Designan Presidente y Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI

RESOLUCIÓN Nº 000263-2021-GEG/INDECOPI

San Borja, 20 de octubre de 2021

VISTOS:

El Memorándum Nº 000512-2021/DPC-INDECOPI, el Informe Nº 000208-2021-ORH/INDECOPI y el Informe Nº 000325-2021-OAJ/INDECOPI, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 137º de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, crea el Sistema de Arbitraje de Consumo con el objetivo de resolver de manera sencilla, gratuita, rápida, y con carácter vinculante, los conflictos entre consumidores y proveedores;

Que, el numeral 8.4. del artículo 8 del Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 103-2019-PCM, establece que las Juntas Arbitrales de Consumo se encuentran integradas por un Presidente y un Secretario Técnico;

Que, la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 100-2015-INDECOPI/COD, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de junio de 2015, aprueba la creación de la oficina de carácter temporal denominada “Junta Arbitral de Consumo Piloto”, adscrita a la Sede Central del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI;

Que, los numerales 9.1 y 11.1 de los artículos 9º y 11º del Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo, respectivamente, establecen que los Presidentes y Secretarios Técnicos de las Juntas Arbitrales de Consumo son designados por la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, salvo convenios arbitrales que dispongan lo contrario;

Que, el artículo 133º del Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que el INDECOPI, es la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor;

Que, mediante Acuerdo Nº 022-2016 de fecha 28 de marzo de 2016, el Consejo Directivo del INDECOPI dispuso como política institucional en materia de arbitraje de consumo que la Gerencia General adopte las acciones administrativas necesarias para la implementación del arbitraje de consumo y el funcionamiento de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la sede central del INDECOPI;

Que, el literal f) del numeral 50.1 del artículo 50º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modificatorias, establece como una función de la Gerencia General, las que le sea encargadas por acuerdo del Consejo Directivo;

Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, establece la facultad de la Gerencia General para designar y remover al personal de la Institución;

Que, el literal f) del artículo 13º del Texto Integrado Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece la facultad de la Gerencia General para dar por concluido al personal de la Institución, según su competencia;

Que, con Resolución de la Gerencia General del INDECOPI Nº 019-2017-INDECOPI/GEG, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 15 de abril de 2017, se designó al señor Alejandro Martín Moscol Salinas, Asesor del Consejo Directivo, como Presidente de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI;

Que, mediante Resolución de Gerencia General de INDECOPI Nº 012-2018-INDECOPI/GEG, de fecha 23 de enero de 2018, se designó a la señora Yvette Stephany Sanguineti Campos, servidora bajo el régimen de la contratación administrativa de servicios de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, como Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central de INDECOPI;

Que, con Resolución Nº 000232-2021-GEG/INDECOPI, de fecha 18 de septiembre de 2021, se acepta la renuncia del señor Alejandro Martín Moscol Salinas al cargo de Asesor del Consejo Directivo, siendo su último día de labores el 19 de septiembre de 2019;

Que, mediante carta de fecha 11 de octubre de 2021, la señora Yvette Stephany Sanguineti Campos renuncia a la Institución, siendo su último día de labores el 12 de octubre de 2021;

Que, en atención al Memorándum Nº 000512-2021-DPC/INDECOPI de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, la Gerencia General solicita a la Oficina de Recursos Humanos emitir opinión sobre la posibilidad de designar al señor Isaías Reátegui Ruiz Eldredge como Presidente de la Junta Arbitral de Consumo Piloto y a la señora Mariela Villacorta Varas como Secretaria Técnica;

Que, la Oficina de Recursos Humanos, a través del Informe Nº 000208-2021-ORH/INDECOPI, recomienda dar por concluidas las designaciones de los servidores Alejandro Martín Moscol Salinas e Yvette Stephany Sanguineti Campos como Presidente y Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI, respectivamente;

Que, asimismo, la Oficina de Recursos Humanos señala que el servidor civil Isaías Reátegui Ruiz Eldredge, Asesor de Integridad de la Gerencia General, y la servidora civil Mariela Idania Villacorta Varas, Ejecutivo 1 de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, cumplen con los requisitos para ser designados como Presidente y Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI, respectivamente, en adición a sus funciones;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 000325-2021-OAJ/INDECOPI, manifiesta que la Gerencia General se constituye en el órgano competente para designar y remover al Presidente y Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI;

Que, atendiendo a lo expuesto, esta Gerencia considera pertinente proceder con la conclusión de las designaciones del señor Alejandro Martín Moscol Salinas y la señora Yvette Stephany Sanguineti, así como con la designación de los servidores que asumirán las funciones de Presidente y Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI;

De conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo Nº 022-2016 adoptado por el Consejo Directivo, el artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 1033 y modificatorias, el artículo 13º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Alejandro Martin Moscol Salinas como Presidente de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI, con eficacia anticipada al 19 de septiembre de 2021, siendo este su último día en el cargo, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución.

Artículo 2.- Dar por concluida la designación de la señora Yvette Stephany Sanguineti Campos como Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI, con eficacia anticipada al 12 de octubre de 2021, siendo este su último día en el cargo, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución.

Artículo 3.- Designar, a partir de la emisión de la presente resolución, al señor Isaías Reátegui Ruiz Eldredge, Asesor de Integridad de la Gerencia General, como Presidente de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI, en adición a sus funciones.

Artículo 4.- Designar a la señora Mariela Idania Villacorta Varas, Ejecutivo 1 de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, como Secretaria Técnica de la Junta Arbitral de Consumo Piloto, adscrita a la Sede Central del INDECOPI, en adición a sus funciones, con eficacia anticipada al 14 de octubre de 2021.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Recursos Humanos las acciones pertinentes para la efectividad de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Milagritos Pastor Paredes

Gerenta General

2003731-1