Aprueban los factores de actualización “p” aplicables a partir del 04 de noviembre de 2021 para determinar los cargos unitarios por Compensación por Seguridad de Suministro de Reserva Fría, por Prima, por FISE, y por Capacidad de Generación Eléctrica

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 226-2021-OS/CD

Lima, 28 de octubre de 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante los Decretos Legislativos N° 1002 y N° 1041, así como las Leyes N° 29852 y N° 29970 (en adelante “Normas”), se dispuso incluir como parte del Peaje por Conexión Unitario del Sistema Principal de Transmisión, lo siguiente:

(i) El cargo por seguridad de suministro que compensa a los contratos de Reserva Fría (RF) de las Plantas de Ilo, Talara, Eten, Puerto Maldonado y Pucallpa;

(ii) El cargo por Prima determinado a partir de la diferencia entre la valorización de las inyecciones netas de energía de los generadores que utilizan recursos energéticos renovables (RER), a su correspondiente Tarifa de Adjudicación de licitación, y la valorización de dicha energía a Costos Marginales de Corto Plazo;

(iii) El cargo que compensa los recargos pagados por los generadores eléctricos para financiar el Fondo de Inclusión Social Energética (FISE), y;

(iv) El cargo que compensa por capacidad de Generación Eléctrica de los contratos de Nodo Energético en el Sur del Perú de las centrales térmicas Puerto Bravo y NEPI, de Samay I S.A. y ENGIE Energía Perú S.A., respectivamente;

Que, con Resoluciones N° 651-2008-OS/CD, N° 001-2010-OS/CD, N° 151-2013-OS/CD, N° 073-2016-OS/CD y modificatorias, se aprobaron, respectivamente, los procedimientos que establecen la metodología a seguir para la determinación de los cargos unitarios por compensaciones al momento de fijarse los Precios en Barra, así como su revisión trimestral en la misma oportunidad en que se calculen los Precios a Nivel Generación;

Que, mediante Resolución N° 067-2021-OS/CD y modificatorias, se fijaron los Precios en Barra aplicables al periodo mayo 2021 – abril 2022 en los que se incluyeron los respectivos cargos unitarios por compensación mencionados precedentemente. Asimismo, en la citada resolución también se dispuso que tales cargos se actualizarían mediante la aplicación del factor de actualización “p” correspondiente el cual se determina trimestralmente conforme a lo establecido por los procedimientos antes señalados. Es materia de la presente resolución la actualización de los citados cargos para el periodo trimestral noviembre 2021 – enero 2022;

Que, asimismo, en cumplimiento del “Procedimiento para Aplicación del Mecanismo de Compensación establecido en el Decreto Supremo N° 035-2013-EM”, aprobado con Resolución N° 114-2015-OS/CD, se fijó el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión (SST y SCT), para el período 2021 – 2022, asignado a la demanda del Área de Demanda 15, mediante Resolución N° 079-2021-OS/CD, cuya actualización también es trimestral;

Que, luego de revisada la información proporcionada por el COES, por la División de Supervisión de Electricidad, y por las empresas Electronoroeste S.A. y Electro Zaña S.A.C, se ha procedido a elaborar los Informes Técnicos N° 684-2021-GRT, N° 685-2021-GRT y N° 686-2021-GRT que contienen el detalle de los cálculos que sustentan los factores de actualización “p” y “FA” a aplicar para determinar los cargos unitarios por compensación a partir del 04 de noviembre de 2021;

Que, el análisis legal de la publicación de los factores de actualización se encuentra sustentado en el Informe Legal N° 529-2021-GRT;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como, en sus normas modificatorias y complementarias; y

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 35-2021.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los factores de actualización “p” aplicables a partir del 04 de noviembre de 2021 para determinar los cargos unitarios por Compensación por Seguridad de Suministro de Reserva Fría, por Prima, por FISE, y por Capacidad de Generación Eléctrica, para el siguiente trimestre.

Cargo Unitario

Factor “p”

Cargo Unitario por Compensación por Seguridad de Suministro

RF: Reserva Fría

RF Planta Talara

1,2702

RF Planta Ilo

1,2676

RF Planta Eten

1,1975

RF Planta Puerto Maldonado

1,2846

RF Planta Pucallpa

1,2804

Cargo por Prima

Central Cogeneración Paramonga

1,0341

C.H. Santa Cruz II

0,8659

C.H. Santa Cruz I

0,8800

C.H. Poechos 2

0,9528

C.H. Roncador

0,3171

C.H. La Joya

0,9034

C.H. Carhuaquero IV

0,8966

C.H. Caña Brava

1,1270

C.T. Huaycoloro

1,1007

C.H. Huasahuasi I

0,9907

C.H. Huasahuasi II

0,9714

C.H. Nuevo Imperial

0,8704

Repartición Solar 20T

1,1487

Majes Solar 20T

1,1483

Tacna Solar 20T

1,1418

Panamericana Solar 20T

1,1381

C.H. Yanapampa

0,8519

C.H. Las Pizarras

0,9364

C.E. Marcona

0,8946

C.E. Talara

1,0254

C.E. Cupisnique

0,9501

C.H. Runatullo III

0,7692

C.H. Runatullo II

0,7432

CSF Moquegua FV

1,0661

C.H. Canchayllo

0,8000

C.T. La Gringa

1,0909

C.E. Tres Hermanas

0,9225

C.H. Chancay

0,8312

C.H. Rucuy

0,6768

C.H. Potrero

0,7104

C.H. Yarucaya

0,6923

C.S. RubÍ

0,6517

C.H. Renovandes H1

0,8925

C.S. Intipampa

0,6316

C.E. Wayra I

0,2240

C.B. Huaycoloro II

0,7949

C.H. Angel I

0,6857

C.H. Angel II

0,7320

C.H. Angel III

0,7874

C.H. Her

0,0000

C.H. Carhuac

0,6733

C.H. El Carmen

0,7113

C.H. 8 de Agosto

0,2278

C.H. Manta

0,5868

C.T. Callao

1,0676

Cargo Unitario por FISE

1,3071

Cargo Unitario por CCCSE

0,0000

Cargo Unitario por Capacidad de Generación Eléctrica

CT Puerto Bravo

1,1900

CT NEPI

1,1778

Artículo 2°.- Aprobar el factor de actualización “FA” aplicable a partir del 04 de noviembre de 2021, para determinar el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP, a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión asignado al Área de Demanda 15 aprobado mediante Resolución N° 079-2021-OS/CD, para el periodo noviembre 2021 - abril 2022.

Cargo Unitario

Factor

FA

Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP

3,8235

Artículo 3°.- Disponer la devolución de la recaudación de Prima RER de la C.H. Zaña 1 durante el mes de junio de 2021 de la empresa Electro Zaña S.A.C., por el monto de S/ 0,94, en favor de la empresa Infraestructura de Energías del Perú S.A.C., el que deberá ser transferido hasta el 15 de noviembre, como pago a cuenta del Cargo Unitario por Compensación por Seguridad de Suministro de la Planta Puerto Maldonado.

Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y consignarla, junto con los Informes N° 684-2021-GRT, N° 685-2021-GRT, N° 686-2021-GRT y N° 529-2021-GRT, en la web: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021-aspx.

Jaime Mendoza Gacon

Presidente del Consejo Directivo

2006544-1