Aprueban Transferencia Financiera a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de novecientos ochenta y cinco (985) convenios suscritos con el fin de ejecutar Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15, en el marco del D.S. N° 223-2021-EF-Distritos Focalizados

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 211-2021-TR

Lima, 2 de noviembre del 2021

VISTOS: Los Informes N° 242-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP y N° 252-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, de la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones; los Informes N° 01914-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01916-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP y N° 01959-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, de la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización; el Informe N° 379-2021-TP/DE/UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; el Oficio N° 1182-2021-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 0901-2021-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0876-2021-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos N° 004-2012-TR, N° 006-2017-TR, N° 004-2020-TR, y la Ley N° 31153, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” (en adelante, el Programa “Trabaja Perú”) con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico;

Que, los literales a), b), c), d) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020-TR, norma que aprueba la reestructuración del Programa “Trabaja Perú”, establecen que son funciones de dicho Programa: i) Promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no calificada (MONC); ii) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; iii) Supervisar, monitorear y hacer seguimiento de la ejecución de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, iv) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas;

Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, modificado, entre otras, por la Resolución Ministerial N° 182-2020-TR, establece que dicho Programa tiene por finalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural;

Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual establece como función general del Programa “Trabaja Perú”, la de promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o emergencias, a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no calificada (MONC);

Que, el literal c) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales, estableciendo el inciso 16.2 del citado artículo que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2021-TP/DE, se aprueba las Modalidades de Intervención del Programa “Trabaja Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral;

Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral, señala sobre la Modalidad de Intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias o desastres naturales, tiene por finalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés permitiendo mejorar las condiciones de las personas damnificadas o afectadas por una emergencia o desastre natural, que no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC)”;

Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 002-2021-TP/DE, que aprueba la “Focalización Geográfica Distrital 2021-2022”, dispone aplicar, excepcionalmente, la “Focalización Geográfica Distrital 2021-2022”, durante el año 2021, a la Modalidad de intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, sin perjuicio de otros distritos comprendidos en la norma pertinente que declara la respectiva emergencia;

Que, con Resolución Directoral N° 009-2021-TP/DE, y sus modificatorias, se aprueba la “Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes’’, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral;

Que, mediante Resolución Directoral N° 128-2021-TP-DE, se aprueba la “Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes, en el caso de Emergencias por Desastres Naturales’’, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 223-2021-EF, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 6 de setiembre de 2021, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 298 787 897,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para financiar actividades de intervención inmediata, proyectos de inversión, acciones de asistencia técnica y seguimiento, así como los gastos operativos que contribuyan a la generación de empleo temporal a través del Programa “Trabaja Perú”, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 164-2021-TR, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 223-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional;

Que, en virtud de los recursos otorgados al Programa “Trabaja Perú”, mediante Resolución Directoral N° 130-2021-TP/DE, se aprueba la Directiva N° 008-2021-TP/DE, denominada “Directiva sobre el procedimiento a seguir para el financiamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la modalidad de intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, en atención al Decreto Supremo N° 223-2021-EF”, en adelante la Directiva;

Que, a través del Anexo N° 01 de la citada Directiva se aprobó el “Cronograma para las Actividades de Intervención Inmediata de distritos focalizados y en distritos declarados en emergencia por desastres naturales, en atención al Decreto Supremo N° 223-2021-EF”, en el cual se establecen las respectivas actividades a desarrollar por parte de los organismos proponentes y el Programa “Trabaja Perú”, y sus plazos;

Que, mediante Resolución Directoral N° 144-2021-TP/DE, se modifica el Anexo N° 01: “Cronograma para las Actividades de Intervención Inmediata de distritos focalizados y en distritos declarados en emergencia por desastres naturales, en atención al Decreto Supremo N° 223-2021-EF”, que forma parte de la Directiva N° 008-2021-TP/DE, aprobado mediante Resolución Directoral N° 130-2021-TP/DE; en adelante el Cronograma;

Que, con Resolución Directoral N° 166-2021-TP/DE, modificada con Resolución Directoral N° 169-2021-TP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF- Distritos Focalizados, y el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-16, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF- Distritos declarados en Emergencia por desastres naturales;

Que, mediante Informe N° 242-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones del Programa “Trabaja Perú” solicita la Certificación de Crédito Presupuestario con la finalidad de iniciar el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera para la ejecución de 985 Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15 - Distritos Focalizados, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 150 302 764,00 (Ciento Cincuenta Millones Trescientos Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 61 676 empleos temporales, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF; y, 662 Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-16 - Distritos declarados en Emergencia por desastres naturales, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 52 768 842,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 29 889 empleos temporales; en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF;

Que, con Informes N° 01914 y N° 01916-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización del Programa “Trabaja Perú” informa sobre la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1752, por el importe de S/ 150 302 764,00 (Ciento Cincuenta Millones Trescientos Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles) y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1753, por el importe de S/ 52 768 842,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles), para financiar el Aporte Total del Programa en las 985 Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15 - Distritos Focalizados, y las 662 Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-16 - Distritos declarados en Emergencia por desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF;

Que, mediante Informe N° 252-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones del Programa “Trabaja Perú” señala que, en cumplimiento a lo establecido en la Actividad N° 8 del Cronograma, se suscribieron entre los días 26 y 27 de octubre del presente año, novecientos ochenta y cinco (985) convenios respecto a la misma cantidad de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15 - Distritos Focalizados, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF, siendo el aporte del Programa de S/ 150 302 764,00 (Ciento Cincuenta Millones Trescientos Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles); y, seiscientos sesenta y dos (662) convenios respecto a la misma cantidad de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-16 - Distritos declarados en Emergencia por desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF, siendo el aporte total del Programa de S/ 52 768 842,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles), habiendo sido remitido tales convenios por las Unidades Zonales de Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Huancavelica, Huaraz, Ica, Junín, Lima Norte-Callao, Lima Sur-Este, Loreto, Moquegua, Tacna, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Loreto, Piura, Puno y San Martín;

Que, en ese sentido, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones del Programa “Trabaja Perú” solicita a la Dirección Ejecutiva de dicho Programa dar inicio al trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera de: i) novecientos ochenta y cinco (985) convenios suscritos con organismos ejecutores, por un importe total de S/ 150 302 764,00 (Ciento Cincuenta Millones Trescientos Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), como Aporte Total del Programa para la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15 - Distritos Focalizados, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF, en los departamentos de Amazonas (95), Ancash (129), Apurímac (90), Arequipa (60), Ayacucho (120), Callao (08), Cusco (04), Huancavelica (139), Ica (08), Junín (109), Lima (107), Loreto (96), Moquegua (08), y Tacna (12), con lo cual se estima generar 61 676 empleos temporales; y, ii) seiscientos sesenta y dos (662) convenios suscritos con organismos ejecutores, por un importe total de S/ 52 768 842,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles),como Aporte Total del Programa para la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-16 - Distritos declarados en Emergencia por desastres naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF, en los departamentos de Amazonas (04), Apurímac (02), Ayacucho (122), Cajamarca (62), Cusco (06), Huancavelica (116), Huánuco (65), Junín (96), Loreto (18), Madre de Dios (22), Piura (109), Puno (11), San Martín (17), y Tumbes (12), con lo cual se estima generar 29 889 empleos temporales;

Que, por su parte, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización del Programa “Trabaja Perú”, a través del Informe N° 01959-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, señala que se cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1752, por el importe de S/ 150 302 764,00 (Ciento Cincuenta Millones Trescientos Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles) y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1753, por el importe de S/ 52 768 842,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles), por lo que, considera procedente que se efectúe la transferencia financiera para el pago del Aporte Total del Programa de los novecientos ochenta y cinco (985) convenios suscritos con los organismos ejecutores, con el fin de ejecutar Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF - Distritos Focalizados, cuyo importe total asciende a S/ 150 302 764,00 (Ciento Cincuenta Millones Trescientos Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), y los seiscientos sesenta y dos (662) convenios suscritos con los organismos ejecutores, con el fin de ejecutar Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-16, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF – Distritos declarados en Emergencia por desastres naturales, cuyo importe total asciende a S/ 52 768 842,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles); para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, mediante Informe N° 379-2021-TP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa “Trabaja Perú” considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe las transferencias financieras antes descritas;

Que, asimismo, mediante el Memorando N° 0901-2021-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0609-2021-MTPE/4/9.2, de la Oficina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 0876-2021-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de novecientos ochenta y cinco (985) convenios suscritos con el fin de ejecutar Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-15, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF-Distritos Focalizados, por el importe total de S/ 150 302 764,00 (Ciento Cincuenta Millones Trescientos Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles), conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de seiscientos sesenta y dos (662) convenios suscritos con el fin de ejecutar Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-16, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF-Distritos declarados en Emergencia por desastres naturales, por el importe total de S/ 52 768 842,00 (Cincuenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles), conforme al Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3. Disponer que los Anexos 1 y 2 a que se refieren los artículos precedentes se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO

Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

2007201-1