Aprueban rectificación de área de predio ubicado en el Centro Poblado Sugllaquiro - Margen Izquierda del Río Mayo, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 049-2021-MPM-CM

Moyobamba, 22 de julio del 2021

EL ALCALDE

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA, en Sesión Ordinaria Nº 14-2021, de fecha 22 de julio del 2021, ha visto el Dictamen Nº 14-2021-MPM/C-DUPVyGA, del 19 de julio de 2021, de la Comisión de Desarrollo Urbano Participación Vecinal y Gestión Ambiental, que opina favorablemente a autorizar al señor Alcalde la suscripción de la escritura pública de rectificación del área; del predio inscrito en la partida registral Nº 11047815, ubicado en el Centro Poblado Sugllaquiro - Margen Izquierda del Río Mayo; la misma que será elevada a SUNARP para su suscripción respectiva, según informe Legal Nº 168-2021-MPM/OAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado en armonía con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración;

Que, mediante esquela de observación, con fecha 31 de mayo del 2021, SUNARP, observa, la inscripción solicitada signada con el título 2021-00837500, de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) Se solicita rectificación del área de predio inscrito en la partida Nº 11047815, por encontrarse inscrito el área a renunciar a favor del Ministerio de Educación, asimismo, la subdivisión e independización en dos lotes; 2) Respecto a la renuncia de área, trae como consecuencia la modificación física del predio matriz, en tanto reducirá su área, por lo que recomiendan modificar la documentación presentada a fin que se indique el área resultante del predio matriz a partir de la renuncia de área, y de acuerdo a dicho remanente considerar la subdivisión del predio en 2 lotes; así mismo indican al tratarse de la renuncia de área de un acto de disposición de bienes, conforme lo establecido en el art. 59º de la Ley 27972 LOM, solicitan presentar el acuerdo de concejo municipal donde se adopta el acuerdo de la renuncia de área;

Que, mediante Nota Informativa Nº 572-2021-MPM/GDT/SGPTTyCU, de fecha 16 de junio 2021, el Sub Gerente de Planeamiento Territorial, Transporte y Control Urbano remite al Gerente de Desarrollo Territorial el Informe Técnico Nº 320-2021-MPM-GDT/SGPTTyCU/PMH, de fecha 10 de junio del 2021, con el cual el Asistente Técnico en Control Urbano, informa que teniendo la necesidad de culminar con el saneamiento Físico del terreno Matriz inscrito en la P.E Nº 11047815, ubicado en el Centro Poblado Sugllaquiro-Margen Izquierda del Rio Mayo y teniendo como referencia la esquela de observación número de título 2021-00837500; se recomienda a la Gerencia de Desarrollo Territorial realizar los trámites correspondientes de Rectificación de Área y Linderos-Certificado Negativo de Catastro y Visación de Planos/Memoria Descriptiva, asimismo recomienda derivar una copia de dicho informe técnico a la Gerencia Municipal, para que por su intermedio se solicite al concejo municipal el acuerdo de concejo que apruebe la rectificación del terreno matriz con PE: Nº 11047815, terreno a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba;

Que, según Nota Informativa Nº 1826-2021-MPM/GDT, de fecha 21 de junio 2021, el Gerente de Desarrollo Territorial, remite al Gerente Municipal los documentos visados que consiste en planos, memoria descriptiva y certificado negativo de catastro Nº 579-GDT/MPM, subsanando las observaciones de la Oficina Registral de Moyobamba, encontradas en la solicitud de inscripción de subdivisión de 3 lotes de terreno ubicado en el Centro Poblado de Sugllaquiro, Distrito y Provincia de Moyobamba, de propiedad de la municipalidad, asimismo, solicita se traslade a la Unidad de control patrimonial para su respectivo tramite;

Que, mediante Nota Informativa Nº 125-2021-MPM/GAF/UCP, de fecha 08 de julio del 2021, la Jefa de la Unidad de Control Patrimonial, concluye que a través de la renuncia del área de los 2,023.50 m2 que ya se encuentra inscrito dentro del predio matriz de 486,844.64m2 debe procederse a autorizar la rectificación de área quedando en 484,821.14 m2;

Que, mediante Informe Legal Nº 168-2021-MPM/OAJ, el jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que, para el levantamiento de las observaciones formuladas por los registradores, respecto al título de rectificación de área del predio inscrito en la partida registral Nº 11047815, ubicado en el Centro Poblado Sugllaquiro-Margen Izquierda del Río Mayo, es necesario la aprobación del concejo municipal de esta entidad edil. En el mismo acuerdo, el concejo municipal deberá autorizar al alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, para que suscriba la escritura pública de rectificación de área; la misma que será remitida a SUNARP para su inscripción respectiva. Asimismo, derivar el presente expediente a Secretaría General, a efectos de que se continúe con el trámite para ser debatido en sesión de concejo;

Que, el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la aludida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, estando a lo expuesto, al Dictamen Nº 14-2021 de la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental, y en virtud de los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial de Moyobamba, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, contando con el voto mayoritario de todos los regidores asistentes a la sesión:

ACUERDA:

Artículo Primero: APROBAR la rectificación de área del predio inscrito en la Partida Registral Nº 11047815, ubicado en el Centro Poblado Sugllaquiro - Margen Izquierda del Río Mayo, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; AUTORIZANDO, para tal efecto, al señor Alcalde Provincial de Moyobamba, la suscripción de la escritura pública de rectificación respectiva, la misma que deberá ser elevada a SUNARP para su inscripción correspondiente.

Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Territorial, la implementación del presente Acuerdo.

Artículo Tercero: NOTIFÍQUESE el presente acuerdo al despacho de Alcaldía, a las gerencias y oficinas, según corresponda, para su conocimiento y fines pertinentes, sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Moyobamba.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GASTELO HUAMAN CHINCHAY

Alcalde

1997294-1