Disponen la publicación del proyecto de “Lineamientos para la implementación del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”

Resolución Ministerial

N° 178-2021-MINAM

Lima, 27 de setiembre de 2021

VISTOS; el Informe N° 0044-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA de la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental; el Memorando N° 0464-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando N° 00708-2021-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00512-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión;

Que, el numeral 24.1 del artículo 24 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta, de acuerdo con ley, al SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional;

Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley N° 27446 señala que corresponde al sector proponente aplicar una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), en el caso de propuestas de Política, Planes o Programas de desarrollo sectorial, regional y local susceptibles de originar implicaciones ambientales significativas;

Que, asimismo, el literal b) del artículo 17 de la precitada Ley, modificada con el Decreto Legislativo N° 1394, dispone que el Ministerio del Ambiente, en su calidad de organismo rector del SEIA, tiene entre sus funciones, acompañar a los proponentes de las políticas, planes y programas en el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica y emitir el Informe Ambiental;

Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, el Ministerio del Ambiente tiene la función específica de dirigir el SEIA;

Que, según el artículo 61 del Reglamento de la Ley del SEIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, la EAE constituye un proceso sistemático, activo y participativo que tiene como finalidad internalizar la variable ambiental en las propuestas de políticas, planes y programas de desarrollo que formulen las instituciones del Estado, usándola como una herramienta preventiva de gestión ambiental en los niveles de decisión que correspondan;

Que, el literal k) del artículo 7 del precitado Reglamento, señala que el Ministerio del Ambiente puede aprobar criterios para orientar la elaboración de la Evaluación Ambiental Estratégica de políticas, planes y programas de desarrollo sectorial, regional y local, susceptibles de originar implicaciones ambientales significativa;

Que, asimismo, el numeral 2 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, faculta al Ministerio del Ambiente, para aprobar mediante Resolución Ministerial, disposiciones normativas y técnicas complementarias para definir criterios y mecanismos generales para incluir políticas, planes y programas de nivel nacional, regional o local, distintas de las señaladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley del SEIA, así como implementar y hacer seguimiento al proceso de EAE;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 175-2016-MINAM, se aprobaron los “Criterios y Mecanismos para la implementación del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental” con el objeto de orientar el proceso de EAE;

Que, de conformidad con el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental es responsable de conducir el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); siendo que el literal i) del artículo 90 del mismo cuerpo normativo, establece como una de las funciones de la citada Dirección General, conducir la elaboración y proponer los criterios y lineamientos para la formulación de las Evaluaciones Ambientales Estratégicas de políticas, planes y programas susceptibles de originar implicancias ambientales significativas o las establecidas por el Ministerio del Ambiente y asesorar en su implementación, en el marco de sus competencias;

Que, en este contexto, con Memorando N° 0464-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, sobre la base de lo señalado en el Informe N° 00044-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGECIA de la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental, presenta el proyecto de “Lineamientos para la implementación del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”, el cual corresponde ser puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Lineamientos para la implementación del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”.

Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultaspublicas), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica consultasdgpiga@minam.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rubén José Ramírez Mateo

Ministro del Ambiente

1996566-1