Entrada en vigencia del “Convenio relativo a la Importación Temporal” y los anexos A, B1 y B2
Entrada en vigencia del “Convenio relativo a la Importación Temporal” y los anexos A, B1 y B2
El Convenio relativo a la Importación Temporal y los Anexos A, B1 y B2, adoptado el 26 de junio de 1990 en la ciudad de Estambul, República de Turquía, aprobado por Resolución Legislativa Nº 30808 del 4 de julio de 2018, ratificado internamente mediante Decreto Supremo Nº 031-2018-RE del 13 de julio de 2018 y modificado por la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal sobre la Lista Ilustrativa del Apéndice III al Anexo B2 - ratificada internamente mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-RE -; la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal sobre la incorporación del artículo 21ª - ratificada internamente mediante Decreto Supremo Nº 009-2020-RE -; la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal que incorpora el Nuevo Modelo de Cuaderno A.T.A del Apéndice I al Anexo A - ratificada internamente mediante Decreto Supremo Nº 010-2020-RE -; y la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal sobre el Apéndice II al Anexo A - ratificada internamente mediante Decreto Supremo Nº 011-2020-RE -, entrará en vigencia el 27 de octubre de 2021.
2003952-1