Dan por concluida encargatura de funcionario como jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. -ETECEN

resolución de contraloría

Nº 221-2021-CG

Lima, 14 de octubre de 2021

VISTOS:

Las Hojas Informativas N° 000010-CG/PROT y 000015-2021-CG/PROT, de la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo; Memorandos
N° 000105-CG/GPOIN y 000143-2021-CG/GPOIN, de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico; los Memorandos N° 000600-2021-CG/VCSCG y 000910-2021-CG/VCSCG, de la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental; y, la Hoja Informativa N° 000337-2021-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley
Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785, dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG de fecha 30 de diciembre de 2020, se aprobó la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, la misma que fue modificada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, de fecha 21 de mayo de 2021, y tiene entre sus objetivos establecer disposiciones para la designación, encargo y separación del Jefe o del personal del OCI;

Que, el numeral 7.1.1 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM, respecto a los requisitos para asumir el cargo de jefe de OCI, prevé que debe cumplirse con los requisitos establecidos en la Ley, el Clasificador de Cargos, el Manual de Perfil de Puestos, y demás normativa aplicable de la Contraloría; y, adicionalmente, debe cumplirse con la presentación de una declaración jurada en la que el profesional propuesto declare, que no se encuentra inmerso en ninguno de los supuestos de impedimento para asumir dicho cargo contemplados en el numeral 7.1.2.;

Que, el numeral 7.1.5 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM, respecto al Encargo de la Jefatura del OCI, establece que “El encargo de la jefatura del OCI tiene un carácter temporal, excepcional, fundamentado y responde a la necesidad impostergable de mantener en funcionamiento al OCI”; asimismo, en el acápite 7.1.5.1, establece dos tipos de Encargatura: 1) Encargo de Puesto y, 2) Encargo de Funciones; señalando respecto al primero, que puede ser efectuado por la Contraloría General de la República y el segundo por el Titular de la Entidad;

Que, el acápite 7.1.5.2, numeral 7.1.5 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM, con relación al Término del Encargo, establece que la culminación del encargo de puesto o de funciones, se produce por a) Designación del Jefe del OCI por la Contraloría o reincorporación del Jefe del OCI luego de su ausencia temporal; b) Cumplimiento del periodo previsto en el documento de encargo; c) Ocurrencia de alguna situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de la presente Directiva; d) Deficiencia funcional determinada en la realización de los servicios de control gubernamental por parte del profesional encargado; e) Renuncia del Jefe del OCI encargado; f) Cese por límite de edad; g) Muerte; o h) Otras razones debidamente sustentadas que justifiquen el término del encargo;

Que, esta Entidad Fiscalizadora Superior, a través de la Resolución de Contraloría N° 029-2016-CG, de fecha 08 de febrero de 2016, resolvió, entre otros, encargar al señor Félix Ernesto Horna Castro, adicionalmente al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado -FONAFE, la jefatura del Órgano de Control Institucional de la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN en liquidación;

Que, la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo, unidad orgánica conformante de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, a través de las Hojas Informativas N° 000010-2021-CG/PROT y 000015-2021-CG/PROT, de fechas 15 de junio y 12 de agosto de 2021, respectivamente, propone a la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, la conclusión del encargo de puesto del jefe de OCI de la ETECEN, precisando a través de la citada Hoja Informativa N°000015-2021-CG/PROT, la fecha de conclusión en los términos siguientes: ”(…), el último día de labor fue el 23ENE2019 en virtud a la fecha que quedó inscrita la Declaración de Quiebra Judicial de ETECEN, así como la extinción de su Patrimonio y la incobrabilidad de su deuda en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos de Lima(…)”;

Que, el literal h), acápite 7.1.5.2, del numeral 7.1.5 de la Directiva N° 0020-2020-CG/NORM, establece como una de las ocurrencias para la conclusión de la encargatura de jefe del OCI, “Otras razones debidamente sustentadas que justifiquen el término del encargo”;

Que, de otro lado, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en el numeral 17.1 de su artículo 17 regula la figura legal de la eficacia anticipada, la misma que resulta de aplicación al presente caso, a fin de concluir la encargatura del Jefe del OCI de la ETECEN, en la medida en que no se lesionan derechos fundamentales o intereses de buena fe de los terceros y existen hechos justificantes para la adopción de dicha figura legal, conforme ha sido sustentado por la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo, a través de la citada Hoja Informativa N°000015-2021-CG/PROT;

Que, con base en lo expuesto en los documentos antes señalados y emitidos por la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo, la Gerencia de Control Político Institucional y Económico y la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental, para la conclusión de la encargatura del Jefe del OCI de la ETECEN, se advierte que los hechos descritos se encuentran subsumidos en el literal h) del acápite 7.1.5.2, del numeral 7.1.5 de la Directiva N° 0020-2020-CG/NORM; por lo que en dicho contexto corresponde dar por concluida la encargatura del señor Félix Ernesto Horna Castro, en el cargo de jefe del OCI de la ETECEN con eficacia anticipada al 23 de enero de 2019;

Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Hoja Informativa N° 000337-2021-CG/GJNC, y a lo expuesto en la Hoja Informativa
N° 000436-2021-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría que da por concluida la encargatura del señor Félix Ernesto Horna Castro como jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 0020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida, con eficacia anticipada al 24 de enero de 2019, la encargatura del señor Félix Ernesto Horna Castro, en el cargo de jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. -ETECEN, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

2002334-1