Disponen prorrogar el plazo para la recepción de comentarios y sugerencias respecto del proyecto normativo que modifica la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” e incorpora los Anexos N° 2 y 3 que aprueban los modelos de contrato de suministro de gas natural

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 235-2021-OS/CD

Lima, 18 de noviembre de 2021

VISTO:

El Memorándum GSE-684-2021 de la Gerencia de Supervisión de Energía, que propone poner a consideración del Consejo Directivo la aprobación de la ampliación de plazo para presentar comentarios al proyecto normativo que modifica la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” e incorpora los Anexos N° 2 y 3 que aprueban los modelos de contrato de suministro de gas natural, publicado a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 231-2021-OS/CD.

CONSIDERANDO:

Que, conforme al inciso c) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad de dictar en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general, referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 054-2016-OS/CD Osinergmin aprobó la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” (en adelante, Norma de Condiciones Tarifarias), consolidando lo regulado en diversos dispositivos tales como los contratos de concesión, el Reglamento de Distribución, las resoluciones tarifarias del regulador y los procedimientos de facturación aprobados para cada concesión, asimismo, poniendo énfasis en los criterios generales a los cuales debe ir adecuándose la prestación del servicio en las concesiones, a efectos de tener homogeneidad y brindar información exhaustiva al consumidor respecto a la prestación del servicio, consolidando lo regulado en diversas normas y contratos de concesión;

Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2021-EM se modificaron diversas disposiciones del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM referidas, entre otras, al contrato de suministro, períodos de facturación y estimaciones, las cuales se encuentran reguladas en la Norma de Condiciones Tarifarias, por lo que resulta necesario adecuar la citada norma a las disposiciones vigentes;

Que, con relación a la modificación efectuada mediante el Decreto Supremo N° 008-2021-EM, referida a los contratos de suministro, se debe indicar que de acuerdo con el numeral 54.1 del artículo 54 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, se estableció que la aprobación administrativa de las cláusulas generales de contratación por la prestación de servicios públicos, sujetos o no a regulación económica, está a cargo del organismo regulador competente, conforme a la ley de la materia y a las disposiciones que emita para dicho efecto; por lo que a efectos de tener homogeneidad en los contratos de suministro, conforme con el alcance de la Norma de Condiciones Tarifarias, corresponde a Osinergmin aprobar las cláusulas indicadas que deben recoger los modelos de contratos de suministro de distribución de gas natural;

Que, en ese sentido, y de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 231-2021-OS/CD, se aprobó la publicación para comentarios del proyecto normativo que modifica la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” e incorpora los Anexos N° 2 y 3 que aprueban los modelos de contrato de suministro de gas natural;

Que, el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo N° 231-2021-OS/CD estableció un plazo de quince (15) días calendario siguientes a su publicación, a fin de que los interesados remitan sus comentarios o sugerencias al proyecto normativo, el cual vence el 19 de noviembre de 2021;

Que, se ha recibido el documento N° ENG/949-2021, de fecha 09 de noviembre de 2021, mediante el cual la empresa ENGIE Energía Perú S.A. solicita que se extienda por un plazo de quince (15) días calendarios adicionales el plazo otorgado en la Resolución de Consejo Directivo N° 231-2021-OS/CD, dada la importancia de los temas tratados en el citado proyecto y a fin de permitir un análisis adecuado que permita enviar los aportes respectivos;

Que, teniendo en consideración dicha solicitud, y con la finalidad de poder recibir la mayor cantidad de opiniones, comentarios y sugerencias de todos los interesados, que permitan enriquecer y mejorar el contenido del proyecto normativo, se considera conveniente, extender el plazo inicialmente previsto en el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo N° 231-2021-OS/CD, ampliándolo en diecisiete (17) días calendario adicionales, hasta el 6 de diciembre de 2021;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, así como el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 36-2021.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.– Ampliación de plazo para comentarios

Prorrogar el plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo N° 231-2021-OS/CD hasta el 6 de diciembre de 2021, para la recepción de comentarios y sugerencias de todos los interesados al proyecto normativo que modifica la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” e incorpora los Anexos N° 2 y 3 que aprueban los modelos de contrato de suministro de gas natural.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin.

Jaime Mendoza Gacon

Presidente del Consejo Directivo

OSINERGMIN

2013015-1