecutora 401 Hospital Huacho-Huaura-Oyón y Servicios Básicos de Salud fue recibido en su oportunidad por el Ministerio de Salud, pero se omitió derivar dicho expediente a la Comisión Sectorial para su evaluación, por lo que no fue considerado en su Informe Final. En ese sentido, se precisa que de la evaluación realizada a dicho expediente a través del Informe N° 444-2021-OGGRH-OARH-EPP/MINSA, se concluye que, las ocho (8) personas reportadas por la citada unidad ejecutora cumplen los requisitos establecidos en los artículos 22 y 23 del Reglamento de la Ley N° 30957, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2019-SA; en consecuencia, acreditan su condición de aptos, correspondiendo la inclusión de dicha PEA en el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA.
d) En el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, respecto de la Unidad Ejecutora 402 Salud Huaraz, se ha identificado que en los ítems 3 y 4 figura la misma persona con diferente número de Documento Nacional de Identidad (DNI), siendo que el número de DNI consignado en el ítem 3 no existe según la consulta efectuada en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), por lo que corresponde suprimir el registro del ítem 3.
e) En el Expediente N° 20-074253-002, se detalla que en el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, respecto de la Unidad Ejecutora 405 Hospital de Apoyo Santa María del Socorro, en el ítem 4 figura una persona que la citada unidad ejecutora señala que no pertenece a dicha entidad. Efectuada la consulta del número de DNI en el RENIEC se verifica que éste corresponde a otra persona, por lo que corresponde suprimir el registro del ítem 4.
f) Se han realizado rectificaciones respecto del número de DNI, nombres y apellidos, código del Registro Nacional de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo (RENAES), cargo, grupo ocupacional y lugar de nombramiento.
g) Finalmente, se han adecuado las denominaciones de los cargos señalados en el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA a las denominaciones de los cargos previstos en el Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 595-2008/MINSA y sus modificatorias.
Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, el Equipo de Programación y Presupuesto de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos concluye que, corresponde modificar el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA, incluyendo un total de quinientos catorce (514) personas en la relación nominal de aptos para el proceso de nombramiento autorizado por la Ley N° 30957;
Con el visado de la Directora General (e) de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias;
SE RESUELVE
Artículo 1.- Modificar el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020-MINSA, rectificado mediante la Resolución Ministerial N° 892-2020/MINSA, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, que contiene la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos ponga de conocimiento de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la presente Resolución Ministerial y su respectivo anexo.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo, en el portal de transparencia del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HERNANDO ISMAEL CEVALLOS FLORES
Ministro de Salud
2013675-1