Disponen la publicación del proyecto de “Guía de valoración económica de daños por delitos ambientales”

Resolución Ministerial

Nº 213-2021-MINAM

Lima, 12 de noviembre de 2021

VISTOS; el Memorando N° 00031-2021-MINAM/VMGA/UNIDA y el Informe N° 00014-2021-MINAM/VMGA/UNIDA de la Unidad Funcional de Delitos Ambientales; el Informe N° 00573-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, reconoce en su artículo IV el derecho de acceso a la justicia ambiental, entendido como una acción rápida, sencilla y efectiva ante las entidades administrativas y jurisdiccionales, en defensa del ambiente y de sus componentes, velando por la debida protección de la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, así como la conservación del patrimonio cultural vinculado a aquellos;

Que, el artículo IX de la Ley General del Ambiente establece que el causante de la degradación ambiental y de sus componentes, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, está obligado a adoptar inexcusablemente las medidas para la restauración, rehabilitación o reparación, según corresponda o, cuando lo anterior no sea posible, a compensar en términos ambientales los daños generados, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiera lugar;

Que, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, el Estado, a través de los sectores competentes, realiza los inventarios y la valoración de los diversos recursos naturales y de los servicios ambientales que prestan;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, el literal m) del artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, establece que el Viceministerio de Gestión Ambiental tiene la función de promover el acceso a la información, participación y justicia ambiental, así como las estrategias para la prevención, reducción y seguimiento de los delitos e infracciones ambientales;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 028-2021-MINAM, se crea la Unidad Funcional de Delitos Ambientales, dependiente del Viceministerio de Gestión Ambiental, la cual tiene, entre sus funciones, elaborar y proponer los lineamientos y criterios para la formulación, implementación y evaluación de las políticas públicas sobre delitos e infracciones ambientales, que permitan un adecuado y oportuno acceso a la justicia ambiental, así como en la toma de decisiones institucionales;

Que, en este contexto, mediante Memorando N° 00031-2021-MINAM/VMGA/UNIDA e Informe N° 00014-2021-MINAM/VMGA/UNIDA, la Unidad Funcional de Delitos Ambientales, con la conformidad del Viceministerio de Gestión Ambiental, presenta y sustenta el proyecto de “Guía de Valoración Económica de daños por delitos ambientales”, el cual corresponde ser puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Guía de valoración económica de daños por delitos ambientales”.

Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica unida@minam.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rubén José Ramírez Mateo

Ministro del Ambiente

2011098-1