Conforman la Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua

resolución de secretaría

de gestíon social y diálogo

N° 0014-2021-PCM/SGSD

Lima, 16 noviembre de 2021

VISTO:

El Informe Nº D000003-2021-PCM-SGSD-GRO de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, y coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, el Estado desde la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha trazado como objetivo primordial el coordinar los procesos de diálogo involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades privadas y públicas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de Gobierno, con el fin de encauzar las distintas demandas ciudadanas y encaminar la solución de los conflictos sociales y expectativas de la población;

Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM señala que la Secretaria de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de conflictos sociales en el territorio nacional. Asimismo, es responsable de conducir los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos, con los diversos actores sociales, representantes de las instituciones privadas y funcionarios públicos para contribuir a la solución de los conflictos sociales, con la finalidad de consolidar una cultura de paz, respeto a las obligaciones internacionales y nacionales en derechos humanos y demás valores para la sostenibilidad y la defensa del Estado de Derecho;

Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el literal h) artículo 94 del citado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, tiene entre otras, la función de formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N°008-2021-PCM/SGSD, se aprobó los Lineamientos y protocolos para la intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de gestión social y diálogo, la cual señala que la norma aplicable para la conformación de espacios de diálogo es la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo, que tiene por objeto articular, coordinar, concertar, realizar seguimiento o monitoreo de actividades, entre otras, con la participación de autoridades del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales; así como empresas y representantes de la sociedad civil;

Que, en atención al acuerdo N°2 del Acta de la reunión entre el Poder Ejecutivo, el Gobierno Regional de Moquegua, así como las autoridades y dirigentes de las provincias de General Sánchez Cerro y Mariscal Nieto de fecha 02 de junio de 2021, la Presidencia del Consejo de Ministros emitirá un dispositivo normativo conformando una mesa de diálogo destinada a abordar la problemática de la provincia Sánchez Cerro, además de hacer seguimiento a los compromisos asumidos en el marco de la declaratoria de estado de emergencia, sobre la base del trabajo realizado por la Mesa Técnica de Coralaque.

Que, en ese marco normativo y en mérito al mencionado acuerdo, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo propone la implementación de la Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua;

De conformidad con la Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformación de la Mesa de Diálogo

Confórmese la Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua, a cargo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 2.- Objeto

La Mesa de Diálogo tiene por objeto realizar acciones de coordinación para la definición de un diagnóstico compartido y la adopción de acciones concretas que aborden la problemática de la cuenca del río Coralaque en el departamento de Moquegua.

Artículo 3.- Integrantes

La Mesa de Diálogo está integrada por:

a) El/La Secretario/a de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside;

b) Un/a representante de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;

c) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas;

d) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

e) Un/a representante del Ministerio del Ministerio del Ambiente;

f) Un/a representante del Ministerio de la Producción;

g) Un/a representante del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento;

h) Un/a representante del Ministerio de Salud;

i) Un/a representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental — OEFA;

j) Un/a representante de la Autoridad Nacional del Agua — ANA;

k) Un/a representante del Instituto Nacional de Defensa Civil;

l) Un/a representante del Gobierno Regional de Moquegua;

m) Un/a representante de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro;

n) Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto;

o) Un/a representante de las Municipalidades distritales de Chojata, Matalaque, Quinistaquillas, Coalaque, La Capilla, Carumas, Cuchumbaya y San Cristobal;

p) Cinco (05) representantes de las organizaciones sociales de la provincia General Sánchez Cerro.

q) Cinco (05) representantes de las organizaciones sociales de la provincia Mariscal Nieto.

Artículo 4.- Funciones

4.1. La Mesa de Diálogo tiene las siguientes funciones:

a) Identificar actividades para el análisis, evaluación y el desarrollo de estudios sobre la problemática de la cuenda del río Coralaque en el ámbito de las provincias de Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro.

b) Proponer la adopción de acciones concretas que brinden alternativas de solución a la problemática de la cuenda del río Coralaque.

c) Coordinar y gestionar con entidades públicas y privadas, en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento de las acciones consignadas en el plan de acción anexado al acta de fecha 02 de junio de 2020.

d) Desarrollar otras acciones orientadas a sostener y fortalecer el cumplimiento de sus funciones, en los distritos de Chojata Matalaque, Quinistaquillas, Coalaque, La Capilla, Carumas, Cuchumbaya y San Cristobal.

4.2. En el marco de la emergencia sanitaria a nivel nacional, declarada a consecuencia de la COVID-19, el cumplimiento de las acciones a ser llevadas a cabo por la Mesa de Diálogo será de manera presencial o virtual, utilizando herramientas de tecnologías de la información, dependiendo del comportamiento de la pandemia hasta el término de la vigencia de la cita Mesa de Diálogo.

Artículo 5.- Designación de representantes

5.1. Las entidades que forman parte de la Mesa de Diálogo contempladas en el artículo 3, con excepción de los literales a), p) y q), designarán a sus representantes, titular y alterno, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.

5.2. El/La Secretario/a de la Secretaria de Gestión Social y Diálogo, designa a su representante, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral precedente.

5.3. Las organizaciones sociales de las provincias de General Sánchez Cerro y Mariscal Nieto, designan a sus representantes siguiendo el procedimiento y el plazo establecido en el numeral 5.1.

Artículo 6.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica está a cargo del representante del Ministerio de Energía y Minas, quien coordinará las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos trazados.

Artículo 7.- De la información, colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales

La Mesa de Diálogo puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional; así como del Gobierno Regional y gobiernos locales que se encuentren en el ámbito de intervención, para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines. Asimismo, puede conformar subgrupos y/o equipos de trabajo para el cumplimiento de su objeto y funciones.

Artículo 8.- Financiamiento

Las entidades que conforman la Mesa de Diálogo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los representantes de la Mesa de Diálogo es ad honorem.

Artículo 9.- Instalación

La Mesa de Diálogo se instalará en un plazo que no excederá de diez (15) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Artículo 10.- Periodo de vigencia

La Mesa de Diálogo tiene vigencia hasta el 31 de julio de 2022. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.

Artículo 11.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

CARMEN GISELLE HUAMANI OLIVO

Secretaria de Gestión Social y Diálogo

2013639-2