Modifican el artículo 2° de la R.M N° 230-2021-MINEM-DM, mediante el cual se conformó el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 390-2021-MINEM/DM

Lima, 29 de octubre de 2021

VISTOS, el Informe N° 097-2021-MINEM/OGGS/OGDPC/JRZP, de la Oficina General de Gestión Social; el Informe N° 239-2021-MINEM/OGPP-ODICR, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 1014-2021-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso a) del numeral 1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios; formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, de conformidad con lo dispuesto por los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y su modificatoria, los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado, pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante Resolución Ministerial del Ministerio que los preside;

Que, asimismo el artículo 28 de los citados lineamientos señala que los Grupos de Trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, formalizándose mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 230–2021–MINEM-DM, se resuelve conformar el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma”; con el objeto de instalar un espacio de dialogo entre representantes del Poder Ejecutivo, Gobierno Local y representantes de la sociedad civil con la finalidad de llegar a acuerdos orientados a promover el desarrollo sostenible del distrito de Caylloma;

Que, con fecha 30 de agosto de 2021, se realizó la primera Sesión del Grupo de trabajo denominado “Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del Distrito de Caylloma”, en la cual las partes acordaron respetar los términos de la Resolución Ministerial 230-2021-MINEM-DM; no obstante, solicitan al Ministerio de Energía y Minas promueva la modificación del artículo 2 de la citada Resolución;

Que, el Informe N° 097-2021-MINEM/OGGS/OGDPC/JRZP, señala que la modificación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 230-2021-MINEM/DM, permitirá la inclusión de otros representantes de grupos sociales, lo cual contribuirá a mejorar el dialogo entre los actores sociales, la empresa y el Ejecutivo, y crear un clima de confianza entre los actores, conocer sus necesidades e intereses y arribar a acuerdos beneficiosos entre las partes;

Que, mediante Informe N° 239-2021-MINEM/OGPP-ODICR, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la propuesta de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 230-2021-MINEM/DM;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; en el numeral 6.2 del artículo 6 y literal n) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031- 2007-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Articulo 1.- Modificar el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 230-2021-MINEM-DM, de acuerdo a los siguientes términos:

“Artículo 2.- Integrantes

El Grupo de Trabajo estará integrado por los siguientes miembros:

(…)

e) Un (01) representante titular y alterno de las Asociaciones Barriales, Anexos y Comunidad del distrito de Caylloma.

(…)

El referido Grupo de Trabajo podrá proponer la incorporación de otros miembros, lo cual deberá ser aprobado por unanimidad mediante acta respectiva, para su posterior aprobación por el titular de la entidad mediante Resolución Ministerial”.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZALEZ TORO

Ministro de Energia y Minas

2006859-1