Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00307-2021-PRODUCE

Lima, 1 de octubre de 2021

VISTOS: Los Memorandos Nos. 000805-2021-PRODUCE/DGDE, 00000965-2021-
PRODUCE/DGDE y 00001071-2021-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe N° 00000179-2021-PRODUCE/DN de la Dirección de Normatividad y el Memorando N° 00000751-2021-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000881-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 0000786-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1047, y su modificatoria, dispone que el Ministerio de la Producción es competente, entre otras materias, en industria, micro y pequeña empresa y comercio interno;

Que, la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, regula la participación y la elección de los representantes las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) en los espacios de representación de entidades del Estado que, por su naturaleza, finalidad, ámbito y competencia, se encuentran vinculadas directamente con las temáticas de las MYPE, estableciendo, además, los órganos competentes para ello;

Que, la Ley Nº 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de Promoción y Desarrollo de Cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre Micro y Pequeña Empresa, establece que el Ministerio de la Producción define las políticas nacionales de promoción de las MYPE y coordina con las entidades del sector público y privado la coherencia y complementariedad de las políticas sectoriales;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, modificada por la Ley N° 30056, el cual tiene por objeto normar el procedimiento de participación y la elección de los representantes de las MYPE en los espacios de representación de las diversas entidades públicas;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, la Dirección General Desarrollo Empresarial es el órgano técnico normativo de línea, responsable de promover e implementar las políticas nacionales y sectoriales para el desarrollo productivo de las MIPYME, industria, parques industriales, cooperativas y el comercio interno, a través de la ampliación de mercados, fortalecimiento de capacidades productivas y la creación de espacios de representatividad, en el ámbito de sus competencias; asimismo, dispone que depende del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria;

Que, el artículo 83 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, crea al Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa (CODEMYPE), como órgano adscrito al Ministerio de la Producción;

Que, mediante la Sesión Ordinaria N° 54 del CODEMYPE, de fecha 19 de marzo de 2021, se aprobó la conformación de las comisiones de trabajo para: (i) la modificación del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 29051; y (ii) la revisión de propuestas en materia de Parques Industriales; asimismo, mediante la Sesión Ordinaria N° 56 del CODEMYPE, de fecha 19 de mayo de 2021 se aprobó por consenso la propuesta de modificación del literal b) del numeral 2.2 del artículo 2, literal b) del artículo 3, el literal c) del artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, modificada por la Ley N° 30056, así como la incorporación del literal c) al artículo 3 del mencionado dispositivo legal;

Que, a través de los Memorandos Nos. 000805-2021-PRODUCE/DGDE, 00000965-2021-
PRODUCE/DGDE y 00001071-2021-PRODUCE/DGDE, la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, propone la modificación del Reglamento de la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, modificada por la Ley N° 30056;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 00000786-2021-PRODUCE/OGAJ, señala que considera que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que apruebe disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, modificada por la Ley N° 30056;

Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, resulta pertinente disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, modificada por la Ley N° 30056, y su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producciónas calendario, lo que permitirá recoger las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas y su modificatoria, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, modificada por la Ley N° 30056, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, por el plazo de siete (7) días calendario, contados desde el día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general.

Artículo 2. Disponer que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidos a la Plataforma de Trámites Digitales - PTD del Ministerio de la Producción (https://sistemas.produce.gob.pe/#/administrados), con atención a la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad, y/o al correo electrónico: dci@produce.gob.pe, pudiendo utilizar para ello el formato del Anexo de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YVÁN QUISPE APAZA

Ministro de la Producción

1998326-1