Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diversos Distritos Judiciales y dictan diversas disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000354-2021-CE-PJ

Lima, 30 de octubre del 2021

VISTO:

El Oficio N° 000561-2021-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, a la fecha existen en las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra–Ventanilla, órganos jurisdiccionales transitorios cuya prórroga debe evaluarse, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales.

Segundo. Que, la vigencia de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios no solo se subsume en la sobrecarga que presenten los órganos jurisdiccionales permanentes en una determinada Corte Superior, sino también se proyecta en base al nivel resolutivo que tengan los órganos jurisdiccionales transitorios; por lo cual, el análisis de la producción de los órganos jurisdiccionales se realizará en atención a las Resoluciones Administrativas Nros. 174-2014-CE-PJ, 395-2020-CE-PJ y 166-2021-CE-PJ, para los otros casos, su evaluación se rige en base al análisis histórico de producción, cuyo fin principal es medir objetivamente a cada órgano jurisdiccional de acuerdo a los procesos que tramitan.

Tercero. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Informe N° 000100-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, realizó el análisis y evaluación de los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios; determinando su nivel resolutivo, sin soslayar las limitantes causadas por la emergencia sanitaria que tiene el país, además de otros factores relacionados con la inminente necesidad de apoyo en la descarga procesal y el arrastre de carga procesal respecto al año anterior. En ese sentido, se estableció que el periodo de extensión de las prórrogas estará vinculado a estos factores, correspondiendo 6 meses a los que alcanzaron un óptimo nivel de producción, mientras que serán 5, 4, 3 y 2 meses aquellos que no alcanzaron los niveles esperados de producción en el periodo de análisis.

Cuarto. Que, por lo expuesto en el Informe N° 000100-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.

Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1388-2021 de la sexagésimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de octubre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Consejero Arias Lazarte, por encontrarse en una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de noviembre de 2021, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios:

HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE

• Sala Penal de Apelaciones Transitoria del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia de Lima.

• Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Distrito de Ate, Provincia de Lima.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Ate, Provincia de Lima.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Ate, Provincia de Lima

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Santa Anita, Provincia de Lima.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de La Molina, Provincia de Lima.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Matucana, Provincia de Huarochirí.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Matucana, Provincia de Huarochirí.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Lurigancho–Chosica, Provincia de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE

• 2° Sala Penal de Apelaciones Transitoria del Distrito de Independencia, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Distrito de Independencia, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Independencia, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Independencia, Provincia de Lima.

• 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima.

• 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima.

• 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima.

• 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima.

• 4° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima.

• 5° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima.

• 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima.

• 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima.

• 4° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima.

• 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martín de Porres, Provincia de Lima.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, Distrito y Provincia de Canta.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO

• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito y Provincia del Callao.

DISTRITO JUDICIAL DE PUENTE PIEDRA –VENTANILLA

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE PASCO

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión.

• Sala Penal de Apelaciones Transitoria, Distrito de Yanacancha, Provincia de Pasco.

Artículo Segundo.- Disponer que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, en coordinación con las oficinas de estadística de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla, deberán verificar el desempeño de los órganos jurisdiccionales penales, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de agosto de 2021 sea inferior al 50% de la respectiva meta de producción; debiendo comunicar a la señora Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, sobre el resultado de su verificación y las acciones adoptadas.

Artículo Tercero.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que deberán supervisar y garantizar mes a mes el registro adecuado de la información estadística de los órganos jurisdiccionales a su cargo, tanto en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) como en el Formulario Estadístico Electrónico (FEE); y cumplir así con los plazos de entrega de información dispuestos en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 308-2012-P-PJ.

Artículo Cuarto.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que en los requerimientos sobre redistribuciones de expedientes penales en etapa de trámite, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, solo se deben considerar a aquellas que presenten buen nivel resolutivo, y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. La Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal analizará la continuidad o reubicación del órgano jurisdiccional transitorio que presente un bajo nivel de producción injustificado.

Artículo Quinto.- Exhortar a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla, que deberán adecuar sus próximos requerimientos de prórroga, conversión, reubicación o variación de competencia y redistribución de expedientes, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 262-2018-CE-PJ, y la Directiva N° 007-2018-CE-PJ, tanto en el flujo y la oportunidad del requerimiento.

Artículo Sexto.- Disponer que los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 137-2020-CE-PJ, la cual establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como del uso del Sistema de Notificaciones Electrónicas-SINOE, la Agenda Judicial Electrónica y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas la actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial-SIJ.

Artículo Sétimo.- Facultar a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado.

Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima Norte, Lima Este, Pasco y Puente Piedra – Ventanilla; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

2009361-7