Aprueban solicitud de primera modificación de concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Pongo de Caynarachi - S.E. Yurimaguas y Subestaciones” presentada por Electro Oriente S.A., y la primera modificación al Contrato de Concesión N° 534-2019

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 378-2021-MINEM/DM

Lima, 20 de octubre de 2021

VISTOS: El Expediente Nº 14386918 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Pongo de Caynarachi – S.E. Yurimaguas y Subestaciones”, cuyo titular es la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - Electro Oriente S.A.; la solicitud de la primera modificación de la mencionada concesión definitiva presentada por Electro Oriente S.A. a través del documento con Registro Nº 3195467, y complementada con el documento con Registro Nº 3216279; los Informes Nos. 564-2021-MINEM/DGE-DCE y 609-2021-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección General de Electricidad; los Informes Nos. 0958-2021-MINEM/OGAJ y 0976-2021-MINEM/OGAJ, elaborados por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 398-2019-MINEM/DM, publicada el 15 de diciembre de 2019, se otorga a favor de Electro Oriente S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Pongo de Caynarachi – S.E. Yurimaguas y Subestaciones” (en adelante, la CONCESIÓN), ubicada en los distritos de Caynarachi y Yurimaguas, provincias de Lamas y Alto Amazonas, departamentos de San Martín y Loreto, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 534-2019 (en adelante, el CONTRATO);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 245-2021-MINEM/DM, de fecha 20 de julio de 2021, se calificó como fuerza mayor los eventos invocados por Electro Oriente S.A., referidos al: i) Estado de Emergencia por Pandemia “COVID-19” y consecuente Suspensión de Actividades Administrativas y Económicas; y, ii) Ausencia del Directorio de Electro Oriente S.A.; teniendo una duración de trescientos noventa y seis (396) y seis (6) días calendario, respectivamente;

Que, mediante documento con Registro Nº 3195467 (ventanilla virtual), de fecha 13 de agosto de 2021, complementada con el documento con Registro Nº 3216279 (ventanilla virtual), de fecha 19 de octubre de 2021, Electro Oriente S.A. solicita la modificación de la CONCESIÓN, a fin de modificar las fechas de las actividades del Calendario de Ejecución de Obras, prorrogando entre otros, del 3 de mayo de 2021 al 9 de junio de 2022, la fecha de la Puesta en Operación Comercial, sobre la base de los eventos de fuerza mayor calificados a través de la citada Resolución Ministerial Nº 245-2021-MINEM/DM;

Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que recomiendan aprobar la Primera Modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, insertando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la solicitud de la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Pongo de Caynarachi – S.E. Yurimaguas y Subestaciones” presentada por Electro Oriente S.A., así como aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 534-2019 en su Cláusula Séptima; el numeral 3 del Anexo Nº 2; y, el Anexo Nº 4, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 534-2019, aprobada en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- Disponer que el texto de la presente Resolución Ministerial se inserte en la Escritura Pública que origine la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 534-2019, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Electro Oriente S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ TORO

Ministro de Energía y Minas

2004408-1