Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 451-MDC, que otorga beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005-2021-A/MDC

Carabayllo, 21 de setiembre de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CARABAYLLO

VISTOS: El Informe Nº 0732-2021-GATR-MDC, de fecha 17 de septiembre de 2021, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva; El Informe Nº0125-2021-GATR-MDC, de fecha 17 de septiembre de 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal Nº260-2021-GAJ/MDC, de fecha 20 de septiembre de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum Nº857-2021-GM/MDC, de fecha 21 de septiembre de 2021,emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la Ordenanza Nº451-MDC; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº451-MDC, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de abril de 2021, se otorgaron beneficios tributarios y administrativos en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, estableciéndose como fecha de término de la misma, el 30 de junio de 2021, plazo que fue prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2021, mediante Decreto de Alcaldía Nº004-2021-A/MDC;

Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº451-MDC, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda dictar las disposiciones complementarias necesarias para su aplicación, así como para disponer la prórroga del plazo de vigencia;

Que, mediante Informe Nº0732-2021-SGREC-GATR-MDC, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva manifiesta que los beneficios otorgados han resultado convenientes y viables, toda vez que existe respuesta positiva de los vecinos en cuanto a su acogimiento para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas; por lo que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, es de la opinión de prorrogar los beneficios señalados en la Ordenanza Nº451-MDC, hasta el 30 de setiembre de 2021, debido a la actual coyuntura económica y social que atraviesa el país por la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional, dispuesto por el Ejecutivo, que sigue prorrogándose por las graves circunstancias que viene originando la Pandemia del COVID-19, y que ha generado el incumplimiento delas obligaciones formales de pago, intereses moratorios y reajustes de las deudas vencidas; razón por la cual resulta necesario brindar facilidades a los vecinos del distrito, para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de cancelación, con el fin de mitigar el impacto económico;

Que, mediante Informe Legal Nº170-2021-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina Favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia del beneficio contenido en la Ordenanza Nº451-MDC, por encontrarse conforme a ley; y, mediante el Memorándum Nº857-2021-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la secretaría General para la emisión del Decreto correspondiente;

Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº451-MDC, que otorga beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo.

Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a ley.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía; asimismo, encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el diario oficial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.

MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ

Alcalde

1997657-1