Aprueban la reducción del presupuesto institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, correspondiente al Año Fiscal 2021, por la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 000099-2021-OTASS/DE

Lima, 28 de octubre de 2021

VISTOS:

El Informe N° 000195-2021-OTASS-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal N° 000442-2021-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, dentro del marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 24-2020-OTASS/CD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, hasta por la suma de S/ 125 385 667.00;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 316-2018-EF, en adelante el Decreto Supremo, se aprueba una Operación de Endeudamiento Externo con el BIRF y Endeudamiento Interno mediante emisión de Bonos Soberanos;

Que, conforme lo dispuesto en el inciso 1.1 del artículo 1 del referido Decreto Supremo, se aprueba la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 70 000 000,00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el Programa de Inversión “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huaral y EMAPA Huacho”;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo, establece que la Unidad Ejecutora del Programa de Inversión “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huaral y EMAPA Huacho” es el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) a cargo del componente 2 y el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) a cargo de los componentes 1 y 3 del Programa;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 027-2019-OTASS/DE se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 003: denominada “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS” en el Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG008-2016-SNIP, en adelante la UE:003;

Que, mediante Informe Nº 000195-2021-OTASS-OPP de fecha 22 de octubre de 2021 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 17,579,516.00 (Diecisiete Millones Quinientos Setenta y Nueve Mil Quinientos Dieciséis con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de la Unidad Ejecutora 003: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS, conforme al numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 31085, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2021;

Que, el Informe de la OPP invoca el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 31085, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, que dispone lo siguiente: “Los pliegos del Gobierno Nacional y de gobiernos regionales que, durante el segundo semestre del Año Fiscal, y con base a las proyecciones al cierre del mismo, prevean una menor ejecución financiera de proyectos financiados con Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, provenientes de endeudamiento externo no desembolsados conforme al contrato de préstamo y normatividad aplicable, se encuentran autorizados para que, mediante resolución de su respectivo titular del pliego, procedan a reducir el Presupuesto Institucional en la mencionada fuente de financiamiento y hasta por el monto de la referida previsión, previo informe favorable del jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General del Tesoro Público”;

Que, asimismo, el citado Informe adjunta copia del Oficio Nº 0421-2021-EF/50.06 de fecha 12 de octubre de 2021, por el que la Directora General (e) de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, emite opinión favorable correspondiente, conforme a lo señalado en el referido numeral 15.1 del artículo 15 de la citada Ley Nº 31085, señalando lo siguiente: “En tal sentido, teniendo en cuenta la opinión favorable emitida por la Dirección General del Tesoro Público y la información consignada en la Consulta Amigable del Portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas al 12/10/2021, esta Dirección General, desde el punto de vista estrictamente presupuestario, emite opinión favorable a la solicitud efectuada por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 17 579 516,00, en el marco de lo dispuesto por el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 31085 (…)”;

Que, al haberse emitido el Informe favorable por parte de la OPP, la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 000442-2021-OTASS-OAJ, emite opinión favorable, de acuerdo a lo citado en el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 31085, contando asimismo con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas para la modificación del presupuesto institucional del Pliego propuesto por la OPP;

Que, ante la ausencia de Director Ejecutivo del OTASS designado, conforme lo cita el numeral 190.6 del artículo 190 del TUO del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, la Gerente General ejerce todas las funciones detalladas en el artículo 10 del ROF del OTASS hasta que opere la designación de un nuevo Director Ejecutivo;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31085, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS y la Resolución Directoral N° 029-2019-OTASS/DE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar la reducción del presupuesto institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, correspondiente al Año Fiscal 2021, por la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por el monto de S/ 17 579 516.00 (Diecisiete Millones Quinientos Setenta y Nueve Mil Quinientos Dieciséis y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el numeral 15.1 de artículo 15 de la Ley Nº 31085, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2021, de acuerdo al siguiente detalle:

(En Soles)

INGRESOS : Gobierno Central

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

1 : Ingresos Presupuestarios

1 . 8 : Endeudamiento

1 . 8 . 1 : Endeudamiento Externo

1 . 8 . 1 1 : Créditos Externos

1 . 8 . 1 1 . 2 : Provenientes de Organismos Internacionales o Agencias Oficiales

1 . 8 . 1 1. 2 2 : Banco Mundial - BIRF

17,579,516.00

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TOTAL INGRESOS: 17,579,516.00

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(En Soles)

EGRESOS

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 207 : Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento.

UNIDAD EJECUTORA 003 : Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS.

CATEGORIA

PRESUPUESTARIA 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano

PROYECTO 2325008 : Gestión del Programa y Otros: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huacho y EMAPA Huaral

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 17,579,516.00

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TOTAL EGRESOS: 17,579,516.00

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Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, instruye a la Unidad Ejecutora 003: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Presentación de la Resolución

Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remita a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, copia de la presente Resolución dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su aprobación.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAGALY VIRGINIA VILLAFUERTE FALCÓN

Gerente General en funciones de

Dirección Ejecutiva (Art. 190.6 del Reglamento

del D. Leg. 1280)

2006623-1