Conforman comisión encargada de evaluar la gestión de las Unidades Ejecutoras del Poder Judicial y, de ser el caso, proponer la conformación de nuevas Unidades Ejecutoras para el año 2023
CONSEJO EJECUTIVO
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
N° 000371-2021-CE-PJ
Lima, 11 de Noviembre del 2021
VISTOS:
El Oficio N° 001013-2021-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene los Informes Nros. 000989 y 001168-2021-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal, el Memorando N° 000248-2021-GDC-GG-PJ de la Gerencia de Desarrollo Corporativo, el Informe N° 000113-2021-GP-GG-PJ; así como el Memorando N° 000657-2021-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación, y los Informes Nros. 000231 y 000344-2021-SPP-GP-GG-PJ, de la Subgerencia de Planes y Presupuesto.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el numeral 3) del artículo 68º del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, prevé que la creación de Unidades Ejecutoras se efectúa con cargo al presupuesto institucional del Pliego proponente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; estableciendo en el numeral 4) los criterios para la creación de una Unidad Ejecutora.
Segundo. Que, el artículo 8° de la Directiva N° 005-2019-EF/50.01, Directiva para la creación o cierre de Unidades Ejecutoras de los Pliegos Presupuestarios, señala los requisitos que deben cumplir los pliegos para la presentación de sus solicitudes de creación o cierre de unidades ejecutoras, y demás normas complementarias relacionadas con la implementación de las mismas.
Tercero. Que, respecto a la implementación de Unidades Ejecutoras, el artículo 19° de la Directiva N° 001-2021-EF/50.01, Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, dispone que el Titular del Pliego luego de efectuar la evaluación de sus Unidades Ejecutoras, remite a la Dirección General de Presupuesto Público, dentro del plazo establecido en el Anexo N° 1-A/GNyR-Cuadro de Plazos de Hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, de la referida Directiva, la relación de las Unidades Ejecutoras con las que contará, incluyendo el sustento de las que serán fusionadas, desactivadas o creadas.
Cuarto. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde a la Presidencia de este Poder del Estado el ejercicio de la titularidad del pliego presupuestal; asimismo, por disposición del artículo 82º de la citada Ley Orgánica, la creación de Unidades Ejecutoras es competencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Quinto. Que, la Subgerencia de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, informa que las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ventanilla, Huancavelica, Cañete, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Sullana, Tacna y Tumbes, no han sido constituidas en Unidades Ejecutoras, y se encuentran dentro de las competencias presupuestales de la Unidad Ejecutora Gerencia General.
Sexto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno la propuesta para conformar una comisión encargada de evaluar la gestión de las Unidades Ejecutoras del Poder Judicial, y de ser el caso proponer la conformación de nuevas Unidades Ejecutoras para el año 2023.
Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos, en mérito at Acuerdo N° 1379-2021 de la sexagésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de octubre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Alvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillan, sin la intervención del señor Arias Lazarte por tener que asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Conformar una comisión encargada de evaluar la gestión de las Unidades Ejecutoras del Poder Judicial y, de ser el caso, proponer la conformación de nuevas Unidades Ejecutoras para el año 2023, la cual estará integrada por:
- Gustavo Álvarez Trujillo, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quien la presidirá.
- El/La Gerente General del Poder Judicial.
- El/La Gerente de Administración y Finanzas.
- El/La Gerente de Recursos Humanos y Bienestar.
- El/La Gerente de Desarrollo Corporativo.
- El/ La Gerente de Planificación.
Se conformará una Sub Comisión en las Cortes Superiores de Justicia que corresponda, presidida por el Presidente/a; e integrada por un Juez/a Superior y el Administrador/a Distrital.
Artículo Segundo.- Autorizar a la comisión designada, a realizar las siguientes funciones:
a) Evaluar a las Cortes Superiores de Justicia del país, que son Unidades Ejecutoras, bajo los criterios de eficiencia, eficacia y calidad del gasto con la finalidad de optimizar la gestión institucional.
b) Evaluar la viabilidad de crear nuevas Unidades Ejecutoras, según los criterios y los plazos que el rector en materia presupuestal establezca, y demás normas complementarias relacionadas con la implementación de las mismas.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Economía y Finanzas, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Control Institucional, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta
2010437-3