Autorizan transferencias financieras de recursos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, destinadas a cofinanciar la ejecución de subproyectos para el fortalecimiento de la red de sanidad pesquera y acuícola
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00341-2021-PRODUCE
Lima, 26 de octubre de 2021
VISTO; Los Oficios Nos. 00000323-2021-PRODUCE-PNIPA/DE y 00000327-2021-PRODUCE-PNIPA/DE y el Informe Nº 00000088-2021-PNIPA/UPP del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – PNIPA; el Memorando Nº00001036-2021-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000265-2021-PRODUCE/OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00000863-2021–PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 396-2016-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2016, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura;
Que, el 13 de marzo de 2017, se suscribe el Contrato de Préstamo Nº 8692-PE, entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, destinado a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad del Prestatario en la ejecución de innovaciones en las cadenas de valor de la pesca y la acuicultura; señalando que dicho proyecto apoyará el objetivo del Prestatario de mejorar el desempeño del Sistema Nacional de Innovación Pesquera y Acuícola (SNIPA) y las cadenas de valor de la pesca y la acuicultura, para promover la transformación de los sectores pesquero y acuícola del Prestatario mediante una menor dependencia en la pesca extractiva captura pesquera y mayor énfasis en la acuicultura;
Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza durante el Año Fiscal 2021 al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, entre otros, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos de los citados Programas Nacionales, y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación. Asimismo, el referido dispositivo legal establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0007-2020-EF-50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 034-2020-EF-50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital;
Que, la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura solicita y sustenta la necesidad de autorizar transferencias financieras a favor de una entidad pública vinculada al Sector Producción, hasta por la suma total de S/ 1 784 386,00, correspondiendo el importe de S/ 356 877,20 a la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados y S/ 1 427 508,80 a la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a efectuar los desembolsos de cofinanciamiento de tres (3) subproyectos para el fortalecimiento de la red de sanidad pesquera y acuícola adjudicados al Proyecto Mejoramiento de Gobernanza del Sistema Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; respecto a los cuales, la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura suscribió los contratos respectivos con el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES;
Que, de acuerdo con el Memorando Nº 00001036-2021-PRODUCE/OGPPM, el Informe Nº 00000265-2021-PRODUCE/OP, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica que ha verificado que la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura cuenta con los recursos en su Presupuesto Institucional (PIM), en la Actividad 5001253: “TRANSFERENCIAS DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN” para efectuar transferencias financieras a favor de una (1) entidad pública vinculada al sector producción, hasta por la suma total de S/ 1 784 386,00 (Un Millón Setecientos Ochenta y cuatro mil trescientos ochenta y seis y 00/100 Soles), destinados a cofinanciar la ejecución de tres (3) subproyectos para el fortalecimiento de la red de sanidad pesquera y acuícola adjudicados al Proyecto Mejoramiento de la Gobernanza del Sistema Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8692-PE y lo dispuesto en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084 y lo señalado en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0007-2020-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” ;
Que, mediante el Informe Nº 00000863-2021–PRODUCE/OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba las transferencias financieras a favor de una entidad pública vinculada al sector Producción, hasta por la suma total de S/ 1 784 386,00, conforme al anexo propuesto por el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción;
Con la visación del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar las transferencias financieras de recursos con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038. Ministerio de la Producción, hasta por la suma total de S/ 1 784 386,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), correspondiendo el importe de S/ 356 877,20 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 20/100 SOLES) por la fuente 2. Recursos Directamente Recaudados y S/ 1 427 508,80 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS OCHO Y 80/100 SOLES) a la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8692-PE y de lo dispuesto en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, conforme al Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atienden con cargo al Presupuesto Institucional 2021 de Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038. Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, fuente de financiamiento: 2. Recursos Directamente Recaudados y 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.
Artículo 3.- Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- La Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038. Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realizan las citadas Transferencias Financieras aprobadas con la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038. Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Rogger Incio Sánchez
Ministro de la Producción
2005469-1