Exhortan a Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, la obligación de las Presidencias, Consejos Ejecutivos Distritales y Salas Plenas de publicar en su portal web institucional, todas las resoluciones administrativas emitidas, el registro obligatorio de información referente al órgano jurisdiccional, y dictan diversas disposiciones

consejo ejecutivo

RESOLUCION ADMINISTRATIVA

N° 000333-2021-CE-PJ

Lima, 5 de Octubre del 2021

VISTO:

El Oficio N° 000004-2021-P-CNPJ-CE-PJ, cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 000065-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; sobre la actualización de información en el portal web de las Cortes Superiores de Justicia del país, anexando el cuadro resumen de la actualización de las resoluciones administrativas de Presidencias, Consejos Ejecutivos Distritales y Salas Plenas de las Cortes Superiores.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante resolución de fecha 6 de febrero de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso, entre otros, lo siguiente:

a) Que las Cortes Superiores de Justicia del país deben publicar en su portal web institucional, y de manera correlativa, todas las resoluciones administrativas emitidas por sus respectivas Presidencias, Consejos Ejecutivos Distritales y Salas Plenas, información que debe de ser actualizada periódicamente en sus respectivos portales web.

b) Que en el link denominado “Sedes”, del portal web institucional de las Cortes Superiores de Justicia, donde figura la relación de órganos jurisdiccionales por instancia y especialidad, deberán consignar de manera obligatoria la siguiente información:

1) Nombre del órgano jurisdiccional señalando la localidad (Distrito y/o Provincia) en la cual se encuentra la sede del despacho judicial.

2) Nombre del magistrado que labora en tiempo real en la dependencia judicial; así como su condición (titular, provisional o supernumerario).

3) Relación del personal jurisdiccional que labora en tiempo real en la dependencia judicial.

4) Dirección.

5) Números telefónicos y/o anexos.

6) Horario de atención.

c) Que la publicación y actualización de la información señalada en los párrafos anteriores, deberá estar a cargo del responsable del portal web institucional de cada Corte Superior de Justicia del país; para lo cual, deberá indicarse en dicho portal web el nombre del responsable; así como el teléfono y/o anexo de su oficina o teléfono móvil.

d) Encargar a la Oficina de Productividad Judicial el monitoreo de lo indicado en los párrafos anteriores, debiendo de informar periódicamente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las Cortes Superiores de Justicia que incumplan con lo dispuesto.

Segundo. Que, al respecto, por Resolución Corrida N° 000277-2021-CE-PJ, de fecha 13 de julio de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que las Cortes Superiores de Justicia del país informen a la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendario, sobre la actualización en su portal web institucional de todas las resoluciones administrativas emitidas por sus respectivas Presidencias, Consejos Ejecutivos Distritales y Salas Plenas, la cual debe realizarse de manera continua y completa, sin la omisión de resoluciones; así como el registro obligatorio de la información referente al órgano jurisdiccional.

Tercero. Que, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial mediante Oficio N° 000004-2021-P-CNPJ-CE-P, que adjunta el Informe N° 000065-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ, informó lo siguiente:

a) Sobre la información de los órganos jurisdiccionales, ninguna Corte Superior de Justicia ha actualizado el distrito y provincia al cual pertenece el órgano jurisdiccional, la condición laboral del magistrado (titular, provisional o supernumerario), la relación del personal que labora en el órgano jurisdiccional, ni los números telefónicos o anexos del órgano jurisdiccional.

b) Sobre la información de las resoluciones administrativas de las Presidencias, Consejos Ejecutivos Distritales y Salas Plenas, verificadas en el portal web del Poder Judicial, al 31 de agosto de 2021, se ha observado lo siguiente:

1) Sobre la información de las resoluciones administrativas de las Presidencias de Corte Superior, se observó lo siguiente:

• Solo la Corte Superior de Justicia de Junín no presenta información alguna.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Lima Norte, Loreto y Selva Central, presentan la información desactualizada e incompleta.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Puno y Santa presentan la información desactualizada y completa.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Sur, Piura, Sullana, Tacna y Tumbes, presentan la información actualizada e incompleta.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Huaura, Ica, La Libertad, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puente Piedra–Ventanilla, San Martín y Ucayali, presentan la información actualizada y completa.

2) Sobre la información de las resoluciones administrativas del Consejo Ejecutivo Distrital, se observó lo siguiente:

• Las Cortes Superiores de Justicia de Junín, Lima Norte y Puno, no presentan información alguna.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Piura, tienen la información desactualizada e incompleta.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Callao e Ica, presentan la información desactualizada y completa.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Ayacucho, La Libertad y Lambayeque, presentan la información actualizada pero incompleta

• Solo la Corte Superior de Justicia de Cusco presenta la información actualizada y completa.

3) Respecto a las resoluciones administrativas de las Salas Plenas de las Cortes Superiores de Justicia, se verificó lo siguiente:

• Las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Cajamarca, La Libertad, Lima Norte, Loreto y Tumbes, no presentan información alguna.

• Solo la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, presenta la información desactualizada e incompleta.

• Las Cortes Superiores de Justicia de Huaura y Madre de Dios, presentan la información desactualizada y completa.

c) Solo la Corte Superior de Justicia de Ancash tiene actualizado los nombres y números de teléfonos del secretario general y del encargado del portal web institucional, responsables de la publicación y actualización de la información en el referido portal.

d) En atención a lo dispuesto en el Segundo Considerando de la presente resolución administrativa, las Cortes Superiores de Justicia que cumplieron con informar respecto a la actualización de sus resoluciones administrativas fueron las de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Callao, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Lima, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puente Piedra–Ventanilla, Puno, San Martín y Tacna.

Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1176-2021 de la quincuagésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de setiembre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero. Exhortar a las los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, el debido cumplimiento de las disposiciones establecidas mediante la Resolución Corrida de fecha 6 de febrero de 2019, respecto a la obligación de las Presidencias, Consejos Ejecutivos Distritales y Salas Plenas de publicar en su correspondiente portal web institucional, todas las resoluciones administrativas emitidas, la cual debe realizarse de manera continua y completa, sin la omisión de resoluciones; así como el registro obligatorio de la información referente al órgano jurisdiccional y de los nombres y números de teléfonos del secretario general y del encargado del portal web institucional, responsables de la publicación y actualización de la información en el referido portal.

Artículo Segundo. Disponer que las Cortes Superiores de Justicia del país informen al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendario, sobre la actualización, en su portal web, de la información dispuesta en el artículo precedente.

Artículo Tercero. Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Comisión Nacional de Productividad, Oficina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

1999067-4