Disponen la publicación, en el portal institucional, del proyecto de “Metodología para la identificación de bienes priorizados y la formulación de los regímenes especiales en el marco de la responsabilidad extendida del productor”
Resolución Ministerial
Nº 211-2021-MINAM
Lima, 5 de noviembre de 2021
VISTOS; el Informe N° 0033-2021-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS y el Memorando N° 00020-2021-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS, de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 00824-2021-MINAM/VMGA/DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 00815-2021-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00569-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene como objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos del citado Decreto Legislativo;
Que, el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala que es materia del Régimen especial de gestión de residuos de bienes priorizados los bienes de consumo masivo que directa o indirectamente inciden significativamente en la generación de residuos sólidos en volúmenes considerables o que por sus características de peligrosidad requieran de un manejo especial; asimismo, precisa que el Ministerio del Ambiente, mediante Decreto Supremo refrendado por el o los sectores vinculados, aprueba la normativa de los bienes priorizados que se encuentran sujetos a este régimen especial de gestión de residuos sólidos, así como las obligaciones de los actores de la cadena de valor, los objetivos, las metas, el sistema de manejo y los plazos para la implementación de dicho régimen u otros que correspondan;
Que, el artículo 86 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, establece que, para la identificación de un bien priorizado, se puede tener en cuenta los siguientes criterios: a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien; b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien; c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien; d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien; y, e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética;
Que, de acuerdo a la acción d.7) de la “Línea de Acción: Promover el aprovechamiento de material de descarte y la valorización de residuos industriales”, correspondiente al “Enfoque 3: Aprovechamiento de material de descarte y gestión de residuos industriales”, de la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE, el Ministerio del Ambiente tiene la responsabilidad de desarrollar una metodología en forma participativa para identificar los bienes priorizados cuyos residuos deben ser regulados a través del Régimen Especial establecido en el Decreto Legislativo N° 1278;
Que, el literal a) del 106 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función de proponer instrumentos técnicos-normativos sobre la gestión y manejo de residuos sólidos, en coordinación con las autoridades competentes, según corresponda;
Que, en este contexto, mediante el Memorando N° 00824-2021-MINAM/VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos presenta el proyecto de “Metodología para la identificación de bienes priorizados y la formulación de los regímenes especiales en el marco de la responsabilidad extendida del productor”, el cual corresponde ser puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; el Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; el Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE, que aprueba la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria; y, la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Metodología para la identificación de bienes priorizados y la formulación de los regímenes especiales en el marco de la responsabilidad extendida del productor”.
Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica consultas_dgrs@minam.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rubén José Ramírez Mateo
Ministro del Ambiente
2008607-1