Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de La Molina aprobado por Ordenanza N° 1144 y actualizado con Ordenanza N° 1661

ORDENANZA N° 2407-2021

Lima, 28 de octubre de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima;

Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y se deroga la Ordenanza N° 1911;

Que, mediante Ordenanza N° 1144, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de mayo de 2008, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de La Molina, que es parte de las Áreas de Tratamiento Normativo II y III de Lima Metropolitana y Ordenanza N° 1661, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de marzo de 2013, que aprueba la Actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el distrito de La Molina;

Que, con Expediente N° 259043-2019 de 2 de agosto de 2019, la sociedad conyugal conformada por Beatriz Azato Fukuhara, identificada con DNI N° 06703875 y Javier Antonio Tengan Sakihara, identificado con DNI N° 06573814, solicita el Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Vecinal (CV), para el predio de 416.27m², constituido por el Lote 15 de la Manzana C, Urb. Los Sirius Primera Etapa, ubicado en Calle Los Acebos N° 130-132 y N° 138-140, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el Cambio de Zonificación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza Nº 1911;

Que, la Municipalidad Distrital de La Molina, con Oficio N° 409-2019-MDLM-SG de 15 de octubre de 2019, remite el Acuerdo de Concejo N° 048-2019/MDLM de 14 de octubre de 2019, mediante el cual declara Desfavorable la petición de Cambio de Zonificación del predio constituido por el Lote N° 15, de la Manzana C, ubicado en la Calle Los Acebos N° 130-132, 138-140, Urbanización Los Sirius – Primera Etapa, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Vecinal (CV), requerido por la sociedad conyugal conformada por Beatriz Azato Fukuhara y el señor Javier Antonio Tengan Sakihara, remitido mediante el Oficio N° 1205-2019-MML-GDU-SPHU, por la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el marco de lo establecido en la Ordenanza N° 2086, indicando en la parte considerativa que, mediante el Memorándum N° 943-2019-MDLM-GPV de 26 de setiembre de 2019, la Gerencia de Participación Vecinal remite a la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro, los resultados de los formularios únicos de consulta vecinal (FUCV), con el siguiente resultado: 14 Favorables y 70 Desfavorables con un total de 84. Además, mediante Informe Técnico N° 122-2019/JCVC (27.09.2019), el técnico de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro, emite su informe, donde concluye lo siguiente: “del acervo documentario obrante en la Subgerencia , se tiene un antecedente de cambio de zonificación del mismo predio en evaluación, comunicado mediante Oficio N° 586-2018-MML-GDU-SPHU, ingresado con Oficio N° 09091-2018 a esta comuna, el cual resultó como desfavorable con Acuerdo de Concejo N° 078-2018-MDLM, de fecha 24.09.18 y que, fuera puesto en conocimiento a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la MML, mediante Oficio N° 244-2018-MDLM-SG de fecha 26.09.2018, ingresada como D.S. N° 307382-18 a la MML. El predio en evaluación se ubica en un área consolidada con zonificación de Residencial de Densidad Baja con trama (RDB) para la zona con frente a vías locales, cuyo entorno urbano inmediato se encuentra constituido por viviendas unifamiliares y multifamiliares; a su vez, por una zona comercial ubicada en la Avenida Raúl Ferrero, tramo Alameda El Corregidor – Avenida Los Fresnos, cuyos lotes, con Zonificación Comercio Zonal – CZ y Comercio Vecinal – CV, realizan actividades con giros diversos, tales como: Restaurantes, Bancos, Supermercados, Centros Comerciales y Grifos. Conforme a la inspección ocular, el predio materia de evaluación cuenta con una edificación de tres 3 pisos, con uso residencial, cuyo acceso se limita a la Avenida Raúl Ferrero, intersección con la Calle Los Acebos, debido a la presencia de rejas metálicas que circundan la zona en estudio. De acuerdo con el Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de La Molina 2017-2021, aprobado mediante Ordenanza N° 317, el mayor número de viajes interdistritales se realizan de Lima Centro hacia Lima Este con 775 mil viajes por día. De los motivos de la generación de viajes en Lima Metropolitana, el 36% corresponde a motivos de trabajo, mientras que el 34% corresponde a motivo de negocio, compras y entretenimiento (70% entre ambas); por tanto, al ubicarse en el distrito de La Molina, un conglomerado de colegios privados y locales laborales diversos, se incrementa el índice de congestión vehicular, convirtiendo a la Avenida Raúl Ferrero en un punto crítico de congestión vehicular, vía que es especialmente para el transporte privado y que, es el único ingreso y salida del predio en evaluación; por consiguiente, la apertura de un local comercial implicara que el transporte a la misma se realice a través de vehículos particulares, lo cual acrecentará aún más la problemática del tráfico en el distrito. Conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 2086-MML; se realizó la publicación del cambio propuesto durante 15 días hábiles en el portal web y en el local institucional de esta entidad edil desde el 04.09.2019 hasta el 25.09.2019; por parte de la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano y por parte de la Gerencia de Tecnologías de Información, lo cual se evidencia en el Memorando N° 1418-2019-MDLM-SG-SGGDAC y en el Memorando N° 429-2019-MDLM-GTI. Asimismo, se realizó la consulta vecinal, por parte de la Gerencia de Participación Vecinal, lo cual se evidencia en el Memorándum N° 943-2019-MDLM-GPV, mediante el cual se adjunta el resultado de las encuestas vecinales realizadas sobre el cambio de zonificación propuesto, detallados de la siguiente manera: total de predios encuestados: 84, Opinión Favorable: 14 (catorce), Opinión Desfavorable: 70 (setenta). Como se observa, el 83.3% del total de los encuestados ha optado por la opinión desfavorable. Por consiguiente, en marco de la Ordenanza N° 2086-MML – Ordenanza que regula el Cambio de Zonificación en Lima Metropolitana. Ordenanza N° 1144-MML y su modificatoria N° 1661-MML, Ordenanza que aprueba la actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo, conforme a la consulta vecinal y lo indicado en los párrafos precedentes; es de opinión declarar técnicamente Desfavorable el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Baja con trama (RDB) a Comercio Vecinal – CV, formulada por la sociedad conyugal conformada por Beatriz Azato Fukuhara y Javier Antonio Tengan Sakihara, para el predio ubicado en la Calle Los Acebos N° 130,132,138 y 140, esquina con Calle Los Cedrones, constituido por el lote 15, Manzana C, Urbanización Los Sirius – Primera Etapa, distrito de La Molina, Provincia y Departamento de Lima”;

Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Oficio N° 1329-20-MML-IMP-DE de 7 de diciembre del 2020, remite el Informe CEZ N° 067-20-MML-IMP-DE/DGPT, mediante el cual emite opinión Favorable al pedido de Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Vecinal (CV), indicando que: “Los predios con frente a una vía local y a las manzanas con calificación de Comercio Zonal (CZ) tienen la calificación de Comercio Vecinal (CV). El predio materia del pedido de cambio de zonificación, se encuentra ubicado, en una manzana que tiene un error gráfico, por lo tanto, el predio tiene la calificación de Residencial de Densidad Baja (RDB). Al corregirse el gráfico de la manzana donde se ubica el predio del petitorio, este se ubicaría frente a una vía local y frente a un predio con zonificación de Comercio Zonal (CZ). La ubicación del predio en consulta tiene la misma condición que los otros predios con calificación de Comercio Vecinal (CV). En atención al artículo 11° Extensión de Cambio de Zonificación, el cambio se extiende al frente del lado de la manzana, en este caso en el frente de la manzana se identifican dos predios, en el cual, uno ya tiene, la zonificación CV, por lo tanto, todo el frente de la manzana antes mencionado tendría la zonificación de Comercio Vecinal (CV). En este sentido, el petitorio de aplicar el principio de imparcialidad debe cumplirse para este único predio, debiendo de calificarse como Comercio Vecinal (CV) al frente de la manzana donde se ubica el predio. Se sugiere, además, efectuar la rectificación gráfica de la manzana respectiva.

De acuerdo con lo expresado, se emite opinión técnica Favorable al pedido de cambio de zonificación solicitado de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Vecinal (CV). Se debe considerar la rectificación gráfica de la manzana donde se ubica el predio materia del petitorio de cambio de zonificación”;

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe Nº D000193-2021-MML-GDU-SPHU-DP de 21 de abril de 2021, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, emite opinión Favorable, que concluye que el Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Vecinal (CV) del predio de 416.27 m², constituido por el Lote 15 de la Manzana C, Urb. Los Sirius Primera Etapa, ubicado en Ca. Los Acebos N° 130-132 y N° 138-140, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la sociedad conyugal conformada por Beatriz Azato Fukuhara y Javier Antonio Tengan Sakihara, resulta Favorable; por cuanto es consecuente con la dinámica y funciones urbanas que presenta el sector, ya que en el entorno del predio prevalece el uso comercial de carácter zonal y local, no afectando a los predios del entorno inmediato, toda vez que actualmente se ubica como parte del área circundante a las dos manzanas calificadas como Comercio Zonal entre las vías Av. Raúl Ferrero, Calle Los Acebos, Calle Los Bambúes y Calle Las Caobas, donde se ha generado un anillo con actividades comerciales de carácter vecinal. El cambio propuesto permitiría completar el anillo de predios calificados como CV, generando una transición adecuada entre el CZ y RDB de servicio al sector residencial inmediato; además, cuenta con una adecuada accesibilidad al ubicarse a media cuadra de una vía de conexión como lo es la Av. Raúl Ferrero. De acuerdo con los gráficos presentados se encontró un error en la graficación de la manzana en el Plano de Zonificación, por lo cual se recomienda realizar la corrección mencionada como parte del Cambio de Zonificación, tal como lo señala el Instituto Metropolitano de Planificación en su Informe CEZ N° 067-2020-MML-IMP-DE/DGPT;

Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, mediante su Dictamen N° 074-2021-MML-CMDUVN de 12 de mayo de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LA MOLINA APROBADO POR ORDENANZA N° 1144 Y ACTUALIZADO CON ORDENANZA N° 1661

Artículo 1. Aprobar la Modificación del Plano de Zonificación del distrito de La Molina, aprobado mediante Ordenanza N° 1144, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de mayo de 2008 y actualizada por la Ordenanza N° 1661, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de marzo del 2013, de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Vecinal (CV), para el predio de 416.27 m², constituido por el Lote 15 de la Manzana C, Urb. Los Sirius Primera Etapa, ubicado en la Calle Los Acebos N° 130-132 y N° 138-140, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, solicitado por la sociedad conyugal conformada por Beatriz Azato Fukuhara y Javier Antonio Tengan Sakihara, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonificación del distrito de La Molina, la modificación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza.

Artículo 3. Notificar la presente Ordenanza a la Municipalidad distrital de La Molina, a fin de que se encargue de la respectiva notificación a los administrados.

Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

2006840-11