Derogan la Ordenanza Regional Nº 345 - GRJ/CR, que rechaza el inicio de clases presenciales y semi presenciales del servicio educativo del año escolar 2021 en la Región Junín en salvaguarda de la salud de la comunidad educativa y la población de nuestra jurisdicción, en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional frente al COVID 19

ORDENANZA REGIONAL

Nº 353-GRJ/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 27 días del mes de octubre de 2021, en la Sala de Sesiones Virtual de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 13º y 16º de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación. Es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o físicas. Se da prioridad a la educación en la asignación de recursos ordinarios del Presupuesto de la República.

Que, Art. 3º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; y que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica y el artículo 21º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Estado promueve la universalización, calidad y equidad de la educación. Una de las funciones según el inciso b) es Proveer y administrar servicios educativos públicos gratuitos y de calidad para garantizar el acceso universal a la Educación Básica y una oferta educativa equitativa en todo el sistema. Asimismo, garantiza iguales oportunidades de acceso y permanencia en el sistema educativo que favorezcan el aprendizaje oportuno, efectivo y pertinente en el territorio nacional.

Que, de conformidad a la Resolución Ministerial Nº 121-2021-MINEDU, de fecha 09 de marzo de 2021, el Ministro de Educación ha dispuesto aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la Prestación del Servicio en las Instituciones y Programas Educativos Públicos y Privados de la Educación Básica de los ámbitos urbanos y rurales, en el marco de la Emergencia Sanitaria de la COVID-19”;

Que, de conformidad a la Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINEDU, de fecha 09 de marzo de 2021, el Ministro de Educación ha dispuesto: Incorporación de un segundo párrafo del numeral 7.2. de la Resolución Ministerial Nº 121-2021-MINEDU que versa sobre “Seguimiento y monitoreo de la provisión del servicio educativo semipresencial o presencial, y potencial suspensión temporal de la presencialidad”

Que, con Oficio Nº 0434-2021-GRJ/GGR, de fecha 22 de octubre de 2021, el Licenciado Clever Ricardo Untiveros Lazo – Gerente General Regional, Indica lo siguiente: “… la fundamentación jurídica e informes técnicos emitidos por las áreas correspondientes, los cuales valida esta gerencia, se solicita respetuosamente, en el marco de sus atribuciones, previa revisión y discusión, la derogación de Ordenanza Regional Nª 345-GRJ/CR…”, adjuntando el Reporte Nº 290-2021-GRJ/ORAJ, de fecha 22 de octubre de 2021, la Directora de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Junín, remite el Informe Legal Nº 427-2021-GRJ/ORAJ, elaborado por el Abog. Kelvin Chuquiyauri Carhuancho. sobre la Derogatoria de la Ordenanza Regional Nº 345-GRJ/CR, establece:

• Respecto a lo mencionado por la Dirección Regional de Educación Junín, ha venido trabajando de manera positiva a efectos de subsanar y/o hacer más favorable las condiciones para el retorno a clases; semi presenciales y presenciales en la región, las mismas que guardan relación con la Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINEDU de 14 de mayo de 2021, que incorpora un segundo párrafo en el punto 1 del paso 6: “Seguimiento y monitoreo de la provisión del servicio educativo semipresencial o presencial, y potencial suspensión temporal de la presencialidad” del numeral 7.2 del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica de los ámbitos urbanos y rurales, en el marco de la emergencia sanitaria de la COVID-19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 121-2021-MINEDU, señalando que de manera excepcional, la UGEL , a solicitud del/la director(a) de la I.E o programa educativo, de acuerdo con sus autoridades locales y comunales, y en coordinación con la DRE y la autoridad de salud correspondiente, podrá autorizar la continuación de la prestación del servicio educativo previa evaluación de las condiciones epidemiológicas de la localidad o centro poblado donde se encuentra ubicada la I.E o programa educativo, (…). Se tiene que algunas Unidades de Gestión Educativa Local de la Región Junín, han venido realizando clases presenciales y sema presenciales, en cumplimiento a lo dispuesto y señalado por la Resolución Ministerial Nº 121-20121-MINEDU, y su modificatoria Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINEDU, como normativo nacional. Esto, por la propia exigencia de la población, así como por al cambio epidemiológico que se ha producido en la Región Junín, los cuales han hecho más favorable el contexto y la relación alumno, autoridades y padres de familia y docentes. En consecuencia, mal se haría en seguir manteniendo vigente una normativa regional, que no es acorde a la normativa nacional y que incluso dentro del ámbito de la región, se le viene sacando la vuelta, por exigencia y necesidad de la población del retorno a clases de los alumnos.

• Que, teniendo en cuenta que se cumple con las condiciones de contexto, de bioseguridad y sociales, los mismo que determinan la forma de prestación del servicio educativo en coordinación con las familias y representantes de la comunidad, poblado o distrito, así como el diseño y planificación de sus acciones sobre la base de los cuatro principios centrales:

- Seguro.

- Flexible.

- Gradual.

- Voluntario.

Se concluye que es PROCEDENTE la Derogación de la Ordenanza Regional Nº 345-GRJ/CR, de 20 de abril de 2021.

Que, según el Informe Técnico Complementario Nº 039-2021-DREJ-DGP, de fecha 19 de octubre de 2021, el Director de Gestión Pedagógica de la DREJ – Efrain Vilchez Gutarra, aclara los 8 puntos propuestos por el Consejo Regional en el segundo artículo de la Ordenanza Regional, sustentando lo siguiente:

1. VACUNACIÓN TOTAL DE LOS DOCENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y ESTUDIANTES A NIVEL REGIONAL: El 92% del personal (docente, directivo, auxiliares y promotoras) han recibido la primera dosis de la vacuna. Asimismo, más del 87% de dicho personal ha recibido las dos dosis, Solo un 7.81% faltan vacunarse. Más de 16 mil estudiantes de 12 a 17 años han sido vacunados: 16052 con la primera dosis y 146 con las dos dosis. Ello representa más del 10% en dos días de vacunación. Avanzando la vacunación a un ritmo de 5% diario

2. GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA (LAVADEROS, SERVICIOS HIGIENICOS Y ACCESO AL SERVICIO DE AGUA POTABLE): La Dirección Regional de Educación Junín, conjuntamente con las trece (13) Unidades de Gestión Educativa Local, de la Región Junín, con el objetivo de garantizar que los responsables del acondicionamiento y/o adquisición de materiales pedagógicos y tecnológicos realicen de manera oportunamente el registro de su declaración de gastos en el sistema de información “Mi mantenimiento”, se encuentra a la fecha, aun porcentaje de avance al 46.43% de registrados en la declaración de gastos, de un total de veintiocho (28) locales educativos beneficiarios con este presupuesto, encontrándonos actualmente (96.43%) dentro de la etapa de registro.

3. GARANTIZAR EL ACCESO A LA CONECTIVIDAD Y EQUIPAMIENTO TECNOLOGICO DE LAS IIEE DE LA REGION DE JUNIN: El Proyecto Pronatel, a cargo de la empresa OROCROM ha realizado el tendido de la red de fibra óptica en 122 distritos de la región Junín (353 localidades); asimismo, contempla la provisión de servicios de Internet a 325 IIEE de diversos distritos y 353 plazas de las localidades con servicio de Wifi gratis para sus usuarios.

4. GARANTIZAR EL CRONOGRAMA DE ENTREGA DE LAS 47 343 TABLETS ANTES DEL 15 DE ABRIL DE 2021. Y LA PROGRAMACIÓN DE LA ENTREGA DE 32,000 TABLETS DE LA DEMANADA ADICIONAL ADMITIDA EN EL ULTIMO GORE EJECUTIVO: Se ha realizado una serie actividades en las que se atiende. Así según el informe de Julio de 2021 de la responsable de materiales de la región Junín, se tenía que 46614 tableta de 47434 se había entregado y tenían PECOSA y 46610 habían sido registradas en el SIAGIE. El mismo que de acuerdo al informe de contraloría sustenta que a la fecha se han repartido todas las tabletas en la región Junín. Asimismo, se ha solicitado adicional de 32000 tabletas, el cual fue programado para el año 2022.

5. AUTORIZAR LA CONTRATA DEL PERSONAL DEL D.L. Nº 276, CONTRATA CAS Y TERCEROS EN LAS IIEE Y SEDES DESCENTRALIZADAS: En este numeral se está dando cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 083-2021 “DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS HUMANOS ANTE LA EMERGENCIA SANITARIA POR LA COVID-19 Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES”.

6. DOTACION DE PERSONAL CAS PEA QUE FUERON RECORTADOS BAJO UN ANÁLISIS SESGADO EN TODAS LAS UGEL DE LA REGIÓN, EL MISMO QUE PONE EN RIESGO EL CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS DE DESEMPEÑO: Se viene cumpliendo de acuerdo a los compromisos de desempeño.

7. PROGRAMACIÓN DE LA RECARACTERIZACIÓN DE LAS II.EE. EIB, GESTION CURRICULAR, PROGRAMAS PRESUPUESTALES Y OTROS: Se han realizado las siguientes acciones: Remisión del Oficio Nº 135-2020-GRJDREJ –DGI al MINEDU solicitando Recaracterización de las II.EE. EIB del ámbito de la región Junín. A lo cual el MINEDU mediante oficio Nº 00813-220-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA. señalando entre sus conclusiones que para el proceso de caracterización excepcional en el 2021, debe contar con la participación de las diversas organizaciones indígenas, asociaciones, sindicatos y organizaciones sociales involucradas a fin de garantizar la mayor transparencia posible.

8. EVALUAR Y REDISEÑAR LA ESTRATEGIA APRENDO EN CASA Y PERMITIR LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS REGIONALES QUE GARNTICEN UNA ATENCIÓN A LA DIVERDIDAD SOCIO CULTURAL SEGÚN EL CONTEXTO: Se viene realizando las gestiones. Primero, las propuestas de las “Escuelas del Aire” para contextualizar la estrategia de Aprendo en Casa en lenguas originarias en coordinación con el MINEDU.

Donde se concluye, “(…) que la Dirección de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación Junín, por los motivos expuestos en los parágrafos anteriores, concluye que se han realizado una serie de acciones en el numeral segundo de la Ordenanza Regional Nº 345-GRJ/CR, que posibilitan el retorno a clases en función a las normas establecidas Resolución Ministerial Nº 121-2021-MINEDU y Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINEDU y brindan la siguiente sugerencia “(…) la DREJ-DGP considera que existe un escenario favorable para el retorno clases presenciales o semipresenciales. Para tal fin se sugiere derivar el presente informe a la GRDS, para su conocimiento y tramite ante el Consejo Regional para evaluar la DEROGACION de la Ordenanza Regional Nº 345-GRJ/CR en todos sus extremos con la finalidad de promover el buen retorno a clases presenciales o semipresenciales al amparo de la normatividad vigente: Resolución Ministerial Nº 121-2021-MINEDU, Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINEDU y la RVM Nº 273-2021-MINEDU y que es seguro, gradual, flexible y voluntario.

Que, según el Informe Técnico Nº 038-2021-DREJ-DGP de 21 de setiembre de 2021, el Director de Gestión Pedagógica DREJ – Lic. Efrain Vilchez Gutarra, desarrolla cuatro ejes principales:

1. DATOS ESTADISTICOS DEL ESTADO SITUACIONAL DE LA COVID-19: De acuerdo al Reporte oficial COVID-19 emitido por DIRESA Junín (Oficina de Epidemiologia), en la Región Junín, se tiene que al 22 de setiembre existe en la fecha 3 fallecidos con una tasa de letalidad de 4.2 Sobre el total de camas programadas se tiene un total de 673, de las cuales solo están ocupadas 79, teniendo 594 camas disponibles. Asimismo, la cantidad de camas UCI es de 67, de las cuales 26 están ocupadas, por lo que se tiene 41 camas UCI libres; por consiguiente, NO existe pacientes en espera de camas UCI. Por otro lado, en la cantidad de casos confirmados por grupo etario se pude observar que la mayor cantidad se observa en el grupo adulto, menor rango grupo joven e ínfimo en los grupos de niños y adolescentes. Finalmente, es ente contexto se infiere que la cantidad de casos contagiados y de fallecidos ha ido en descenso en estas últimas semanas. Según reporte al 15 de setiembre de 23021 se tiene que en la región Junín se han vacunado un total de 1009089 personas, de los cuales 601556 recibieron la primera dosis, 407533 la segunda dosis, haciendo un porcentaje del 67% con vacuna completa. Respecto a la vacunación del personal que labora en la IIEE y Programas Educativos al 20 de setiembre, se tiene que en la región Junín, en total 34927 trabajadores en las diversas IIEE y programas educativos, de los cuales 31142 recibieron la primera dosis con un porcentaje de 89.16% y 26595 recibieron la segunda dosis (vacuna completa) con un porcentaje 76.14%. Asimismo, se tiene que 3785 trabajadores (10.84%) no recibieron ninguna dosis.

2. DATOS ESTADISTICOS SOBRE LAS IIEE HABILITADAS: Se tiene sobre los SS.EE y programas habilitados para prestar el servicio educativo con algún grado de presencialidad se tiene que 5905 IIEE, 4990 (84.5%) se encuentran habilitadas para prestar el servicio educativo; en contraparte, solo 915 IIEE y programas no están habilitadas (16%). Asimismo, en base a las IIEE habilitadas se tiene que 19446 (77.6%) docentes y 268116 (70%) estudiantes. En líneas generales se señala que más del 84% de IIEE están habilitadas para retomar y que más del 77% de profesores y estudiantes estarían en condiciones de un reinicio de clases con algún grado de presencialidad. Se tiene que en la región Junín 117 IIEE de la zona rural retornaron o iniciaron el proceso de clases con sus estudiantes con algún grado de presencialidad con los datos actualizados al 16 de setiembre de 2021. Se tiene conocimiento que muchas IIEE del ámbito rural han iniciado clases con sus estudiantes con el aval de los padres de familia y comunidad. Este cuadro indica una ínfima cantidad de IIEE y programas retornaron a clases en comparación con las 4990 instituciones habilitadas; es decir, solo 0.4% del total de instituciones tiene algún tipo de retorno a clases.

CUADRO COMPARATIVO ESTADOS

SITUACIONALES: ABRIL-SETIEMBRE

(RVM Nº 121-2021-MINEDU – RVM Nº 273-2021-MINEDU – IN0DICADORES EPIDEMIOLOGICOS MINSA)

ABRIL

SETIEMBRE

VACUNADOS

Solo grupo de la tercera edad (Adultos mayores)

1009089 vacunados

601556 primera dosis, 407533 segunda dosis

67.7% con vacuna completa

DOCENTES/ADMINISTRATIVOS VACUNADOS

0

34927 trabajadores vacunados

31142 primera dosis

26595 segunda dosis (vacuna completa)

3785 trabajadores (10.84% )no recibieron ninguna dosis.

*En todo el país que incluye a Essalud, Gobierno Regional y MINSA

**Incluye a IIEE y programas educativos de zona urbana y rural.

3. REPORTE A NIVEL REGIONAL: Con Memorándum Múltiple Nº 03-2021-GRJ/DREJ dirigida a los directores de UGEL, se solicita opinión técnica para modificatoria de O.R. Nº 345-GRJ/CR; en ese sentido, las UGEL respondieron a través de sendos informes:

4. ANALISIS TECNICO NORMATIVO

- Mediante la RVM Nº 121-2021-MINEDU, de fecha 09 de marzo 2021, “Documento Normativo Disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica de los ámbitos urbanos y rurales, en el marco de la emergencia sanitaria de la Covid19”, en el numeral 6 principios para la prestación del servicio educativo, nos indica que debe estar basado en los cuatro principios; seguro, flexible, gradual y voluntario.

- En el numeral 6.2 CONDICIONES PAR LA APERTURA, ha definido tres grupos de condiciones, las cuales deben cumplirse de manera concurrente:

Condiciones de contexto: aquellas que, basadas en indicadores epidemiológicos y territoriales, identifican a las IIEE o programas de un determinado distrito que estarían habilitadas para prestar el servicio educativo con algún grado de presencialidad.

Condiciones de bioseguridad en la IE: aquellas que, una vez que las IIEE o programas estén habilitadas a nivel de distrito, serán garantizadas permanentemente por las IIEE para que el servicio educativo se brinde de manera segura.

Condiciones sociales: aquellas que expresan la voluntad y conformidad de la comunidad con la prestación del servicio educativo por parte de la IE.

Que, en función al análisis normativo y de la sala situacional de la Región Junín, tenemos que se cumple las condiciones de contexto; asimismo, las condiciones de bioseguridad se garantizarían a nivel de las IIEE y de las UGEL con la dotación de mascarillas y materiales de bioseguridad; además, estas condiciones deben ser respaldadas por la comunidad educativa. Todo ello para garantizar un retorno seguro (siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas), voluntario (por parte de estudiantes y padres de familia) gradual (paulatino y acorde al contexto y condiciones de la IIEE), flexible (contextualizado a la realidad, necesidades, acuerdos de la comunidad y en el horario convencional) y en permanente monitoreo por parte de los estamentos establecidos en la norma vigente. Asimismo, considerando la mejora de la infraestructura educativa a nivel de las IIEE.

Que, el análisis efectuado, supera el sustento de la Ordenanza Regional Nº 345-GRJ/CR “ORDENANZA REGIONAL QUE RECHAZA EL INICIO DE CLASES PRESENCIALES Y SEMI PRESENCIALES DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL AÑO ESCOLAR 2021 EN LA REGIÓN JUNÍN EN SALVAGUARDA DE LA SALUD DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y LA POBLACIÓN DE NUESTRA JURISDICCIÓN, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA A NIVEL NACIONAL FRENTE AL COVID 19”, que dispone,

Artículo Primero: RECHAZAR, el inicio de clases presenciales y semi presenciales del servicio educativo del año escolar 2021 en la región Junín en salvaguarda de la salud de la comunidad educativa y la población de nuestra jurisdicción, en el marco de la emergencia sanitaria a nivel nacional frente al Covid 19”

Artículo Segundo: RECOMENDAR, al Gobernador Regional de Junín, no dar inicio presencial o semipresencial del servicio educativo en la Región Junín, por no contar con las condiciones de educabilidad en salvaguarda de la salud de la comunidad educativa, mientras no se den las siguientes condiciones:

1. Vacunación total de los docentes, personal administrativo y estudiantes a nivel Regional.

2. Garantizar las condiciones de infraestructura educativa (lavaderos, servicios higiénicos y acceso al servicio de agua potable)

3. Garantizar el acceso a la conectividad y equipamiento tecnológico de las II.EE de la Región Junín.

4. Garantizar el cronograma de entrega de las 47 343 tablets antes del 15 de abril de 2021. Y la programación de la entrega de 32,000 tablets parte de la demanda adicional admitida en el último GORE EJECUTIVO.

5. Autorizar la contrata del personal del D.L. 276, Contrato CAS y terceros en las II.EE. y sedes descentralizadas.

6. Dotación de personal CAS PEA que fueron recortados bajo un análisis sesgado en todas las UGEL de la Región, el mismo que pone en riesgo el cumplimiento de los Compromisos de Desempeño.

7. Programación de la recaracterización de las II.EE. EIB, gestión curricular, programas presupuestales y otros.

8. Evaluar y rediseñar la estrategia APRENDO EN CASA y permitir la implementación de estrategias regionales que garanticen una atención a la diversidad socio cultural según el contexto. (…)

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, contando con el Dictamen Nº 02-2021-GRJ-CR/CPEyC de la Comisión Permanente de Educación y Cultura, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente:

“ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA

LA ORDENANZA REGIONAL Nº 345 – GRJ/CR,

QUE RECHAZA EL INICIO DE CLASES PRESENCIALES Y SEMI PRESENCIALES DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL AÑO ESCOLAR 2021 EN LA REGIÓN JUNÍN EN SALVAGUARDA DE LA SALUD DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y LA POBLACIÓN DE NUESTRA JURISDICCIÓN, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA A NIVEL NACIONAL FRENTE AL COVID 19”

ACUERDA:

Artículo Primero.- DEROGAR, la ORDENANZA REGIONAL Nº 345–GRJ/CR, QUE RECHAZA EL INICIO DE CLASES PRESENCIALES Y SEMI PRESENCIALES DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL AÑO ESCOLAR 2021 EN LA REGIÓN JUNÍN EN SALVAGUARDA DE LA SALUD DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y LA POBLACIÓN DE NUESTRA JURISDICCIÓN, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA A NIVEL NACIONAL FRENTE AL COVID 19”

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación Junín, la implementación, el cumplimiento, el monitoreo de las disposiciones emitidas por el Ministerio de Educación, de acuerdo al contexto de nuestra región; asimismo el desarrollo de las estrategias, Directiva y medidas en salvaguarda del bienestar de la Comunidad Educativa de la Región Junín.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial “El Peruano”, en el diario de mayor circulación de la Región Junín y en la página web del Gobierno Regional Junín.

Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 27 días del mes de octubre del 2021.

XIMENA M. LÓPEZ CASTRO

Consejera Delegada

Por lo tanto:

Mando, comuníquese y cúmplase.

Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 27 dias del mes de octubre de 2021.

FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS

Gobernador Regional

2008720-1