Modifican las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local - 2021
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 298-2021-MINEDU
Lima, 14 de octubre de 2021
VISTOS, el Expediente N° 00106567-2021, el Informe N° 00139-2021-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA de la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades de la Dirección General de Gestión Descentralizada, el Informe N° 01404-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01141-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el artículo 63 de la Ley General de Educación establece que la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible. El Estado, a través del Ministerio de Educación, es el responsable de preservar la unidad de este sistema;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la precitada Ley, las instancias de gestión educativa descentralizada son: a) La Institución Educativa, b) La Unidad de Gestión Educativa Local, c) La Dirección Regional de Educación y d) El Ministerio de Educación;
Que, a través de la Resolución de Secretaría General N° 938-2015-MINEDU, se aprueban los “Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada”, cuyo literal f) del numeral 6.2.1.1 establece que el Ministerio de Educación ejerce funciones normativas, de gestión y de supervisión, en el marco de sus competencias, lo cual implica la responsabilidad, entre otras, de consolidar información sobre la implementación de la política educativa y gestionar conocimientos sobre buenas prácticas de gestión, en coordinación con los gobiernos subnacionales y sus instancias de gestión educativa descentralizada;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 185-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo “Disposiciones que regulan el fomento, fortalecimiento y promoción de las buenas prácticas de gestión educativa”, cuyo numeral 5.1.1 establece que, el MINEDU implementa anualmente el Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, con el objeto de identificar, reconocer y premiar las buenas prácticas de gestión educativa lideradas y desarrolladas por dichas instancias, en articulación con los gobiernos locales de corresponder, cuyos resultados están vinculados a las mejoras en los procesos de la gestión del servicio educativo;
Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 265-2021-MINEDU, se aprueban las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local - 2021; con el objetivo de promover, conocer, premiar y difundir las buenas prácticas que desarrollen y lideren dichas instancias a nivel nacional y cuyos resultados contribuyen a la mejora de los procesos de gestión educativa;
Que, mediante Oficio N° 00175-2021-MINEDU/VMGI-DIGEGED, la Dirección General de Gestión Descentralizada remite al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, el Informe N° 00139-2021-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA, elaborado por la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades (DIFOCA), dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se sustenta la necesidad de modificar los numerales 12.2 y 14 de las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local - 2021; lo que permitirá incrementar el número de ganadores por categoría, respecto a las instancias de gestión educativa descentralizadas participantes en el referido concurso, tanto en la modalidad individual y colectiva. Además, la propuesta de modificación permitirá ampliar el plazo para la inscripción de postulaciones debidamente sustentadas con evidencia que demuestre su contribución en la mejora del servicio educativo, así como el otorgamiento de un plazo para la subsanación de omisiones y errores de forma que sean detectados por la DIFOCA durante la actividad de admisión de postulaciones;
Que, mediante Informe Nº 01404-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable para continuar con el trámite de modificación de las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local – 2021, dado que la propuesta se encuentra alineada con los documentos de planificación estratégica e institucional del Sector Educación; asimismo no supone ni implica transferencia de recursos económicos ni compromisos financieros, además no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación;
Que, con Informe Nº 01141-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto de la modificación de las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local – 2021, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 12.2 de las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local - 2021, aprobadas por Resolución Viceministerial N° 265-2021-MINEDU, el cual quedará redactado en los siguientes términos:
12. RECONOCIMIENTO Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
(…)
“12.2 Se seleccionarán a los ganadores del concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las DRE/GRE y UGEL 2021, entre las postulaciones clasificadas como finalistas. Para tal efecto, se elegirán hasta un máximo de veintidós (22) postulaciones ganadoras, según el siguiente detalle:
Categorías |
Postulaciones ganadoras en la Modalidad Individual |
Postulaciones ganadores en la Modalidad colectiva |
Cantidad máxima de ganadores por categoría |
|
DRE/GRE |
UGEL |
(DRE/GRE+UGEL) UGEL+UGEL) (DRE/GRE+UGEL+GL) (UGEL+GL) (UGEL+UGEL+GL) |
||
1. Contribución a la generación de condiciones para el desarrollo del año escolar. |
1 |
1 |
1 |
3 |
2. Fortalecimiento de la gestión escolar y de la gestión de la educación técnico-productiva. |
1 |
1 |
1 |
3 |
3. Promoción de la innovación y el liderazgo para la mejora de los aprendizajes en las y los estudiantes. |
2 |
2 |
4 |
8 |
4. Modernización de la gestión. |
1 |
1 |
2 |
4 |
5. Condiciones para el ordenamiento del servicio educativo con enfoque territorial. |
1 |
1 |
2 |
4 |
Subtotal |
6 |
6 |
10 |
22 |
Total |
12 |
Artículo 2.- Modificar el numeral 14 de las Bases del Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Direcciones o Gerencias Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local - 2021, aprobadas por Resolución Viceministerial N° 265-2021-MINEDU, el cual quedará redactado en los siguientes términos:
“14. Cronograma
Actividad |
Responsable |
Fechas |
Inicio de convocatoria |
DIGEGED – DIFOCA |
A partir del 06 de setiembre de 2021 |
Inscripción de postulaciones |
DIGEGED – DIFOCA |
Del 06 de setiembre al 28 de octubre de 2021 |
Admisión de postulaciones |
DIGEGED – DIFOCA |
29 de octubre de 2021 (revisión de postulaciones) |
Del 02 al 03 de noviembre de 2021 (subsanación de omisiones o errores de forma) |
||
Selección de finalistas |
EQUIPO TÉCNICO EVALUADOR |
Del 04 al 23 de noviembre de 2021 |
Selección de ganadoras |
JURADO CALIFICADOR |
Del 24 de noviembre al 10 de diciembre de 2021 |
Publicación de ganadores y ceremonia de reconocimiento |
VMGI - DIGEGED – DIFOCA |
Hasta el 21 de diciembre de 2021 |
14.1 Todos los expedientes que se registren hasta el 28 de octubre de 2021, fecha en que culmina la inscripción de postulaciones, serán revisados por el Equipo de la DIFOCA durante la fase de admisión de postulaciones, conforme a lo establecido en el numeral 11.3.1 de las Bases. De advertirse alguna omisión o error de forma en la documentación presentada, podrá ser subsanada por la instancia postulante. Para tal efecto, el Equipo de la DIFOCA cursará un correo electrónico al representante de la Buena Práctica registrado en la postulación, comunicándole la observación y otorgándole un plazo de 48 horas para que realice la subsanación correspondiente”.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación-SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Wilfredo T. Rimari Arias
Viceministro de Gestión Institucional
2001305-1