Modifican el artículo 4 de la Res. N° 00003-2021 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ, con relación a la fecha de elección de representantes de los gremios de las MYPE de sectores productivos

Resolución Directoral Ejecutiva

Nº 00004-2021-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ

16 de noviembre de 2021

VISTOS: Los Informes Nº 39-2021-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPErú-mrivero de fecha 15 de noviembre de 2021 y Nº 40-2021-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPErú-mrivero de fecha 16 de noviembre de 2021, así como los demás antecedentes y documentos relacionados al mencionado informe; y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1414 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2018, autorizó al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) a las Compras Públicas, con el objeto de impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las MYPE, canalizando los procesos de adquisición de bienes manufacturados especializados, detallados en el artículo 4 del referido Decreto Legislativo;

Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo 1414, referido al procedimiento y el plazo para la designación de los miembros del Directorio de cada NEC, señala que los dos representantes de los gremios MYPE de cada NEC, titular y alterno respectivamente, son elegidos y designados para un período de dos (2) años mediante un proceso de selección cuyas condiciones son definidas por el Ministerio de la Producción, precisándose que dichos representantes participan de las sesiones del Directorio del NEC con voz, pero sin voto;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00003-2021 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre de 2021, se aprobó el Procedimiento de Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos, en el marco del Decreto Legislativo N° 1414 y su Reglamento, la Convocatoria a Elección de Representantes de Gremios de las MYPE, la Constitución del Comité Electoral y la Fecha de Elecciones;

Que, a través de los documentos del Visto, se recomendó al Comité Electoral ampliar el plazo de la etapa de inscripción de los gremios de las MYPE, teniendo en cuenta que el plazo de las inscripciones de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE como electoras, e inscripción de sus candidatos, culminan el día 16 de noviembre de 2021, conforme al cronograma de elección y, que a la fecha, sólo se han inscrito tres (3) asociaciones MYPE de un solo sector productivo, sugiriéndose de esta forma, la ampliación de plazo de la referida etapa y fortalecer la difusión del presente proceso electoral, con la finalidad de garantizar durante el mismo, la efectiva concurrencia y/o pluralidad de gremios MYPE, ello en aplicación del principio de participación regulado en el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Que, mediante Acta de Sesión N° 002-2021-PRODUCE/CE de fecha 16 de noviembre de 2021, los miembros del Comité Electoral habiendo evaluado el contenido de los precitados informes, acordaron por unanimidad aprobar la ampliación de la etapa de inscripción de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE como electoras, e inscripción de sus candidatos; y, por consiguiente, la modificación del cronograma de elección, conforme a lo detallado en el Anexo 1 de la mencionada acta;

Que, en ese contexto, resulta necesario modificar el artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00003-2021 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ, con relación a la fecha de elección de representantes de los gremios de las MYPE de sectores productivos, habida cuenta que el Comité Electoral, a cargo de la conducción del proceso de elección, ha aprobado la ampliación de la referida etapa de inscripción y, por consiguiente, la modificación del cronograma de elecciones;

Que, estando a lo informado; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 4 del Manual de Operaciones del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 201-2021-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00003-2021 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ

Modifíquese el artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00003-2021 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ, que aprueba el Procedimiento de Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos en el marco del Decreto Legislativo N° 1414 y su Reglamento, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 4.- Fecha de Elecciones

Establecer como fecha de la elección referida en el artículo 2 de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva, el día 15 de diciembre de 2021, en el horario de 09:00 a 13:00 horas, la cual se desarrolla en concordancia con el Procedimiento aprobado en el artículo 1, el Cronograma Electoral y demás disposiciones que apruebe y publique el Comité Electoral”.

Artículo 2.- Publicación

Publicar la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MOSQUEIRA CORNEJO, NINOSKA

Directora Ejecutiva (e)

Programa Nacional “COMPRAS A MYPERÚ”

2013312-1