Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 - 2021 - PRAC
Ordenanza Regional Nº 006
Callao, 17 de septiembre 2021
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria Virtual celebrada el 17 de septiembre de 2021.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo 191 de la Constitución Política del Perú modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (…)”; concordante con el Artículo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: ”Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal”;
Que, el Artículo 13 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…)”;
Que, en el literal a. del Artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que dentro de las atribuciones del Consejo Regional es: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, concordante con literal a. del Artículo 37 que indica que los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: “El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional”;
Que, las Políticas 24 y 26 del Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de 2002, establecen como Políticas de Estado la afirmación de un Estado eficiente y transparente, y la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas, respectivamente, correspondiendo al Estado afirmar principios éticos y valores sociales así como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; asimismo, constituye elemento consustancial a dichas políticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupción y del atropello de los derechos;
Que, la Ordenanza Regional, es una norma con rango de Ley, emitida por los Gobiernos Regionales, para normar asuntos de carácter general, entre otros aspectos de competencia de los Gobiernos Regionales, conforme a lo previsto en el Artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000007, publicada el 06 de noviembre de 2018 en el Diario Oficial “El Peruano”, se modificó la Ordenanza Regional Nº 000009, publicada el 11 de abril de 2013 en el Diario Oficial “El Peruano”, que aprobó la creación de la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional del Callao, que tiene como objetivo principal implementar acciones de prevención y combate de la corrupción en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016, actualmente de acuerdo al Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 – 2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 044 – 2018 – PCM;
Que, por lo expuesto anteriormente, la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC, en Sesión Ordinaria Nº 02 – 2020 de fecha 11 de junio de 2020, ha aprobado por unanimidad, el Plan Regional de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, cuyo objetivo es contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel de la Región Callao, con la participación activa de la ciudadanía, así también viabilizar las políticas, objetivos y acciones que el Plan propone en el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 – 2021 y compromisos internacionales que ha asumido nuestro país frente a la Corrupción, situación que ha corroído a todos los ámbitos del sector público y comprometido al sector privado en malas prácticas de buscar privilegios en las Contrataciones con el Estado;
Que, la dación del Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, como una norma de carácter general con rango de Ley, resulta imperativa para otorgarle plena e irrestricta vigencia en toda la jurisdicción de la Región Callao, razón por la cual debe elevarse al rango de Ordenanza Regional;
Que, mediante Oficio Nº 000828 – 2020 – P – CSJCL – PJ de fecha 18 de septiembre de 2020 (H.R. Nº SGR – 014984), la Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, en su calidad de Presidente de la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC remite al Gobernador Regional del Callao, el Plan Regional de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC y el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 02 – 2020 que aprueba el referido plan;
Que, por Informe Nº 54 – 2020 – GRC / ORAT de fecha 29 de setiembre de 2020, la Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Técnica, concluye y recomienda que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emita el informe técnico correspondiente previo a la emisión de la Ordenanza Regional;
Que, mediante Informe Nº 292 – 2020 – GRC / GRPPAT / OP de fecha 08 de octubre de 2020, la Oficina de Planificación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, recomienda que la Gerencia de Asesoría Jurídica, emita el informe legal correspondiente para continuar con el trámite respectivo;
Que, a través del Memorando Nº 2307 – 2020 – GRC / GRPPAT de fecha 09 de octubre de 2020, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, los antecedentes, para su conocimiento, emisión de informe legal correspondiente y prosecución del trámite respectivo;
Que, por Informe Nº 958 – 2020 – GRC / GAJ de fecha 12 de noviembre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera procedente contar con un Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, para materializar e implementar la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción y de esta forma coadyuvar con el cumplimiento de los objetivos nacionales planteados para la erradicación de la corrupción en todas su formas;
Que, el Numeral 17.1 del Artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Gobernador Regional por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL “PLAN REGIONAL DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DEL CALLAO 2020 – 2021 – PRAC”
Artículo 1º.- Aprobar, con Eficacia Anticipada al 11 de junio de 2020, el Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, fecha en que la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC en Sesión Ordinaria Nº 02 – 2020 aprobó dicho Plan, el mismo que consta de XI Títulos y formatos de Fichas Técnicas del indicador, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo 2º.- El Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Callao 2020 – 2021 – PRAC, será obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas en la jurisdicción de la Región Callao, de acuerdo a sus competencias y en lo que fuere aplicable.
Artículo 3º.- Todas las instituciones públicas de la jurisdicción territorial de la Región Callao, quedan obligadas a desarrollar sus propios planes de integridad institucional y lucha contra la corrupción, sin perjuicio de adoptar, del presente Plan Regional, las acciones que les fuera directamente de su competencia, con la finalidad de incluirlas en sus planes operativos institucionales, presupuestarias y ejecutarlas oportunamente.
Artículo 4º.- Otorgar a la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC, la atribución de monitorear y supervisar el estricto desarrollo y cumplimiento del presente Pla Regional de Integridad en todas las instituciones públicas en la jurisdicción de la Región Callao.
Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe. y en el Portal WEB del Estado Peruano.
Artículo 6º.- ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los miembros que conforman la Comisión Regional Anticorrupción del Callao – CRAC, para su conocimiento y fines.
Artículo 7º.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y en un diario de circulación regional.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
DANTE MANDRIOTTI CASTRO
Gobernador
2005865-1