Ordenanza que aprueba la exoneración del pago de la Tasa de reconocimiento y registro de organizaciones sociales de base establecida en el TUPA de la Municipalidad de Cieneguilla
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 337-2021/MDc
Cieneguilla, 18 de octubre del 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CIENEGUILLA;
VISTO:
En Sesión Ordinaria Nº 019, de fecha 18 de octubre del 2021, el Informe Nº 052-2021-GATR-MDC, de fecha 20 de setiembre del 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Legal Nº 166-2021-MDC/GAJ, de fecha 21 de setiembre del 2021, emitido por la Gerencia Asesoría Jurídica, sobre el “Proyectó de Ordenanza que aprueba el Marco Normativo del Régimen de Arbitrios Municipales para la Municipalidad Distrital de Cieneguilla para el Ejercicio Fiscal 2022” y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, teniendo además como finalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, correspondiendo al Concejo Municipal el ejercicio de la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú.
Que, el Artículo 195º de la Constitución Política, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas.
Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. (...)”.
Que, mediante Ordenanza 191-98-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima crea el Registro Único de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal, estableciendo en su artículo 2º que la Organización Social es toda forma organizativa de personas naturales, jurídicas o de ambas que se constituyen sin fines de lucrativos, políticos, partidarios ni confesionales, por su libre decisión, y que a través de una actividad común persiguen la defensa y promoción de sus derechos, de su desarrollo individual y colectivo, y de su localidad.
Que, mediante Ordenanza 196-2014-MDC, aprobada por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad de Cieneguilla, se dispuso aprobar el reglamento del Procedimiento para el Reconocimiento de las Organizaciones Sociales y su inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales – RUOS de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla.
Que, mediante Ley Nº25307 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº041-2002-PCM, se declara de interés nacional la labor que realizan los Clubes de Madre, Comités de Vaso de Leche, y demás organizaciones sociales de base, en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos.
Que, mediante Informe Nº 269-2021-MDC/GDS-SGSSPS, de fecha 16 de septiembre del 2021, la Sub Gerencia de Salud, Servicios y Programas Sociales presenta el proyecto de ordenanza que aprueba la exoneración del pago de la tasa de reconocimiento y registro de organizaciones sociales de base establecida en el Texto Único De Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Municipalidad de Cieneguilla.
Que, con Informe Nº 157-2021-MDC/GDS, de fecha 17 de setiembre del 2021, la Gerencia de Desarrollo Social solicita se apruebe la exoneración del pago de la tasa de reconocimiento y registro de organizaciones sociales de base establecida en el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA).
Que, mediante Informe Nº 085-2021-MDC/GPP-SGPDI, de fecha 05 de octubre del 2021, la Sub Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, emite opinión favorable para el PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE LA TASA DE RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE establecida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en cumplimiento del Objetivo Estratégico Institucional Nº 09 fortalecer la gestión institucional (OET Nº 09) acciones estratégicas del OEI.09 (AEI Nº 09.02) espacios y mecanismos de participación ciudadana fortalecidos en la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, previsto en el Plan Estratégico Institucional de la municipalidad aprobado según Resolución de Alcaldía Nº 162-2020-MDC/A.
Que, mediante Informe Nº 187-2021-MDC/GAJ, de fecha 12 de octubre del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre el PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE LA TASA DE RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE establecida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, debiendo ser aprobado por el Concejo Municipal de conformidad al artículo 9 numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE LA TASA DE RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE ESTABLECIDA EN EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Artículo Primero.- Aprobar excepcionalmente y por única vez la Ordenanza que exonera a los Comités del Vaso de Leche del distrito de Cieneguilla, del pago de los derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de Cieneguilla por concepto de Reconocimiento y Registro de Organizaciones Sociales. Las cuales son las siguientes:
a. Comités de Vaso de Leche.
b. Todas aquellas organizaciones cuya finalidad consista en el desarrollo de actividades de apoyo alimentario a la población de menores recursos al momento de inscribirse en el RUOS de la Municipalidad de Cieneguilla.
Artículo Segundo.- Se acogerán a la presente ordenanza las Organizaciones Sociales de Base del distrito mencionado en el artículo primero de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- La exoneración que se aprueba en el artículo primero entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano hasta que perdure la Emergencia Sanitaria nacional declarada por el Ministerio de Salud.
Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y finanzas e Informática, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional www.municieneguilla.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDWIN SUBILETI ARECHE
Alcalde
2008769-1