Aprueban el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición, Revisión 002, Enmienda 2 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 2
Resolución Directoral
N° 0488-2021-MTC/12
Lima, 14 de octubre 2021
VISTO: el Informe N° 0498-2021-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9° de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;
Que, el artículo 7° del citado Reglamento señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las RAP con una antelación de quince días calendario;
Que, en cumplimiento del referido artículo, mediante Resolución Directoral N° 126-2021-MTC/12 del 26 de marzo de 2021 se aprobó la difusión a través de la Plataforma Única del Estado Peruano del texto del proyecto de modificación de la RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición – Revisión 002, Enmienda 1 que pasará a ser Revisión 002, Enmienda 2 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 1, que pasará a ser Revisión 001, Enmienda 2, habiéndose recibido comentarios, indicando a través del acta de reunión de validación de la propuesta normativa (PNOR) RAP 314 de fecha 27 de mayo de 2021 que las observaciones son de forma y no de fondo y que no ameritan otra difusión de la citada propuesta normativa;
Que, el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 314 cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones, la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, así como la conformidad para su aprobación de la Asesoría Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, otorgadas a través del Memorando N° 0884-2021-MTC/12.04, Memorando No. 0979-2021-MTC/12.07, Informe No. 0498-2021-MTC/12.08 y Memorando N° 1226-2021-MTC/12.00.03, respectivamente;
De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC y estando a lo informado por la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición, Revisión 002, Enmienda 2 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 2, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto el texto anterior materia de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 314 “Aeródromos” Volumen I “Diseño y Operaciones de Aeródromos” Nueva Edición, Revisión 002, Enmienda 1 y Volumen II “Helipuertos” Nueva Edición, Revisión 001, Enmienda 1.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DONALD HILDEBRANDO IVÁN CASTILLO
GALLEGOS
Director General de Aeronáutica Civil
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
2002785-1