Aprueban la “Estrategia para la Promoción de Plantaciones Forestales Comerciales 2021-2050”

Resolución de Dirección Ejecutiva

N° D000190-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE

Magdalena del Mar, 11 de octubre de 2021

VISTOS:

El Informe Técnico Nº D000217-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando Nº D000456-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Nº D000147-2021-MIDAGRI-SERFOR-OPR de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº D000832-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° D000393-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI);

Que, el artículo 14 de la referida Ley, establece como funciones del SERFOR, entre otros, formular, proponer, conducir y evaluar las estrategias, planes y programas para la gestión sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación, y emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, a través del literal f) del Lineamiento 1 del Eje de Política 2 de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, se contempla la promoción del establecimiento de plantaciones forestales con fines múltiples, a través de la inversión pública y privada, respetando la zonificación y el ordenamiento forestal, y que, a través del literal n) del Lineamiento Único del Eje de Política 3 de la precitada Política Nacional, se establece el fomento de las plantaciones forestales con fines comerciales en áreas sin cobertura forestal, respetando la zonificación y el ordenamiento forestal;

Que, conforme a los artículos 5 y 11 de la citada Ley las plantaciones forestales son recursos forestales, constituidos a partir de la intervención humana mediante la instalación de una o más especies forestales, nativas o introducidas, con fines de producción de madera o productos forestales diferentes a la madera, de protección, de restauración ecológica, de recreación, de provisión de servicios ambientales o cualquier combinación de los anteriores;

Que, el artículo 111 de la Ley, señala que el Estado promueve las plantaciones forestales sobre tierras que no cuentan con cobertura de bosques primarios ni bosques secundarios, facilitando las condiciones para su instalación y manejo con fines de producción, protección y recuperación de los ecosistemas forestales en costa, sierra y selva preferentemente con especies nativas de cada zona;

Que, el Reglamento para la Gestión Sostenible de las Plantaciones Forestales y Sistemas Agroforestales, aprobada por Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI, en su artículo 2 declara de interés nacional la promoción de las plantaciones forestales y los sistemas agroforestales, para contribuir al desarrollo industrial, a la seguridad alimentaria y nutrición, a la protección de suelos, a la regulación hídrica, a la provisión de servicios ecosistémicos y a la recuperación de ecosistemas;

Que, en el artículo 70 del referido Reglamento se establece que el Estado promueve el desarrollo de las plantaciones forestales y sistemas agroforestales a nivel nacional, generando las condiciones habilitantes, procurando incrementar los niveles de productividad y el fortalecimiento de los factores de competitividad, a partir de los estándares sociales y ambientales, en el marco de la gestión forestal; y bajo un enfoque ecosistémico orientando a generar mayores beneficios sociales, económicos y ambientales;

Que, mediante el Memorando N° D000456-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre manifiesta su conformidad al Informe Técnico Nº D000217-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, a través del cual la Dirección de Política y Regulación y la Dirección de Promoción y Competitividad, en el marco de sus funciones, proponen y sustentan la propuesta de “Estrategia para la Promoción de Plantaciones Forestales Comerciales 2021-2050”, la cual expresa la prioridad que tiene el Estado de incrementar y mejorar la oferta nacional de madera y productos derivados, en términos de cantidad y calidad, con el objetivo de promover la industria forestal y contribuir al crecimiento económico del país, asimismo resalta la importancia del documento por los beneficios económicos, sociales y ambientales que se obtendrán como resultado del incremento significativo de las plantaciones forestales comerciales, configurando un negocio rentable con generación de empleos permanentes, aliviando la presión sobre los bosques naturales como fuente principal de madera para la industria nacional, servicios ecosistémicos de regulación hídrica, control de erosión de suelos y belleza escénica, contribuyendo al cumplimiento de los compromisos internacionales, como de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC), entre otros, y respecto a la temporalidad de la propuesta de Estrategia al año 2050, ha sido determinado en atención a criterios técnicos y de productividad propios de la plantaciones forestales; ante lo cual, la Dirección de Política y Regulación expresa conformidad respecto a la propuesta y recomendando continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, con opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto vertida mediante el documento del Visto, haciendo suyo el Informe Nº D00147-2021-MIDAGRI-SERFOR-OPR, emitido por la Oficina de Planeamiento y Racionalización, en el marco de sus funciones, mediante el cual otorga su opinión favorable a la propuesta “Estrategia para la Promoción de Plantaciones Forestales Comerciales 2021-2050”; indicando que la misma que se encuentra alineada al Eje de Sostenibilidad del Eje de Política 2 de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; asimismo, está alineada al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2015 al 2024 del Sector Agricultura y Riego, respecto al Objetivo Estratégico 1, y al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2024 del SERFOR, a su OEI 1: Mejorar las condiciones habilitantes para el aprovechamiento competitivo y sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestre en beneficio de la población; asimismo, señala que la implementación de las acciones de la Estrategia por parte del SERFOR, se financiará con cargo a los recursos que le sean asignados al Programa de Inversión “Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”, así como con cargo a los recursos asignados a los Órganos y/o Unidades Orgánicas del SERFOR que correspondan, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto y sus modificatorias y sin demandar recursos adicionales; asimismo, la implementación de medidas que se encuentren bajo la responsabilidad de otras Entidades Públicas identificadas en la estrategia, se financiará con cargo a los recursos de los pliegos respectivos, de corresponder, conforme a lo señalado por la Oficina de Presupuesto a través del Memorando N° D000081-2021-MIDAGRI-SERFOR-OP;

Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal N° D000393-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ, señala que, en atención a lo propuesto por la Dirección de Promoción y Competitividad de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y a lo opinado por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y por la Oficina de Planeamiento y Racionalización la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se advierte que la propuesta es un instrumento de gestión vinculada a la gestión sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, elaborada en el marco de lo establecido de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Sostenible de las Plantaciones Forestales y Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI, y la Resolución Ministerial N° 0344-2015-MINAGRI que aprueba los Lineamientos de Política de Inversión Pública en Desarrollo Forestal 2015 – 2021; por lo que resulta jurídicamente viable que el Director Ejecutivo del SERFOR en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, emita el acto resolutivo que apruebe la propuesta “Estrategia para la Promoción de Plantaciones Forestales Comerciales 2021 – 2050”;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Decreto Supremo N° 018-2015 MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal, el Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión de Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Estrategia para la Promoción de Plantaciones Forestales Comerciales 2021-2050”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR la implementación de la “Estrategia para la Promoción de Plantaciones Forestales Comerciales 2021-2050”, debiendo informar a la Dirección Ejecutiva sobre los resultados de dicha gestión.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Servicios al Usuario y Tramite Documentario realice la notificación de la presente Resolución a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, para su conocimiento y fines
pertinentes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como la publicación de la presente Resolución y sus Anexos, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.gob.pe/serfor).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE AUGUSTO AMAYA CASTILLO

Director Ejecutivo (e)

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

2000226-1