Aprueban los “Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia - COE”
resolución ministerial
n° 258-2021-pcm
Lima, 4 de noviembre de 2021
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, según lo dispuesto en el artículo 9 y el literal g) del artículo 10 de la citada Ley, la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del SINAGERD; y, en dicha condición, tiene la atribución de aprobar directivas y lineamientos en los ámbitos relacionados con la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el literal a) del artículo 13 de la Ley N° 29664, señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI es un organismo público ejecutor, conformante del SINAGERD, adscrito al Ministerio de Defensa, que tiene como función realizar y coordinar las acciones necesarias a fin de procurar una óptima respuesta de la sociedad en caso de desastres, garantizando una adecuada y oportuna atención de personas afectadas, así como la rehabilitación de los servicios básicos indispensables;
Que, asimismo, en los numerales 9.1 y 9.19 del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, se establece como funciones adicionales del INDECI, asesorar y proponer al ente rector, la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación; y, apoyar y facilitar la operación conjunta de los actores que participan en el proceso de respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional – COEN y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte, respectivamente;
Que, el artículo 50 del referido Reglamento señala que los Centros de Operaciones de Emergencia – COE, son órganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros, emergencias y desastres, así como en la administración e intercambio de la información, para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del SINAGERD, en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales; del mismo modo, dispone que el INDECI, elaborará una normativa para la coordinación articulada de los COE en todos los niveles de gobierno y la propondrá al ente rector para su aprobación;
Que, bajo dicho marco normativo, mediante Resolución Ministerial N° 059-2015-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia – COE, con la finalidad de facilitar la organización y funcionamiento articulado de los COE para su implementación en los tres niveles de gobierno;
Que, a través de los oficios N° 5093-2020-INDECI/1.0, N° 0418-2021-INDECI/12.0 y N° 2319-2021-INDECI/12.0, sustentados en los Informes Técnicos N° 044-2020-INDECI/12.1 y N° 038-2021-INDECI/12.1, y con la conformidad emitida en el Oficio N° 4527-2021-INDECI/1.0, el INDECI propone la aprobación de nuevos “Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia–COE”, a fin de incorporar la clasificación de los COE a nivel distrital y los estándares de implementación, entre otros aspectos relevantes;
Que, mediante Memorando N° D000831-2021-PCM-DVGT, el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial remite el Informe N° D000088-2021-UF-OTGRD-BAS, en el cual emite opinión favorable a la citada propuesta, en el marco de sus competencias previstas en el artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia – COE”; y, dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 059-2015-PCM;
Con el visado del Viceministerio de Gobernanza Territorial, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia – COE”, que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 059-2015-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia – COE”.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y su Anexo, en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (www.gob.pe/indeci), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN
Presidenta del Consejo de Ministro
2008076-1