Ordenanza Regional que ratifica el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2021

Ordenanza Regional Nº 009

Callao, 17 de septiembre de 2021

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria Virtual celebrada el 17 de septiembre de 2021.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 1º proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado, y en su Artículo 2º inciso 1, consagra el derecho de toda persona a la vida, a su dignidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar. Asimismo, el artículo 191º señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, del Capítulo XIV del Título II, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 5º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales citada en líneas precedente, establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región. Asimismo, en su Artículo 6º, señala que el desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, en el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades;

Que, el Artículo 61º del mismo cuerpo legal, sobre las funciones del Gobierno Regional en materia de defensa Civil, prescribe: literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, controlar, administrar las políticas regionales en materia de defensa y seguridad ciudadana, en concordancia con la política general, del Gobierno y los planes sectoriales y locales y literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindas ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas;

Que, el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en su Artículo 17 inciso a), (Artículo modificado por el Artículo 1 del decreto Supremo Nº010-2019-IN) establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): “Proponer ante el Gobierno Regional la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana alineado al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y sus medidas sectoriales, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y regional, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN”. Asimismo, en su Artículo 19 inciso a) indica que, es una de las funciones de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana “Presentar ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana”. De igual manera, el primer párrafo del Artículo 47º del mismo cuerpo legal prescribe: Las Secretarías Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos Comités. Éstos, después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, se aprueba la Directiva Nº 009-2019-IN-DGSC, la cual señala cuales son los “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana”;

Que, con el Acta de fecha 12 de enero del 2021, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao, aprobó el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2021;

Que, por medio del Informe Nº 009-2021-GRC/GRDNDCYSC-CORESEC-ST, de fecha 17 de febrero del 2021, el Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana en su calidad de responsable de la Secretaria Técnica del CORESEC-CALLAO, puso a conocimiento del Gerente General Regional la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2021, precisando que ha recibido el Informe Técnico Nº000018-2021-IN/DGSC/DEPSC/ETPP/CMS con el cual la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior declara “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN” el PARSC 2021 de la Región Callao; por lo que este viene ejecutándose de acuerdo con la matriz de actividades que lo operativizan y que son de responsabilidad de las diferentes entidades conformantes del CORESEC Callao, remitiéndolo para su aprobación por el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao;

Que, en la Resolución Ejecutiva Regional Nº024, de fecha 26 de enero de 2021,se determina que la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, asuma las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana-CORESEC CALLAO, órgano técnico, ejecutivo y de coordinación;

Que, el Art. 17º numeral 17.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, señala: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto hecho justificativo para su adopción”;

Que, el Sectorista del Equipo de Planes y Programas del Ministerio del Interior, mediante Informe Nº000018-2021/IN/DGSC/DEPSC/ETPP/CMS del 04 de febrero de 2021, señala entre otros extremos, que, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021, ha sido desarrollado en el marco de la Directiva Nº009-20219-IN-DGSC, el que establece los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño; señalando entre sus conclusiones que, los integrantes del CORESEC en el marco de sus competencias deberán contribuir al logro de los objetivos estratégicos propuestos en el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, priorizando sus acciones con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales.

Que, conforme se verifica de los actuados, corre el Acta de Validación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2021, de fecha 12 de enero de 2021, en la que se consigna que la sesión se realizó en forma virtual ante la coyuntura de la emergencia sanitaria a nivel nacional por el COVID-19, con la presencia en el aplicativo de los miembros del Comité de Seguridad Ciudadana, cumpliendo, según señala con el quórum al que se refiere la Ley Nº27933, modificada por Ley Nº30055, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; en cuya sesión ordinaria se dio lectura al punto de la agenda, esto es, la Validación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2021, con la presencia de las autoridades que allí señala, validando la propuesta por unanimidad según se lee del referido documento, precisando que deberá ser remitido al Consejo Regional, para ser aprobado mediante Ordenanza Regional.

Que mediante Informe Nº009-2021-GRC/GRDNDCYSC-CORESEC-ST, de fecha 17 de febrero de 2021, el responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC CALLAO, informa a la Gerencia General Regional que, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana (PARSC) 2021 de la Región Callao, fue formulado en diciembre de 2020, en el marco legal vigente del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y presentado ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao en sesión ordinaria del 12 de enero de 2021, siendo aprobado por unanimidad, según el Acta de Validación, de acuerdo con lo que dispone el Decreto Supremo Nº010-20219-IN.

Que, mediante Informe Nº218-2021-GRC/GAJ, de fecha 22 de febrero de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa a la Gerencia General Regional, que, en atención a lo dispuesto en el Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, los actuados previo al informe legal, deben remitirse a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que emita pronunciamiento técnico.

Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, como responsable de ejercer las funciones específicas sectoriales en materia de planificación estratégica prospectiva, presupuesto, tributación, ordenamiento territorial, racionalización y estadística, como encargada además de contribuir a un ordenado y sistemático proceso de gestión del Gobierno Regional, mediante la formulación, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, programas y presupuesto del Gobierno Regional, a través de la Oficina de Planificación ha emitido el Memorando Nº14-2021-GRC/GRPPAT/OP, de fecha 02 de marzo de 2021 y el Memorando Nº073-2021-GRC/GRPPAT/OP, de fecha 29 de marzo de 2021, señalando que de la revisión a las normas previstas para la formulación del Plan propuesto, éste se ha desarrollado conforme a la Directiva Nº09-2019-IN-DGSC, donde se establecen los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº2056-2019-IN del 20 de diciembre de 2019; indica que, el Plan identifica el problema público, la situación actual de la seguridad ciudadana, indicadores de seguridad ciudadana, programación de actividades operativas; que, se encuentra articulado con las políticas nacionales y regionales; que, a nivel institucional, el Plan propuesto se encuentra articulado al Objetivo Estratégico Institucional (OEI.03): “Fortalecer el Sistema de Seguridad Ciudadana en la Provincia Constitucional del Callao” y Acción Estratégica Institucional (AEI.03.01): “Plan de Seguridad Ciudadana Articulado con los integrantes interinstitucionales del CORESEC en la Provincia Constitucional del Callao”, del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao para el período 2019-2023, documento aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº158, de fecha 17 de agosto de 2020; que, a nivel Operativo, el Plan se encuentra programado en el POI 2021, aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº289, de fecha 30 de diciembre de 2020.

Que, mediante los Informes Nº165-2021-GRC/GRPPAT, de fecha 10 de marzo de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, haciendo suyo el Informe Nº480-2021-GRC/GRPPAT-OPT, de fecha 09 de marzo de 2021, en donde concluye que la Gerencia General Regional disponga que el responsable de la Secretaría Técnica de la CORESEC Callao, precise el presupuesto analítico para ejecutar el Plan en coordinación con la Oficina de Logística encargada de realizar las contrataciones y adquisiciones, considerando los plazos para su ejecución;

Que, mediante Informe Nº218-2021-GRC/GAJ, de fecha 22 de febrero de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa a la Gerencia General Regional, que, en atención a lo dispuesto en el Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, los actuados previo al informe legal, deben remitirse a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que emita pronunciamiento técnico.

Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, como responsable de ejercer las funciones específicas sectoriales en materia de planificación estratégica prospectiva, presupuesto, tributación, ordenamiento territorial, racionalización y estadística, como encargada además de contribuir a un ordenado y sistemático proceso de gestión del Gobierno Regional, mediante la formulación, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, programas y presupuesto del Gobierno Regional, a través de la Oficina de Planificación ha emitido el Memorando Nº14-2021-GRC/GRPPAT/OP, de fecha 02 de marzo de 2021 y el Memorando Nº073-2021-GRC/GRPPAT/OP, de fecha 29 de marzo de 2021, señalando que de la revisión a las normas previstas para la formulación del Plan propuesto, éste se ha desarrollado conforme a la Directiva Nº09-2019-IN-DGSC, donde se establecen los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº2056-2019-IN del 20 de diciembre de 2019; indica que, el Plan identifica el problema público, la situación actual de la seguridad ciudadana, indicadores de seguridad ciudadana, programación de actividades operativas; que, se encuentra articulado con las políticas nacionales y regionales; que, a nivel institucional, el Plan propuesto se encuentra articulado al Objetivo Estratégico Institucional (OEI.03): “Fortalecer el Sistema de Seguridad Ciudadana en la Provincia Constitucional del Callao” y Acción Estratégica Institucional (AEI.03.01): “Plan de Seguridad Ciudadana Articulado con los integrantes interinstitucionales del CORESEC en la Provincia Constitucional del Callao”, del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao para el período 2019-2023, documento aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº158, de fecha 17 de agosto de 2020; que, a nivel Operativo, el Plan se encuentra programado en el POI 2021, aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº289, de fecha 30 de diciembre de 2020.

Que, mediante los Informes Nº165-2021-GRC/GRPPAT, de fecha 10 de marzo de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, haciendo suyo el Informe Nº480-2021-GRC/GRPPAT-OPT, de fecha 09 de marzo de 2021, en donde concluye que la Gerencia General Regional disponga que el responsable de la Secretaría Técnica de la CORESEC Callao, precise el presupuesto analítico para ejecutar el Plan en coordinación con la Oficina de Logística encargada de realizar las contrataciones y adquisiciones, considerando los plazos para su ejecución;

Que, con Memorándum Nº1132-2021-GRC/GRPPAT de fecha 27 de mayo del 2021, el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (e) remite al responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC-CALLAO, el Informe Nº026-2021-GRC/GRDNDCYSC-CORESEC-ST, en donde se da la subsanación de observaciones del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2021 y el Informe Nº1171-2021-GRC/GRPPAT-OPT de fecha 26 de mayo del 2021 en donde indica cual será la secuencia funcional del Centro de Costos para que el área competente realice el registro en el módulo administrativo.

Que, con Informe Nº028-2021-GRC-GRDNDCYSC/CORESEC-ST de fecha 2 de Junio del 2021, el responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC-CALLAO, informa sobre la continuidad del tramite para la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 de la Región Callao.

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el INFORME Nº631-2021-GRC/GAJ de fecha 10 Junio del 2021 CONCLUYE: que según lo informado por las unidades orgánicas competentes, en función a lo previsto en el numeral 7), del artículo 41º del Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, y Principio de Verdad Material establecido en el numeral 1.11, del artículo IV, del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en ese sentido la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera procedente visar el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao – 2021, debiendo ser remitido a la Secretaría del Consejo Regional, para su trámite correspondiente ante el Consejo Regional, en función a lo dispuesto en el literal a), del artículo 15º, de la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Que, mediante OFICIO Nº027-2021-GRC/CR/PCDNDCYSC/RFG, de fecha 11 de agosto del 2021, la Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, dispuso se proceda a devolver el Expediente sobre Proyecto de Ordenanza Regional, que Aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao – 2021, a fin de que soliciten la eficacia anticipada del acto administrativo por corresponder, para que pueda ser aprobado y reformular el Proyecto de Ordenanza Regional en la que se señale taxativamente la estructura del presente plan.

Que, con Memorando Nº725-2021-GRC-SCR-SR de fecha 12 de agosto del 2021, el Secretario del Consejo Regional, devuelve el expediente sobre proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 de la Región Callao, con la finalidad de subsanar las observaciones recaídas en el mismo y puestas en conocimiento en sesión ordinaria de la Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, de fecha 11 de agosto de 2011;

Que, mediante el Memorándum Nº028-2021-GRC-GRDNDCYSC/CORESEC-ST, de fecha 23 de agosto del 2021, el responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC-CALLAO, CONCLUYE: que se ha sustentado la EFICACIA ANTICIPADA del acto administrativo de aprobación, por parte del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 de la Región Callao con fecha 04 de febrero de 2021, fecha de la aprobación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior en su condición de ente rector del sistema funcional de seguridad ciudadana en el país; SOLICITANDO, por tanto, este régimen para dicho acto administrativo. Asimismo, se ha formulado el proyecto de Ordenanza Regional en mención insertando en este, la estructura del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 de la Región Callao.

Que, con el Memorando Nº802-2021-GRC/GAJ de fecha 25 de agosto del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que el Proyecto de Ordenanza Regional, no contiene en la parte Considerativa la Motivación, los fundamentos, que sirven de base a la parte Resolutiva (artículo primero), decidiendo la aprobación del Plan de Acción Regional, con eficacia anticipada al 04 de febrero de 2021; en tal consideración la Gerencia de Asesoría Jurídica, devuelve los actuados, con la finalidad que se sirva considerar lo expuesto en el proyecto de Ordenanza Regional.

Que, mediante el MEMORANDO Nº034-2021-GRC/GRDNDCYSC-CORESEtC-ST, de fecha 01 de Setiembre del 2021, el responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC-CALLAO, informa sobre la absolución de observaciones de la Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional - Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao.

Que, con el INFORME Nº1005-2021-GRC/GAJ de fecha 06 de Setiembre del 2021 la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa a la Gerencia General Regional, que en este contexto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar con eficacia anticipada, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao 2021, por lo que en función a lo previsto en el numeral 7), del artículo 41º del Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, procede a visar el proyecto de Ordenanza Regional, remitido por el Responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC CALLAO, con la finalidad que los actuados sean enviados al Consejo Regional, para que conforme a sus atribuciones evalúe el cumplimiento del requerimiento hecho a través de la Presidencia de la Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana mediante Oficio Nº027-2021-GRC/CR/PCDNDCYSC/RFG, de fecha 11 de agosto de 2021.

Que, mediante Dictamen Nº 01-2021-GRC/CR/PCDNCYSC, de fecha 16 de setiembre de 2021, la Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, recomienda Aprobar, con Eficacia Anticipada al 04 de febrero del 2021, vía Ordenanza Regional, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao-2021, conforme al inciso a) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº011-2014-IN, (modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº010-2019-IN), Reglamento de la Ley Nº27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, documento aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao (CORESEC-CALLAO), y cuyo documento tiene por misión supervisar y evaluar la implementación de los políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política, la convivencia pacífica, la reducción de la victimización del delito y la percepción de inseguridad ciudadana.

Que, en atribución del literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, lo cual establece, que es atribución del Consejo Regional, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en tal sentido el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE RATIFICA EL PLAN

DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD

CIUDADANA DE LA REGIÓN CALLAO 2021

Artículo Primero.- Aprobar, con Eficacia Anticipada al 04 de febrero del 2021, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao-2021, conforme al inciso a) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº011-2014-IN, (modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº010-2019-IN), Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, documento aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao (CORESEC-CALLAO), y cuyo documento tiene por misión supervisar y evaluar la implementación de los políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política, la convivencia pacífica, la reducción de la victimización del delito y la percepción de inseguridad ciudadana; el cual tiene la siguiente estructura:

1. Problema público

2. Situación actual de la seguridad ciudadana

2.1 Información sociodemográfica

2.1.1. Población

2.1.2. Empleo

2.1.3. Economía

2.1.4. Educación

2.1.5. Salud

2.2. Indicadores de seguridad ciudadana

2.2.1. Principales Variables

2.2.1.1. Tasa de Homicidios

2.2.1.2. Victimización

2.2.1.3. Victimización con armas de fuego

2.2.1.4. Percepción de Inseguridad

2.2.1.5. Víctima de algún hecho delictivo, que realizó la denuncia

2.2.1.6. Población Penitenciaria

2.2.1.7. Tasa de fallecidos y heridos en accidentes de tránsito

2.2.1.8. Deserción escolar

2.2.1.9. Menores infractores a la Ley Penal

2.2.1.10. Inversión en Seguridad Ciudadana

2.2.2 Priorización de delitos

2.2.3 Identificación de provincias y ciudades con mayor incidencia

3. Programación de actividades operativas (Matriz de objetivos estratégico/objetivos específicos/acciones estratégicas)

4. Anexos

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, adoptar las medidas necesarias para la implementación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Callao-2021.

Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los miembros del Comité Regional de Seguridad Ciudadana del Callao.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

DANTE MANDRIOTTI CASTRO

Gobernador

2013014-1